Panamá, 6 de enero de 2005
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Baja recaudación en impuesto por llamadas

WILFREDO JORDAN S.
wjordan@prensa.com

Cinco millones 650 mil dólares recaudó la Dirección de Ingresos, del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), hasta el mes de noviembre de 2004 en impuesto por llamadas internacionales, casi 50% menos que el año anterior.

La Ley 6 de enero de 2004 estableció un impuesto ad valorem de 12% sobre el valor de toda llamada internacional, incluso las que se realizan a través de Protocolo de Internet en los café internet, en reemplazo del dólar que se cobraba anteriormente por cada llamada internacional.

La mencionada legislación entró en vigencia a partir del 23 de febrero del 2004 y los pagos derivados de la misma se recibieron a partir del mes de marzo del mismo año.

Antes de la entrada en vigencia de esta Ley, se cobraba un impuesto de un dólar por cada llamada internacional que se realizara, independientemente del costo o duración que la misma tuviera.

Comparativamente los ingresos por este impuesto han disminuido en un 50%, ya que hasta noviembre del 2003, la Dirección de Ingresos recibió nueve millones 743 mil 266 dólares en concepto del dólar que se cobraba por cada llamada internacional.

Sin embargo, la Dirección de Ingresos espera que las recaudaciones a futuro aumenten debido al incremento en el número de llamadas y su valor.

De acuerdo con esta dirección, "sí se están recibiendo los ingresos derivados del nuevo tributo de los distintos operadores del mercado, tanto viejos, como nuevos". Con relación a los café internet se retiene el impuesto a través del proveedor de servicios de internet.

En ese sentido, la Dirección General de Ingresos aseguró que, a través de su departamento de Auditoría Integral, ha desarrollado un programa especial para fiscalizar las declaraciones juradas del impuesto presentadas por los agentes retenedores. Estos liquidan y pagan, a más tardar el día 30 de cada mes, el impuesto correspondiente a las operaciones realizadas del mes anterior.

La nueva administración de la Dirección de Ingresos considera que no es necesaria una legislación adicional, toda vez que el Decreto Ejecutivo No.17 de febrero de 2004, que reglamenta la Ley No.6 de enero de 2004, contempla la normativa del tributo de las llamadas.

En el caso de los teléfonos públicos de Cable & Wireless, la empresa encontró el mecanismo de incorporar el 12% de impuesto en el costo de cada llamada, ya que es difícil cobrar con fracciones de centésimos.

Las llamadas internacionales que se realizan desde el extranjero para cobrar en Panamá también deben pagar el 12% de impuesto.

Con la eliminación del dólar de impuesto y el cobro de este gravamen, también se esperaba el establecimiento en el país de nuevas empresas, entre ellas, los casinos on line.

Aunque la Ley establece el cobro del 12% sobre cada llamada internacional que se realice a través de Protocolo de Internet, algunos de los operadores telefónicos dudan que realmente lo estén haciendo, ya que durante los últimos meses se incrementó el número de llamadas internacionales a través de este medio.

Comparativamente, el porcentaje de minutos en llamadas internacionales a través de las líneas telefónicas ha disminuido considerablemente en comparación con las llamadas que se realizaban por medio del sistema de Protocolo de Internet.


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