| justicia.
Punto final a la corrupción
Jorge Gamboa Arosemena
¿Hasta cuándo vamos a estar diciendo que fulano de tal, que mengano o perengano son corruptos, que sus fortunas las han hecho en base a corrupción cuando ejercían funciones públicas o cuando fueron beneficiados por un funcionario con algún negociado al margen de la Ley?
Muchos civilistas señalan que perredistas, militaristas y tránsfugas de estas dos corrientes han hecho sus fortunas con corrupción. Igual, perredistas y militaristas dicen que panameñistas, molirenas y otros, han hecho o agrandado fortunas a punta de corrupción. Ciudadanos sin filiación política dicen que en uno y otro sector hay corruptos.
La percepción popular es que los maleantes de bando y bando exhiben afrentosamente sus fortunas mal habidas y que nada pasa. Bolívar nos decía que "la corrupción de los pueblos nace de la indulgencia de los tribunales y de la impunidad de los delitos" ¿Acaso son indulgentes nuestros tribunales; y hay impunidad? Entonces, según Bolívar, somos un pueblo corrupto.
Propongo una fórmula para darle un punto final a la corrupción, o a la actitud recriminadora de unos contra otros, pero con resultados tales como enjuiciamientos y penalizaciones a los corruptos y recuperación del patrimonio dilapidado. Debe delimitarse un período el cual puede ser desde 1964 hasta el presente. 1964 es el inicio del período presidencial con la más alta percepción de corrupción, tanto es así que el presidente Marcos Robles abandonó el país antes de la toma de posesión de su relevo Arnulfo Arias. Siguió la dictadura donde familias vinculadas al poder, de recursos muy limitados rayando en la pobreza, pasaron a ser nuevos ricos y otros que eran ricos se hicieron más ricos. En los quince años luego de la criminal invasión la percepción de corrupción ha subido y bajado, pero no ha desaparecido.
Debemos dictar una ley para que los poseedores de patrimonios mal habido, producto de acciones que lesionaron el patrimonio del Estado o que se obtuvieron mediante acciones de cobros de comisiones, de sobornos o cualquier tipo de resarcimiento contrario a la Ley al ejercer el poder público el beneficiario directo o por interpuesta persona, tiene -este delincuente- 120 días para hacer declaración jurada en la que señale cómo y de cuánto es su patrimonio mal habido, terminando con devolver esa cuantía, sin que se le condene a prisión por su delito, pero sí a pagar multa simbólica de un balboa y la imposibilidad de ejercer cargo público de por vida. Pasados los 120 días, se inicia un período sin término para que los ciudadanos que sepan de enriquecimiento injustificado, en total reserva denuncien a los que tengan indicios de haberse beneficiado de este delito, lo que los hará acreedores a recibir en recompensa, también en reserva, el 50% de lo que se recupere del monto de la lesión patrimonial al Estado o de los fondos o valores provenientes de coimas y demás. El poseedor de bienes mal habidos que no se haya acogido a esta ley de punto final y sea denunciado por otro ciudadano y condenado por la administración de justicia se le penalizará con diez veces la pena de prisión vigente hoy y cien veces el monto del delito original, haciéndole alcance a toda transferencia que haya realizado, hacia otra persona, después de cometido el ilícito.
Ejemplo: el señor T en 1983 teniendo un patrimonio de 200 mil balboas coimeó por 300 mil balboas en función de su contacto con el poder público, y hoy posee patrimonio de 4 millones de balboas. Si él confiesa su ilícito y devuelve los 300 mil balboas, seguirá gozando del resto de su patrimonio. Si no lo hace y otra persona (un pariente resentido, un enemigo, un subalterno ambicioso) en reserva de su identidad ofrece indicios del ilícito del señor T y se le procesa y condena, se hace acreedor a diez veces la pena de prisión y un alcance en sus bienes de hoy y de todo lo transferido a otras personas hasta por un valor de 30 millones de balboas (los apartamentos a las hijas cuando se casaron, el monto de los estudios del hijo, la casa de playa a nombre de la esposa, etc, etc). El denunciante, en total reserva cobrará 150 mil balboas.Si no es esta propuesta, debe servir de base para diseñar una para perseguir a los maleantes vinculados al poder público porque los crímenes que han cometido son peores que los que comete un pandillero que mata por robar o como sicario, porque este mata a una o dos personas, pero los corruptos del poder público matan a todo un pueblo.
El autor es odontólogo y político
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