Abstencionismo, pero de licor
HERMES SUCRE SERRANO
hsucre@prensa.com
El próximo domingo 2 de mayo habrá una gran fiesta electoral, pero sin licor, porque desde las doce del mediodía del sábado 1 de mayo, hasta las doce mediodía del lunes 3 de mayo, se cerrarán todas las cantinas, bodegas, centros de diversión y salones de bailes.
La reglamentación del Tribunal Electoral prohíbe la venta, obsequio, traspaso, uso y consumo de bebidas alcohólicas, incluyendo vinos, cervezas y bebidas fermentadas. La "ley seca" también se aplicará a los promotores de alambiques clandestinos, como los que operan en las montañas de la provincia de Veraguas, en los que se produce el mortal "chirrisco".
Los que infrinjan la norma enfrentarán las sanciones estipuladas en el artículo 358 del Código Electoral que establece: "se sancionará con multas de 100 a 1,000 balboas a los que violen las prohibiciones previstas en los artículos 255 y 259".
Las autoridades electorales advierten que la "ley seca" extiende su jurisdicción hasta el recinto domiciliario; es decir que ningún ciudadano, por eufórico que esté por los resultados de las elecciones, podrá consumir licor, ni aun dentro de su residencia, y quien sea sorprendido in fraganti por alguna autoridad competente tendrá que someterse a las sanciones antes descritas.
El artículo 256 establece la prohibición de portar armas de cualquier clase u otros objetos semejantes el día de las elecciones, salvo los que por razón de sus labores deban portarlas. A los que violen esta disposición se les decomisará el arma u objetos; además se le impondrán multas que oscilan entre los 10 y 200 balboas.
Todas las personas que incumplan las disposiciones legales que rigen el proceso electoral como la "ley seca", portar armas e irrespeto a los miembros de las mesas de votación, serán arrestados por agentes de la Fuerza Pública y procesados en las corregidurías de Betania, Pedregal, Pacora y Santa Ana.
Lo anterior consta en un decreto promulgado por la Alcaldía del distrito de Panamá en colaboración con el Tribunal Electoral, con el fin de mantener suficientes corregidurías habilitadas para conocer y procesar a las personas que cometan este tipo de faltas a la legislación electoral. Permanecerán abiertas los días 1, 2 y 3 de mayo de 2004.
Las personas que porten armas de fuego serán arrestadas, aun con permiso, toda vez que el domingo 2 de mayo solo podrán estar armados los miembros de la Fuerza Pública, los agentes de seguridad en servicio y los escoltas de los candidatos presidenciales autorizados por el Cuerpo de Delegados Electorales.
Los presidentes de mesas de votación y de juntas de escrutinio pueden ordenar a los miembros de la Fuerza Pública que arresten y conduzcan a las corregidurías de turno a cualquier ciudadano que falte el respeto o interrumpa el funcionamiento de las mesas de votación.
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