Panamá, 12 de marzo de 2004

 
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Réplica a la carta de Sossa
4 de marzo de 2004

Con miras a que la ciudadanía no se deje engañar por las afirmaciones falsas y maliciosas del procurador general de la Nación, José Antonio Sossa, me permito hacer aclaraciones. La sola afirmación del procurador “creo que en las últimas décadas no ha habido en nuestro país una administración en el Ministerio Público que haya luchado con más ahínco contra la corrupción....” indica el increíble mundo de fantasía en que vive. Me atrevo a asegurar que no hay panameño alguno que acepte esta afirmación como válida.

Por otra parte, desde el año 1995 me separé de La Prensa y no tengo absolutamente ninguna participación en su política editorial, pero como ciudadano tengo información pública suficiente para responder a la larga y aburrida carta del procurador.

Los cuatro puntos más importantes que responderé son: lo concerniente al “narcocheque”, al caso Marc Harris, a la supuesta impunidad aupada por el Ministerio Público y a mis afirmaciones sobre la protección de delincuentes y persecución de periodistas.

En primero lugar me voy a referir a caso del “narcocheque”. El procurador dice: “Cuando la situación se presentó, el entonces director asociado de La Prensa , periodista Gustavo Gorriti, me comunicó el sábado sobre la existencia del citado cheque, y lo invité, junto al periodista Rolando Rodríguez, a mi casa para examinar la lista de contribuciones de mi campaña, demostrándoles que no era cierto. Para mi sorpresa, el lunes siguiente, este rotativo presentaba en su primera plana la información como cierta...”. En esa, como en otras ocasiones La Prensa hizo válido su lema de “mis periodistas no se equivocan, y si se equivocan no se disculpan”, y tampoco el medio. […]. “No hubo una sola reconsideración de La Prensa , y opté por demandar al medio”.

Esto es doblemente falso, porque la noticia fue publicada el domingo (no lunes) 7 de julio de 1996, bajo el título “Circula presunto ‘narcocheque’ donado a la campaña de Sossa”, y en segundo lugar, tres días después se informó, también en La Prensa , que “Sossa les solicitó que si estaba en sus posibilidades de adelantar esa publicación lo hiciera” (Ver declaraciones de Gustavo Gorriti a El Siglo , 11 de julio de 1996) y el 11 de julio el procurador reconoció que pidió la publicación del “narcocheque”; así aparece en la noticia: “Procurador admite que pidió publicación de ‘narcocheque”, cuyo texto es: “Sossa dijo que luego de haber conversado con los periodistas Rolando Rodríguez y Gustavo Gorriti les solicitó que no esperaran a que ocurriera un escándalo relacionado con el supuesto ‘narcocheque’ y que divulgaran la información lo más pronto posible, pero sólo con los datos que en esos momentos tenían en su poder” ( La Prensa , 12 de julio de 1996). Ahora bien, considero importante decir que La Prensa tituló como noticia principal el día 11 de julio de 1996, “Procurador desmiente a La Prensa”, e incluyó en el cuerpo de la noticia que tal denuncia de Sossa se daba porque él negó “haber solicitado a La Prensa ” la publicación de la información. No obstante, en la misma noticia se dice que “en la entrevista grabada que se hizo a Sossa en su casa el sábado 6, el procurador pidió a los periodistas que se publicara la información al día siguiente, incluso sin que se verificara en Pribanco, como le sugirieron los reporteros”.

Por otro lado, quiero mencionar que este caso bien podría ser defendido con el principio de que sin intención de hacer daño no hay dolo, que en otros sitios se menciona como el principio de la “real malicia”. Este principio fue adoptado, entre varios otros, por la Relatoría de la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; acogidos también por la Sociedad Interamericana de Prensa.

El principio de la “real malicia” consiste en que si un funcionario por su propia voluntad decide hacerse público, la ciudadanía tiene derecho a criticarlo, e incluso, si un periodista que lo investiga tiene todo derecho de equivocarse al publicar una acusación contra él, siempre que demuestre que actuó con buena fe, intentando lograr una verdad, él no es responsable. La carga de la prueba recae sobre el funcionario, es decir que es él y no el periodista quien debe probar que se actuó de mala fe o se divulgó una falsedad a sabiendas de que se hacía ¿Cómo se demuestra que un periodista actúa con buena fe? Porque antes de publicar intenta conocer la versión del funcionario señalado, entre otras medidas. Este fue el caso del ‘narcocheque’. El proceso fue este: Se obtuvo la información. Se buscó la versión del afectado y la nota se publicó junto con la versión de Sossa. El lunes se verificó que el cheque era falso, tras lo cual se publicó el martes 9 de julio como noticia de primera plana, y el jueves 11 de julio se publicó como noticia principal de la primera plana el titular “Procurador desmiente a La Prensa”. No se ha tenido una intención de hacer daño, sino de buscar una verdad. Quién tiene ánimo de hacer daño es quien alienta la publicación y luego la demanda.

Ahora veamos el caso Marc Harris. El procurador dice que en una carta dirigida a Winston Robles, el 16 de junio de 2003, decía lo siguiente: “Ten la certeza de que el único conocimiento que tuve de una solicitud de investigación del señor Marc Harris me fue presentada por el entonces director de la PTJ, Alejandro Moncada y hacía una clara alusión al delito de evasión fiscal… nuestro sistema legal nos impedía investigar el lavado de dinero procedente de evasión fiscal”. A esto le respondo que hubo una solicitud al director de la PTJ, Alejandro Moncada, fechada el 11 de diciembre de 1997 (Ver La Prensa , domingo 8 de agosto de 1999, pag. 39A) y que fue firmada por Fernando Candelario, agregado jurídico de la Embajada de Estados Unidos y por Gil Torres del FBI. En esta solicitud (y esto no lo ha podido desmentir Sossa) se lee con claridad cuál era el objeto de la petición del FBI. Cito textualmente: “En mayo de 1997, se arrestó a dos sujetos [Wallace Stull y James Somerville], en California, por delito de droga, donde ambos le informaron a un oficial trabajando encubierto que ellos invertían sus ganancias en La Firma de Marc M. Harris en Panamá”. ¿Por qué el procurador miente diciendo que la solicitud era sólo una “clara alusión al delito de evasión fiscal”, cuando se menciona posible delito de droga?

En la misma carta explica que había enviado una carta a la Embajada norteamericana fechada el 13 de diciembre de 1999, haciendo saber que por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores de Panamá, expresaba su inquietud por la carta del FBI que pedía ayuda para saber sobre Marc Harris. Esa carta a la Embajada está fechada, repetimos, el 13 de diciembre de 1999. ¿Por qué en la carta a Winston Robles no habla de la carta de unos meses antes (agosto de 1999) donde el Consejo de Defensa del Estado de Chile, Departamento de Tráfico Ilícito de Estupefacientes, hizo una solicitud para investigar a Marc Harris? Esta carta mencionaba a Harris y a otras personas como Wallace Stull y la misma decía: “Interesa saber si existen, si sus domicilios son verdaderos, si realizan operaciones comerciales y si se encuentran vinculados a organizaciones de narcotráfico o lavado de dinero”. ( La Prensa , 15 de octubre de 1999, pag 37A). ¿No está claro que la solicitud se vinculaba con el tema del narcotráfico? Por último, Marc Harris fue arrestado en Nicaragua, enviado a un juzgado y condenado por los mismos delitos que llevó a cabo por años en Panamá bajo las narices del procurador.

Hace unas semanas el procurador dio un discurso en el marco de la “Cumbre Mundial de Fiscales y Procuradores Generales, Jefes de Ministerio Público”, y allí dijo: que los esfuerzos nacionales [contra la corrupción] no serán suficientes, sin la solidaridad entre las naciones, sobre todo porque la cooperación internacional es el único medio que permitirá concluir una investigación de un delito de corrupción. (Discurso completo La Estrella de Panamá , sábado 7 de febrero de 2004).

Además quiero salir al paso de las supuestas luchas contra la corrupción del procurador, cuando dice que jamás le podré probar complicidad alguna del Ministerio Público y me reta a que pruebe ante el país cuáles son los casos de impunidad encubiertos por el Ministerio Público, y en especial por él.

La Fundación para la Libertad Ciudadana hizo un “Indice de Impunidad” donde se demuestra que de 110 casos grandes de corrupción entre 1997 y 2002, el Ministerio Público ni siquiera investigó y de los que lo hizo solo hubo cuatro condenas. ¿No es eso impunidad? Lo peor del caso es que su Ministerio Público sí actuó con mano fuerte contra miles de casos de corrupción de pequeñas cuantías; es decir ha dejado que los “monos gordos” lo sigan siendo, y a los monitos tití les ha tirado a matar. Nuestro Indice se terminó en octubre del 2003 y en una noticia que aparece tres meses después en El Panamá América el procurador dice que en Panamá “la justicia no es igual para todos”. El mismo procurador ha dicho que “no investigará de oficio ningún caso de lesión patrimonial contra el Estado” ( El Siglo , sábado 15 de noviembre de 2003).

Usted fue citado diciendo eso cuando el caso PECC estaba en su apogeo y agregó que “desde hace tres semanas escucha y lee en los periódicos el asunto, pero no le han remitido nada”.

Pero cuando Pérez Balladares hizo la denuncia contra el contralor que investigaba el caso PECC, la acogió y la llevó “personalmente” a la Corte. ( La Prensa , lunes 8 de diciembre de 2003). Afortunadamente tres días después la procuradora encargada, Mercedes Araúz de Grimaldo, si abrió la investigación penal en el caso PECC, solicitando al contralor que le hiciera llegar toda la documentación referente al caso ( El Panamá América ).

Más recientemente nos enteramos que la fiscal Cecilia López, de la Fiscalía Primera Anticorrupción inició las investigaciones del caso PECC ( La Prensa , 20 de febrero de 2004) ¿No es razonable que cualquier ciudadano opine, viendo esas actuaciones, que desde la cabeza del Ministerio Público se encubre la impunidad y que ello se hace personalmente?

Le respondo que mi opinión se da en base a hechos concretos e irrefutables ¿Si el FBI y desde Chile le pidieron asistencia para investigar por posibles asuntos relacionados con droga al ahora condenado Marc Harris por qué usted no lo hizo? ¿Qué ha hecho Sossa con los casos de asesinados y desaparecidos más que atacar a la Comisión de la Verdad?

¿Por qué se agarró del no levantamiento de la inmunidad de legisladores para no investigar el caso CEMIS? ¿Si Ernesto Pérez Balladares dijo públicamente a Weeden “ladrón” y este puso una denuncia de calumnia por qué usted se ha basado en una leguleyada alegando que quien presentó la querella a nombre de Weeden es una persona ajena a los hechos? ¿No se debió declarar el procurador impedido para hacer esta investigación contra el ex presidente que lo puso en ese cargo? Usted dice que “una cosa es la opinión y otra la acusación directa”, y las anteriores preguntas que le he formulado resumen hechos confirmados sobre su actuación u omisión como funcionario. Su deber constitucional es “perseguir” el delito, y si no lo hace ¿No tiene la ciudadanía el derecho de opinar que con su incumplimiento de ese deber usted está protegiendo a delincuentes? Con todo y lo dañina que es la Ley mordaza No. 1 de 1988 sobre calumnia e injuria, esta tiene un artículo muy claro sobre este tema. Artículo 178 dice que “…no constituyen delitos contra el honor, entre otras situaciones, las discusiones, críticas y opiniones sobre los actos u omisiones oficiales de los servidores públicos relativos al ejercicio de sus funciones…”. Está claro que yo manifesté una opinión sobre sus actos y omisiones relativas al ejercicio de sus funciones. Mi opinión es que gracias a esas omisiones suyas de no investigar el resultado es que los delincuentes quedan protegidos.

Termino mencionando lo referente a mi otra afirmación, el procurador sostiene que le “han dicho que perseguimos periodistas”, y agrega que esto es según se puede confirmar, otra de las argumentaciones mentirosas y tendenciosas del señor Eisenmann.

En respuesta a esto decimos que al comienzo de su propia carta, Sossa admite haber hecho 18 citaciones a La Prensa . ¿No es eso persecución? Es fácil demostrar que el procurador ha violado al menos dos principios (“reporte fiel” y “real malicia”) de la libertad de expresión.

El procurador olvida mencionar que yo aseguré que él se dedica a “demandar” no sólo a periodistas, sino también a “denunciantes”. ¿Por qué no menciona el procurador los casos en que aplicó las odiadas leyes de desacato? ¿No recuerda que el abogado Sidney Sitton quedó arrestado sin juicio previo? ¿Por qué no menciona el caso de Santander Tristán a quien denunció por calumnia e injuria después que este lo acusó de intervenir sus teléfonos? ¿Por qué no menciona la persecución que montó contra Herasto Reyes al insistir en un impedimento de salida del país, para lo que un fiscal se vio obligado a renunciar, según lo reportado? Citemos esto que ocurrió tras órdenes de conducción impartidas contra Herasto Reyes por una noticia donde un entrevistado (que dio su nombre) hizo acusaciones al amigo de Sossa, Pérez Balladares: …el fiscal Chérigo, el abogado de La Prensa y Reyes, acordaron que se realizara la diligencia el martes 5 de enero de 1999. Al comenzar la indagatoria, Reyes le manifestó al fiscal Chérigo que se veía limitado de tiempo para poder realizar una diligencia judicial extensa ese día. Reyes tenía premura de tiempo, pues esa tarde viajaría a Colombia por asuntos de trabajo. El fiscal y el secretario de la fiscalía convinieron en que se hicieran las mínimas formalidades de la diligencia, como dar poder al abogado defensor y acordar una nueva fecha para completar la indagatoria. […] No sospechaba Reyes que el acuerdo, contemplado por la ley, al que habían llegado Chérigo, su abogado y él, había provocado molestia a Sossa, que lo consideró inaceptable y conminó al fiscal noveno a impedir la salida del país de Reyes. […] La fecha, la hora y el boleto de viaje estaban definidos desde hacía, por lo menos, una semana antes de los incidentes. Chérigo quiso defender su decisión argumentando que no veía ningún problema en que el periodista, a su retorno al país, completara la diligencia pendiente ya iniciada sin ninguna coerción. Pero Sossa no aceptaba estas razones: o libraba un impedimento de salida para Reyes o sencillamente debía presentar su renuncia. El fiscal Chérigo se decidió por lo último. En el breve lapso transcurrido entre las 12:00 p.m. y las 4:00 p.m. del 5 de enero, Chérigo presentó, y le fue aceptada, su renuncia, y fue hallado su reemplazo, en la persona de Sofanor Espinosa. El primer acto del nuevo fiscal noveno fue el de firmar y remitir el oficio No. 0025 del 5 de enero de 1998 al director encargado de Migración, Samuel Far, para que ‘‘impida la salida del territorio de la República de Panamá al señor Herasto Reyes’’. ¿No es esto persecución?

Si me he tomado el tiempo para contestar la aburrida carta del procurador es sólo para seguir una labor de concienciación ciudadana, sobre el tema de la libertad de expresión. Mientras el mundo camina hacia formas más civilizadas y a tono con las libertades democráticas, en Panamá padecemos autoridades que continúan con las prácticas autoritarias y represivas, y eso se debe terminar.


I. Roberto Eisenmann Jr.


Otro punto de vista
9 de marzo de 2004

Quiero referirme al artículo periodístico aparecido en La Prensa , específicamente en Martes Financiero, en la edición del 9 de marzo del 2004, titulado: “Empresas de papel”.

En el mismo se hace una descripción de un procedimiento efectuado por una abogada de la Dirección de Migración en el departamento de un matrimonio argentino.

Aunque entiendo que la finalidad de la nota es otra, estimo que el ejemplo presentado por la Dirección de Migración no es feliz, porque no se condice con lo expresado por el mismo artículo más adelante, al mencionar que la mayoría de los ciudadanos que han incurrido en estos hechos son de otras nacionalidades.

Lamentablemente, este tipo de notas pueden brindar una idea equivocada y dañar la imagen de la colectividad argentina residente en Panamá, cuyo comportamiento, a juicio del suscrito, es ejemplar.


Ernesto Pfirter
Embajador de Argentina


Comentan noticia

Leí en el diario La Prensa que un tramo del Corredor Sur se hundió en tierra firme. Entiendo que ello ocurrió específicamente en el área de Costa del Este que antes fue manglar. Durante varios años trabajé como activista por la defensa de la Bahía de Panamá frente al Corredor Sur y los rellenos de Punta Pacífica. Creo recordar que durante la construcción del Corredor Sur (1998-2000), el Ing. Jean Canavaggio (q.e.p.d.), quien entonces fungía como asesor técnico de la Campaña Ciudadana Frente al Corredor Sur, alertó sobre la utilización de materiales defectuosos en el tramo marino.

En el archivo de La Prensa deben reposar fotos que apoyan la aseveración, que en su momento hizo el Ing. Canavaggio, así como las entrevistas que se le hicieron a este respecto.

Considerando la alta salinidad que caracteriza el área costera de la ciudad, estas deficiencias podrían poner en peligro las vidas de los ciudadanos. Urge entonces que expertos independientes determinen sin lugar a dudas si el tramo no se ha deteriorado en los últimos cinco años, al punto de ser un riesgo para la ciudadanía.


Felix Wing Solis






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