Panamá, 26 de noviembre de 2003
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Constituyente... ¿para qué? (IV)

Juan David Morgan
jdmor@morimor.com

Después de escuchar y leer lo que profusamente durante las últimas semanas se ha dicho y escrito en torno a las posibilidades de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, resulta fácil arribar a las siguientes conclusiones:

1) Quienes promueven la constituyente, al igual que quienes se oponen a ella, están de acuerdo en que una nueva Constitución no es la panacea que logrará, por sí misma, resolver los problemas que aquejan a la nación. Es evidente que nuestras dificultades más agudas, especialmente las relacionadas con la corrupción, se derivan de una mala conducta de los gobernantes y de los asociados y no de las leyes escritas que regulan esas conductas.

2) Convocar a una Asamblea Constituyente en estos momentos conlleva, sin duda, más riesgos que beneficios. Una vez que se invoca al poder originario y soberano del pueblo, todas las normas que hoy nos rigen, particularmente aquellas contenidas en la Constitución, quedan inapelablemente sujetas a ser derogadas o modificadas. Así podría ocurrir, por ejemplo, con nuestro sistema republicano, con la permanencia de quienes integran los órganos de Gobierno; con los derechos ciudadanos; con los derechos sociales, incluyendo en estos las conquistas laborales; con el carácter público y solidario de la seguridad social; con la autonomía de la Autoridad del Canal; con las presunciones en torno a nuestra afiliación religiosa, y un largo etcétera. Porque cuando el poder originario se sienta a deliberar sobre un nuevo pacto social, todo lo señalado está en juego. Esto lo saben, o lo deberían saber, quienes, demagógicamente unos, de buena fe otros, hablan de establecer una Constituyente Paralela. Tal cosa no existe porque, repetimos, una Asamblea Constituyente, como poder originario, es única, no admite paralelismos ni nada que le haga sombra o interfiera con su poder soberano. Una vez convocada, desaparecen todas las limitaciones; ella, solamente ella, puede imponerse condiciones y sus decisiones no están sujetas a ninguna formalidad o ratificación posterior. Es aquí donde reside la esencia del poder originario, que emana del pueblo soberano, y es ésta la razón por la cual solamente se debe acudir a la constituyente como último recurso cuando se ha perdido la institucionalidad del Estado. Pretender convocarla para darle una salida heroica al fracaso coyuntural de una clase política, es desnaturalizar su propósito y sentido.

3) La convocatoria a una constituyente ha devenido en un asunto fundamentalmente político, sobre todo si tomamos en cuenta que la propuesta surge al inicio de un año electorero. Todos los candidatos a la Presidencia de la República se han visto obligados a incluir el tema de la constituyente como parte de su discurso político y las bancadas, oficialista y opositora, ya han presentado a la consideración de la Asamblea Legislativa sendos proyectos de ley en los que se pretende regular esta materia. Lamentablemente, la Iglesia católica, o, mejor dicho, algunos de sus voceros, se han dejado arrastrar por la vorágine y hoy vemos cómo descienden de los altares para discutir de tú a tú con los políticos en los periódicos, la radio y la televisión. Y es doblemente lamentable esa actitud porque la controversia puede poner en entredicho no solamente la credibilidad de la Iglesia a la que está afiliada la inmensa mayoría de los panameños, sino también la del Consejo Ecuménico, que reúne a todas las iglesias bajo cuyo paraguas se cobija la propuesta de una quinta papeleta que mantiene a los curas recogiendo firmas para llamar a una constituyente en los templos a los que acudimos en busca de paz espiritual.

4) Las reformas constitucionales que con mayor insistencia se mencionan, como la eliminación de un vicepresidente o de un suplente de legislador, son meramente cosméticas y en nada contribuirían ni a resolver los problemas ni a mejorar la calidad de vida de los panameños. Otras, como la de limitar el número de legisladores, pueden lograrse a través de meras reformas legales sin que sea menester para ello modificar la Constitución. Sin embargo, aquellas reformas que realmente podrían contribuir a aliviar los graves problemas estructurales que nos agobian, como serían, por ejemplo, las destinadas a descentralizar las funciones del Estado y el otorgamiento de mayor autonomía política y financiera a los municipios, casi ni se mencionan. Y es que, en el fondo, más que una reforma constitucional que contribuya al bienestar de los asociados, lo que se persigue es aliviar la crisis de credibilidad y desazón ciudadanas que los innegables y notorios desaciertos de la clase política han traído a la nación.

Pero tal vez lo más desconsolador en este frenesí constitucionalista que estamos viviendo es que parece reflejar la convicción de que los panameños jamás tendremos gobernantes honestos y trabajadores, y, en consecuencia, estamos condenados a concebir normas jurídicas destinadas no a promover valores morales sino a subsanar recurrentes deficiencias. En otras palabras, el nuevo pacto social ciudadano al que se nos quiere abocar partiría de la presunción primaria de que los panameños estamos forzados de por vida a elegir malos gobiernos. Esto es lo que ocurre cuando se confunden principios éticos inmarcesibles, que deben servir de guía a una nación, con la pequeñez de miras y los desatinos cotidianos de quienes en un momento dado tienen a su cargo los destinos de un país.

El autor es abogado y escritor

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