Panamá, 30 de julio de 2004
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La justicia penal en una sociedad democrática

Urge revisar de manera integral la legislación penal y procesal penal, a fin de que esta sea coherente y acorde con nuestra realidad social

Grisell Mojica Aguilar

Es tema de debate social el conjunto de medidas propuestas en las últimas semanas por el Ejecutivo, que buscan de alguna manera frenar la delincuencia frente a hechos delictivos graves que han tenido lugar en nuestra sociedad y que han puesto de manifiesto dos cosas: un serio problema de seguridad ciudadana y la ineficacia de la política criminal.

Sin embargo, la finalidad de procurar seguridad a la ciudadanía, si bien es un deber del Estado no puede justificar la aplicación de medidas contrarias a los fundamentos constitucionales y democráticos de igualdad y de garantía de derechos fundamentales.

No pretendo criticar las propuestas formuladas, sino más bien aprovechar la ocasión y hacer una reflexión sobre el tema que es de gran relevancia, al igual que complejo, aunque no pueda ser debidamente abordado en unas cuantas líneas.

La justicia penal ha sido ampliamente cuestionada en los últimos años, tanto en foros nacionales como internacionales pues, en primer lugar, se ha evidenciado que el derecho penal ni protege igualmente a todos los ciudadanos -ya sea por falta de denuncia de las víctimas a las autoridades competentes o porque estas sean deficientes en sus investigaciones- ni se aplica por igual a todos los que violan las normas penales, dirigiéndose fundamentalmente a los delincuentes comunes; y en segundo lugar, la pena privativa de libertad implica además un menoscabo de los derechos humanos de la población penitenciaria debido al hacinamiento en las cárceles.

Es por ello que los estudiosos en la materia han puesto de manifiesto la necesidad de replantear las bases del derecho penal, legitimándolo sobre una serie de principios político criminales limitadores del poder punitivo del Estado, entre los que podemos señalar el principio de intervención mínima, según el cual el derecho penal debe ser reservado exclusivamente para los ataques más graves contra los bienes jurídicos de mayor jerarquía, y el principio de proporcionalidad de las penas con la gravedad del delito cometido.

De ahí que el aumento de las penas, si bien en algunos casos parece necesario, no es la solución más adecuada para proteger a los ciudadanos, si de ello se trata, como tampoco lo será el establecimiento de la cadena perpetua -que dicho sea de paso no parece acorde con el principio constitucional de rehabilitación del delincuente, dado que esto no tendría sentido si él no va a reingresar a la sociedad- ni juzgar a menores como adultos, contrario a las tendencias mundiales y a las nuevas corrientes sobre justicia penal.

La ocasión es propicia para señalar que se hace necesario revisar la política criminal del Estado, a fin de que se establezcan medidas de prevención del delito que refuercen los sectores educativos, culturales y familiares.

En cuanto a la política de represión del delito, es urgente revisar de manera integral la legislación penal y procesal penal, a fin de que esta sea coherente y acorde tanto con nuestra realidad social como con las orientaciones modernas basadas en principios constitucionales y democráticos, dándole mayor importancia a conductas realmente graves, tales como homicidios, lesiones, robo a mano armada, ataques al pudor y la libertad sexual, secuestro, corrupción, entre otras, y se garanticen los derechos fundamentales de las partes involucradas en el conflicto, es decir tanto de las víctimas del delito como de las personas que sean sindicadas, procesadas o sentenciadas por la comisión de este.

Finalmente, no menos importante es que tanto las entidades de policía como las instituciones judiciales penales, es decir, la Policía Técnica Judicial, Ministerio Público, Defensoría de Oficio y tribunales penales sean dotadas del presupuesto necesario para llevar a cabo una labor eficiente.

La autora es abogada

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