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Réplica a la carta de
Sossa
4 de marzo de 2004
Con miras a que la ciudadanía no se deje engañar
por las afirmaciones falsas y maliciosas del procurador general
de la Nación, José Antonio Sossa, me permito hacer
aclaraciones. La sola afirmación del procurador “creo
que en las últimas décadas no ha habido en nuestro
país una administración en el Ministerio Público
que haya luchado con más ahínco contra la corrupción....” indica
el increíble mundo de fantasía en que vive. Me atrevo
a asegurar que no hay panameño alguno que acepte esta afirmación
como válida.
Por otra parte, desde el año 1995 me separé de La
Prensa y no tengo absolutamente ninguna participación en
su política editorial, pero como ciudadano tengo información
pública suficiente para responder a la larga y aburrida
carta del procurador.
Los cuatro puntos más importantes que responderé son:
lo concerniente al “narcocheque”, al caso Marc Harris,
a la supuesta impunidad aupada por el Ministerio Público
y a mis afirmaciones sobre la protección de delincuentes
y persecución de periodistas.
En primero lugar me voy a referir a caso del “narcocheque”.
El procurador dice: “Cuando la situación se presentó,
el entonces director asociado de La Prensa , periodista Gustavo
Gorriti, me comunicó el sábado sobre la existencia
del citado cheque, y lo invité, junto al periodista Rolando
Rodríguez, a mi casa para examinar la lista de contribuciones
de mi campaña, demostrándoles que no era cierto.
Para mi sorpresa, el lunes siguiente, este rotativo presentaba
en su primera plana la información como cierta...”.
En esa, como en otras ocasiones La Prensa hizo válido su
lema de “mis periodistas no se equivocan, y si se equivocan
no se disculpan”, y tampoco el medio. […]. “No
hubo una sola reconsideración de La Prensa , y opté por
demandar al medio”.
Esto es doblemente falso, porque la noticia
fue publicada el domingo (no lunes) 7 de julio de 1996, bajo
el título “Circula
presunto ‘narcocheque’ donado a la campaña de
Sossa”, y en segundo lugar, tres días después
se informó, también en La Prensa , que “Sossa
les solicitó que si estaba en sus posibilidades de adelantar
esa publicación lo hiciera” (Ver declaraciones de
Gustavo Gorriti a El Siglo , 11 de julio de 1996) y el 11 de julio
el procurador reconoció que pidió la publicación
del “narcocheque”; así aparece en la noticia: “Procurador
admite que pidió publicación de ‘narcocheque”,
cuyo texto es: “Sossa dijo que luego de haber conversado
con los periodistas Rolando Rodríguez y Gustavo Gorriti
les solicitó que no esperaran a que ocurriera un escándalo
relacionado con el supuesto ‘narcocheque’ y que divulgaran
la información lo más pronto posible, pero sólo
con los datos que en esos momentos tenían en su poder” (
La Prensa , 12 de julio de 1996). Ahora bien, considero importante
decir que La Prensa tituló como noticia principal el día
11 de julio de 1996, “Procurador desmiente a La Prensa”,
e incluyó en el cuerpo de la noticia que tal denuncia de
Sossa se daba porque él negó “haber solicitado
a La Prensa ” la publicación de la información.
No obstante, en la misma noticia se dice que “en la entrevista
grabada que se hizo a Sossa en su casa el sábado 6, el procurador
pidió a los periodistas que se publicara la información
al día siguiente, incluso sin que se verificara en Pribanco,
como le sugirieron los reporteros”.
Por otro lado, quiero mencionar que este caso
bien podría
ser defendido con el principio de que sin intención de hacer
daño no hay dolo, que en otros sitios se menciona como el
principio de la “real malicia”. Este principio fue
adoptado, entre varios otros, por la Relatoría de la Libertad
de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos; acogidos también por la Sociedad Interamericana
de Prensa.
El principio de la “real malicia” consiste en que
si un funcionario por su propia voluntad decide hacerse público,
la ciudadanía tiene derecho a criticarlo, e incluso, si
un periodista que lo investiga tiene todo derecho de equivocarse
al publicar una acusación contra él, siempre que
demuestre que actuó con buena fe, intentando lograr una
verdad, él no es responsable. La carga de la prueba recae
sobre el funcionario, es decir que es él y no el periodista
quien debe probar que se actuó de mala fe o se divulgó una
falsedad a sabiendas de que se hacía ¿Cómo
se demuestra que un periodista actúa con buena fe? Porque
antes de publicar intenta conocer la versión del funcionario
señalado, entre otras medidas. Este fue el caso del ‘narcocheque’.
El proceso fue este: Se obtuvo la información. Se buscó la
versión del afectado y la nota se publicó junto con
la versión de Sossa. El lunes se verificó que el
cheque era falso, tras lo cual se publicó el martes 9 de
julio como noticia de primera plana, y el jueves 11 de julio se
publicó como noticia principal de la primera plana el titular “Procurador
desmiente a La Prensa”. No se ha tenido una intención
de hacer daño, sino de buscar una verdad. Quién tiene ánimo
de hacer daño es quien alienta la publicación y luego
la demanda.
Ahora veamos el caso Marc Harris. El procurador
dice que en una carta dirigida a Winston Robles, el 16 de junio
de 2003, decía
lo siguiente: “Ten la certeza de que el único conocimiento
que tuve de una solicitud de investigación del señor
Marc Harris me fue presentada por el entonces director de la PTJ,
Alejandro Moncada y hacía una clara alusión al delito
de evasión fiscal… nuestro sistema legal nos impedía
investigar el lavado de dinero procedente de evasión fiscal”.
A esto le respondo que hubo una solicitud al director de la PTJ,
Alejandro Moncada, fechada el 11 de diciembre de 1997 (Ver La Prensa
, domingo 8 de agosto de 1999, pag. 39A) y que fue firmada por
Fernando Candelario, agregado jurídico de la Embajada de
Estados Unidos y por Gil Torres del FBI. En esta solicitud (y esto
no lo ha podido desmentir Sossa) se lee con claridad cuál
era el objeto de la petición del FBI. Cito textualmente: “En
mayo de 1997, se arrestó a dos sujetos [Wallace Stull y
James Somerville], en California, por delito de droga, donde ambos
le informaron a un oficial trabajando encubierto que ellos invertían
sus ganancias en La Firma de Marc M. Harris en Panamá”. ¿Por
qué el procurador miente diciendo que la solicitud era sólo
una “clara alusión al delito de evasión fiscal”,
cuando se menciona posible delito de droga?
En la misma carta explica que había enviado una carta a
la Embajada norteamericana fechada el 13 de diciembre de 1999,
haciendo saber que por medio del Ministerio de Relaciones Exteriores
de Panamá, expresaba su inquietud por la carta del FBI que
pedía ayuda para saber sobre Marc Harris. Esa carta a la
Embajada está fechada, repetimos, el 13 de diciembre de
1999. ¿Por qué en la carta a Winston Robles no habla
de la carta de unos meses antes (agosto de 1999) donde el Consejo
de Defensa del Estado de Chile, Departamento de Tráfico
Ilícito de Estupefacientes, hizo una solicitud para investigar
a Marc Harris? Esta carta mencionaba a Harris y a otras personas
como Wallace Stull y la misma decía: “Interesa saber
si existen, si sus domicilios son verdaderos, si realizan operaciones
comerciales y si se encuentran vinculados a organizaciones de narcotráfico
o lavado de dinero”. ( La Prensa , 15 de octubre de 1999,
pag 37A). ¿No está claro que la solicitud se vinculaba
con el tema del narcotráfico? Por último, Marc Harris
fue arrestado en Nicaragua, enviado a un juzgado y condenado por
los mismos delitos que llevó a cabo por años en Panamá bajo
las narices del procurador.
Hace unas semanas el procurador dio un discurso
en el marco de la “Cumbre Mundial de Fiscales y Procuradores Generales,
Jefes de Ministerio Público”, y allí dijo:
que los esfuerzos nacionales [contra la corrupción] no serán
suficientes, sin la solidaridad entre las naciones, sobre todo
porque la cooperación internacional es el único medio
que permitirá concluir una investigación de un delito
de corrupción. (Discurso completo La Estrella de Panamá ,
sábado 7 de febrero de 2004).
Además quiero salir al paso de las supuestas luchas contra
la corrupción del procurador, cuando dice que jamás
le podré probar complicidad alguna del Ministerio Público
y me reta a que pruebe ante el país cuáles son los
casos de impunidad encubiertos por el Ministerio Público,
y en especial por él.
La Fundación para la Libertad Ciudadana hizo un “Indice
de Impunidad” donde se demuestra que de 110 casos grandes
de corrupción entre 1997 y 2002, el Ministerio Público
ni siquiera investigó y de los que lo hizo solo hubo cuatro
condenas. ¿No es eso impunidad? Lo peor del caso es que
su Ministerio Público sí actuó con mano fuerte
contra miles de casos de corrupción de pequeñas cuantías;
es decir ha dejado que los “monos gordos” lo sigan
siendo, y a los monitos tití les ha tirado a matar. Nuestro
Indice se terminó en octubre del 2003 y en una noticia que
aparece tres meses después en El Panamá América
el procurador dice que en Panamá “la justicia no es
igual para todos”. El mismo procurador ha dicho que “no
investigará de oficio ningún caso de lesión
patrimonial contra el Estado” ( El Siglo , sábado
15 de noviembre de 2003).
Usted fue citado diciendo eso cuando el caso
PECC estaba en su apogeo y agregó que “desde hace tres semanas escucha
y lee en los periódicos el asunto, pero no le han remitido
nada”.
Pero cuando Pérez Balladares hizo la denuncia contra el
contralor que investigaba el caso PECC, la acogió y la llevó “personalmente” a
la Corte. ( La Prensa , lunes 8 de diciembre de 2003). Afortunadamente
tres días después la procuradora encargada, Mercedes
Araúz de Grimaldo, si abrió la investigación
penal en el caso PECC, solicitando al contralor que le hiciera
llegar toda la documentación referente al caso ( El Panamá América
).
Más recientemente nos enteramos que la fiscal Cecilia López,
de la Fiscalía Primera Anticorrupción inició las
investigaciones del caso PECC ( La Prensa , 20 de febrero de 2004) ¿No
es razonable que cualquier ciudadano opine, viendo esas actuaciones,
que desde la cabeza del Ministerio Público se encubre la
impunidad y que ello se hace personalmente?
Le respondo que mi opinión se da en base a hechos concretos
e irrefutables ¿Si el FBI y desde Chile le pidieron asistencia
para investigar por posibles asuntos relacionados con droga al
ahora condenado Marc Harris por qué usted no lo hizo? ¿Qué ha
hecho Sossa con los casos de asesinados y desaparecidos más
que atacar a la Comisión de la Verdad?
¿Por qué se agarró del no levantamiento de
la inmunidad de legisladores para no investigar el caso CEMIS? ¿Si
Ernesto Pérez Balladares dijo públicamente a Weeden “ladrón” y
este puso una denuncia de calumnia por qué usted se ha basado
en una leguleyada alegando que quien presentó la querella
a nombre de Weeden es una persona ajena a los hechos? ¿No
se debió declarar el procurador impedido para hacer esta
investigación contra el ex presidente que lo puso en ese
cargo? Usted dice que “una cosa es la opinión y otra
la acusación directa”, y las anteriores preguntas
que le he formulado resumen hechos confirmados sobre su actuación
u omisión como funcionario. Su deber constitucional es “perseguir” el
delito, y si no lo hace ¿No tiene la ciudadanía el
derecho de opinar que con su incumplimiento de ese deber usted
está protegiendo a delincuentes? Con todo y lo dañina
que es la Ley mordaza No. 1 de 1988 sobre calumnia e injuria, esta
tiene un artículo muy claro sobre este tema. Artículo
178 dice que “…no constituyen delitos contra el honor,
entre otras situaciones, las discusiones, críticas y opiniones
sobre los actos u omisiones oficiales de los servidores públicos
relativos al ejercicio de sus funciones…”. Está claro
que yo manifesté una opinión sobre sus actos y omisiones
relativas al ejercicio de sus funciones. Mi opinión es que
gracias a esas omisiones suyas de no investigar el resultado es
que los delincuentes quedan protegidos.
Termino mencionando lo referente a mi otra
afirmación,
el procurador sostiene que le “han dicho que perseguimos
periodistas”, y agrega que esto es según se puede
confirmar, otra de las argumentaciones mentirosas y tendenciosas
del señor Eisenmann.
En respuesta a esto decimos que al comienzo
de su propia carta, Sossa admite haber hecho 18 citaciones a
La Prensa . ¿No
es eso persecución? Es fácil demostrar que el procurador
ha violado al menos dos principios (“reporte fiel” y “real
malicia”) de la libertad de expresión.
El procurador olvida mencionar que yo aseguré que él
se dedica a “demandar” no sólo a periodistas,
sino también a “denunciantes”. ¿Por qué no
menciona el procurador los casos en que aplicó las odiadas
leyes de desacato? ¿No recuerda que el abogado Sidney Sitton
quedó arrestado sin juicio previo? ¿Por qué no
menciona el caso de Santander Tristán a quien denunció por
calumnia e injuria después que este lo acusó de intervenir
sus teléfonos? ¿Por qué no menciona la persecución
que montó contra Herasto Reyes al insistir en un impedimento
de salida del país, para lo que un fiscal se vio obligado
a renunciar, según lo reportado? Citemos esto que ocurrió tras órdenes
de conducción impartidas contra Herasto Reyes por una noticia
donde un entrevistado (que dio su nombre) hizo acusaciones al amigo
de Sossa, Pérez Balladares: …el fiscal Chérigo,
el abogado de La Prensa y Reyes, acordaron que se realizara la
diligencia el martes 5 de enero de 1999. Al comenzar la indagatoria,
Reyes le manifestó al fiscal Chérigo que se veía
limitado de tiempo para poder realizar una diligencia judicial
extensa ese día. Reyes tenía premura de tiempo, pues
esa tarde viajaría a Colombia por asuntos de trabajo. El
fiscal y el secretario de la fiscalía convinieron en que
se hicieran las mínimas formalidades de la diligencia, como
dar poder al abogado defensor y acordar una nueva fecha para completar
la indagatoria. […] No sospechaba Reyes que el acuerdo, contemplado
por la ley, al que habían llegado Chérigo, su abogado
y él, había provocado molestia a Sossa, que lo consideró inaceptable
y conminó al fiscal noveno a impedir la salida del país
de Reyes. […] La fecha, la hora y el boleto de viaje estaban
definidos desde hacía, por lo menos, una semana antes de
los incidentes. Chérigo quiso defender su decisión
argumentando que no veía ningún problema en que el
periodista, a su retorno al país, completara la diligencia
pendiente ya iniciada sin ninguna coerción. Pero Sossa no
aceptaba estas razones: o libraba un impedimento de salida para
Reyes o sencillamente debía presentar su renuncia. El fiscal
Chérigo se decidió por lo último. En el breve
lapso transcurrido entre las 12:00 p.m. y las 4:00 p.m. del 5 de
enero, Chérigo presentó, y le fue aceptada, su renuncia,
y fue hallado su reemplazo, en la persona de Sofanor Espinosa.
El primer acto del nuevo fiscal noveno fue el de firmar y remitir
el oficio No. 0025 del 5 de enero de 1998 al director encargado
de Migración, Samuel Far, para que ‘‘impida
la salida del territorio de la República de Panamá al
señor Herasto Reyes’’. ¿No es esto persecución?
Si me he tomado el tiempo para contestar la
aburrida carta del procurador es sólo para seguir una labor de concienciación
ciudadana, sobre el tema de la libertad de expresión. Mientras
el mundo camina hacia formas más civilizadas y a tono con
las libertades democráticas, en Panamá padecemos
autoridades que continúan con las prácticas autoritarias
y represivas, y eso se debe terminar.
I. Roberto Eisenmann Jr.
Otro punto de vista
9 de marzo de 2004
Quiero referirme al artículo periodístico aparecido
en La Prensa , específicamente en Martes Financiero, en
la edición del 9 de marzo del 2004, titulado: “Empresas
de papel”.
En el mismo se hace una descripción de un procedimiento
efectuado por una abogada de la Dirección de Migración
en el departamento de un matrimonio argentino.
Aunque entiendo que la finalidad
de la nota es otra, estimo que el ejemplo presentado por la Dirección de Migración
no es feliz, porque no se condice con lo expresado por el mismo
artículo más adelante, al mencionar que la mayoría
de los ciudadanos que han incurrido en estos hechos son de otras
nacionalidades.
Lamentablemente, este tipo de
notas pueden brindar una idea equivocada y dañar la imagen de la colectividad argentina residente
en Panamá, cuyo comportamiento, a juicio del suscrito, es
ejemplar.
Ernesto Pfirter
Embajador de Argentina
Comentan noticia
Leí en el diario La Prensa que un tramo del Corredor Sur
se hundió en tierra firme. Entiendo que ello ocurrió específicamente
en el área de Costa del Este que antes fue manglar. Durante
varios años trabajé como activista por la defensa
de la Bahía de Panamá frente al Corredor Sur y los
rellenos de Punta Pacífica. Creo recordar que durante la
construcción del Corredor Sur (1998-2000), el Ing. Jean
Canavaggio (q.e.p.d.), quien entonces fungía como asesor
técnico de la Campaña Ciudadana Frente al Corredor
Sur, alertó sobre la utilización de materiales defectuosos
en el tramo marino.
En el archivo de La Prensa deben
reposar fotos que apoyan la aseveración,
que en su momento hizo el Ing. Canavaggio, así como las
entrevistas que se le hicieron a este respecto.
Considerando la alta salinidad
que caracteriza el área
costera de la ciudad, estas deficiencias podrían poner en
peligro las vidas de los ciudadanos. Urge entonces que expertos
independientes determinen sin lugar a dudas si el tramo no se ha
deteriorado en los últimos cinco años, al punto de
ser un riesgo para la ciudadanía.
Felix Wing Solis
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