Panamá, miércoles 6 de abril de 2005
 
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Debaten su Constitucionalidad.

PP defiende ante la Corte compromiso con aliados

El acuerdo entre el PRD y el PP establece la distribución de las curules legislativas en los circuitos plurinominales.

Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com

El Partido Popular (PP) defendió ayer, ante la Corte Suprema de Justicia, la constitucionalidad de un resuelto del Tribunal Electoral (TE) en el que se acogió un acuerdo pre electoral que alcanzó con su aliado, el Partido Revolucionario Democrático (PRD).

El acuerdo, relativo a la forma como se repartirían los puestos en la Asamblea, incluyó, entre otros puntos, que cuatro residuos a nivel nacional, en los circuitos 8-1 (Arraiján), 8-6 (San Miguelito), 8-10 (Las Cumbres, Tocumen, Alcaldedíaz, Pedregal y otros) y el 8-8 (Bethania, Pueblo Nuevo, Bella Vista y Ancón), serían otorgados al partido que postulaba al candidato, independientemente del que lograra mayor cantidad de votos.

Este compromiso permitió que la curul por residuo que le tocaba al PRD en el circuito 8-8 le fuera asignada al PP, recayendo en el vicepresidente de la República, Rubén Arosemena.

Arosemena, sin embargo, renunció al escaño legislativo, permitiendo que la curul fuera heredada por su primer suplente, Jorge Hernán Rubio.

La abogada Shiara Stevens, actuando en su propio nombre, presentó una acción de inconstitucionalidad contra la resolución del TE mediante la cual se acogió el citado acuerdo.

Stevens basó su petición en que la resolución aludida no fue publicada en el boletín del Tribunal Electoral como lo establece la ley.

Sus consideraciones fueron respaldadas por la procuradora General de la Nación, Ana Matilde Gómez, quien en su vista fiscal pidió al pleno de la Corte declarar inconstitucional la resolución de marras.

José Domingo Torres, presidente encargado del PP, sin embargo, rechazó las posturas anteriores. "La demandante olvida, muy convenientemente, que el TE reconoció la alianza Patria Nueva entre el PRD y el PP mediante la Resolución No. 002 de 23 de enero de 2004 que fue publicada en el Boletín Electoral de 24 de enero del mismo año y en un diario de circulación nacional", comentó Torres.

En la parte medular de las consideraciones de la resolución, advierte Torres en su alegato de oposición, el TE reconoce que ambos partidos le comunicaron la aprobación de la alianza. En la misma consideración, añadió, se advierte que los partidos se reservan "el derecho de postular en forma conjunta o separada cuando así lo decidan para los cargos de legisladores, alcaldes, concejales y representantes de corregimiento con sus respectivos suplentes" y se ordena su publicación. En consecuencia, Torres pidió rechazar las pretensiones de Stevens.


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