Panamá, miércoles 6 de abril de 2005
 
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VIOLACIÓN DE MORADA. LOS FUNCIONARIOS TAMBIÉN QUEDAN INHABILITADOS PARA EJERCER SUS FUNCIONES.

Condenan a dos policías en Veraguas

Se trata de los agentes que en 2002 irrumpieron sin orden judicial en la casa de un dirigente universitario. La defensa de los policías apeló la decisión, y esta nueva acción deberá resolverse en los próximos dos meses.

ESPECIAL PARA LA PRENSA/V. Eliseo Rodríguez
El delito de violación de domicilio fue perpetrado por los funcionarios de la Policía Nacional durante una ronda en el corregimiento Los Algarrobos de Santiago.
Víctor Eliseo Rodríguez
ESPECIAL PARA LA PRENSA

nacionales@prensa.com

SANTIAGO, Veraguas.- El Juzgado Primero Municipal de Santiago, ramo penal, condenó a siete meses de prisión y 10 meses de inhabilitación para ejercer funciones públicas a dos funcionarios de la Policía Nacional en Veraguas, culpables del delito de violación de domicilio en perjuicio de un dirigente estudiantil de la Universidad de Panamá.

La sentencia, No. 9 del 22 de febrero de 2005, dictada por la jueza primera municipal, María Eugenia Riera de Palacios, también condena a los efectivos a pagar 20 días multa en un plazo no mayor de dos meses.

Los funcionarios son el cabo José Manuel Aguirre Guillén y el agente Jonathan Jair Cazorla González, ambos del servicio de policía regular de Veraguas.

Los hechos ocurrieron el 6 de enero de 2002, cuando los dos dos funcionarios realizaban una ronda nocturna por el corregimiento de Los Algarrobos e irrumpieron sin orden judicial en la residencia de Tomasa Lima, tía de Juan Ramón Herrera, secretario general de la Asociación de Estudiantes de la Universidad de Panamá, sede de Veraguas.

En aquel entonces, el dirigente universitario interpuso la denuncia ante la fiscalía de turno del circuito veragüense e involucró a seis policías, señalados en ese momento de violentar sin ningún motivo el domicilio de Herrera. La acción de los funcionarios fue considerada como un "pase de factura contra las personas que participan de algunas luchas populares en las calles".

El proceso judicial

En el expediente del caso, cuya audiencia fue celebrada en noviembre de 2004, fueron llamados a declarar los seis policías, aunque sólo tres de estos fueron llevados a juicio.

Al término del proceso, la juez condenó a dos de los funcionarios y el tercero, el sargento Tomás Pineda De Gracia, de servicio en la Dirección de Información e Investigación Policial (DIIP) de Veraguas, fue sobreseído provisional al no comprobarse su participación.

Reacciones

Rafael Benavides, abogado de la parte acusadora, dijo que esta decisión sienta un precedente en la justicia panameña, pues se ratifica mediante una sentencia penal que los custodios del orden público deben tener en cuenta que existen procedimientos a seguir cuando se tienen que desarrollar diligencias que impliquen el ingreso a la propiedad privada de cualquier ciudadano.

De acuerdo con el criterio de Benavides, con el fallo quedó demostrado que los agentes de la Policía Nacional no respetaron los procedimientos correspondientes y violaron la propiedad privada del dirigente estudiantil y de su familia.

Aclaró que ni su representado legal, Juan Ramón Herrera, ni la familia de éste tienen reservas contra los miembros de la Policía Nacional en Veraguas, no obstante, aclaró que lo que se quiso con el juicio fue que no quedara impune un delito que había sido cometido por algunos agentes del orden público.

El abogado también confirmó que a través de la Dirección de Responsabilidad Profesional (DRP) de la Policía Nacional se abrió una investigación interna del caso, que involucra a los dos funcionarios, aunque las pesquisas habían sido suspendidas mientras terminaba el proceso penal en los tribunales de justicia.

Benavides, quien ayer se notificó formalmente del veredicto de condena, informó que el abogado que actuó en defensa de los dos policías interpuso un recurso de apelación de la sentencia ante el Juzgado Primero del Circuito de Veraguas, cuya titular deberá resolver la causa en un período no mayor de dos meses.

Precisó, en tal sentido, que esperará que el abogado de la Policía Nacional sustente su apelación para oponerse a la misma, ya que el recurso suspende momentáneamente el veredicto de condena dictado contra los dos policías, que permanecen a las órdenes de sus superiores.

Se logró contactar telefónicamente al abogado Dionisio Chin Christy, quien actuó en defensa de los miembros de la policía, pero informó que no podía hacer comentarios del caso sin tener autorización de la Dirección Nacional de Asesoría Legal de la Policía Nacional.

Tras ser consultado el jefe de relaciones públicas de la policía, Didacio Camargo, explicó que el 6 de enero de 2002, el estudiante Juan Ramón Herrera fue retenido por libar licor. "Este logró evadirse y se introdujo en una residencia. Los policías entraron porque ejecutaban una acción policial".

Camargo agregó que el fallo del Juzgado Primero Municipal de Santiago fue apelado y que los agentes no han sido separados de sus puestos, hasta que se resuelva el caso.


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