| corte suprema.
Bomberos no podrán cobrar a empresas
Mario A. Muñoz
andresm@prensa.com
Este año, si desea certificar la instalación eléctrica de su arbolito navideño y la confección de su nacimiento, quizá no tenga que pagar por este servicio –hoy día tarifado en 10 dólares– ante la Oficina de Seguridad del Cuerpo de Bomberos de Panamá.
El 4 de febrero de este año, un fallo de la Corte Suprema de Justicia declaró inconstitucional la resolución que ordenaba el cobro de tasas de servicios de la institución, lo que deja muy mal parado financieramente al Cuerpo de Bomberos.
Por esos cobros, las instituciones bomberiles reciben al año 1.5 millón de dólares o el 25% del presupuesto anual, informó el secretario general del Consejo de Directores de Zona, Luis A. Rodríguez.
El fallo aún tiene que cumplir algunos trámites para que los servicios dejen de ser cobrados, precisó Rodríguez.
El fallo se dio luego que el abogado Jorge Fábrega presentara una acción de inconstitucionalidad en contra de los cobros.
Entre los servicios que dentro de poco deberán ser gratuitos, se incluye la revisión de proyectos, planos, sistemas de alarma contra incendios, eléctricos y permisos de ocupación y demoliciones.
Rodríguez promueve un anteproyecto de Ley que presentaría el Ministerio de Gobierno y Justicia para restablecer los cobros.
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