Panamá, 21 de julio de 2003
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Un pago misterioso

René Luciani, ex viceministro de Economía y Finanzas.

Rafael Pérez G.
y Rolando Rodríguez B.
planas@prensa.com

Dos cheques fueron girados a nombre de HNTB Design/Build Panama Inc.: uno por un millón de dólares y otro por algo más de 752 mil dólares. Este cheque debía ser girado por 800 mil dólares, pero se hizo un ajuste por gastos no realizados.
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El palacio que albergaría a los honorables legisladores panameños no cuenta ni con la clásica primera piedra, pero el Estado ya desembolsó a la empresa "constructora" casi un millón 800 mil dólares.

El esplendor del nuevo palacio habría puesto en ridículo a los arquitectos de la actual sede del Organo Legislativo, pues en comparación, el viejo edificio habría parecido un depósito de escobas.

Tendría espaciosas oficinas de 80 metros cuadrados -unas cien, al menos-, un edificio de cuatro niveles para las comisiones de trabajo, otro para la administración y uno más para los legisladores. También tendría una galería permanente de exposiciones artísticas, sistemas de traducción y audiovisuales, salones de estar para los legisladores, cafeterías, comedores "que se convierten en cocina", sótano para estacionamientos, estudios de radio y televisión, un centro médico y hasta un gimnasio.

Tal ostentación tendría un alto costo: más de 30 millones de dólares. No obstante, no se llamó a una licitación. Para obviarla, los legisladores calificaron el proyecto de "urgencia notoria".

Un consorcio fue contratado de forma directa: HNTB Design/Build Panama Inc., encargado del financiamiento, diseño, constructor y equipamiento del nuevo edificio, bajo la modalidad "llave en mano". Un extenso contrato-ley se aprobó en octubre de 1997 y un mes después se convirtió en ley de la República, al promulgarse en la Gaceta Oficial.

¿Qué ha pasado desde entonces? Pues que la Asamblea cambió de presidente... y de planes. Se supone, según consta en el contrato-ley, que el consorcio debía obtener el 100% del financiamiento de la obra dentro de los 90 días siguientes a la aprobación del contrato. También debió haber comenzado la obra a los 30 días de haber recibido la orden de proceder y debió entregar el edificio a los 730 días calendarios a partir de la orden de proceder, período que venció el 17 de enero de 2000.

El incumplimiento de estos plazos fue argüido por el entonces presidente de la Asamblea, Rubén Arosemena, para rescindir, en el año 2002 y de forma unilateral, el contrato. Pero para estar seguro de que no se estaba excediendo en sus funciones, Arosemena pidió, el 12 de noviembre de 2001, su opinión a la procuradora general de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, quien le dio la razón -por completo- a Arosemena, como se verá enseguida.

Primero, señala Fletcher, "el contrato muestra deficiencias en cuanto al objeto de la contratación, así como el cumplimiento de las obligaciones por parte del contratista", aunque ello queda aclarado en el contrato, pero de forma dispersa.

A cambio de la construcción de la nueva sede, la Asamblea otorgaría una concesión administrativa a HNTB para financiar, diseñar, construir, operar y administrar un centro comercial y un hotel de lujo en las inmediaciones del nuevo palacio.

La procuradora admite que pudo haber una confusión derivada del hecho de que el contrato era condicional, es decir, dependía de que se obtuviera el financiamiento al 100%.

Pero, según Fletcher, tal como está configurado el contrato, HNTB Design/Build Panama Inc. "estaba obligado a cumplir con todas las demás obligaciones simultáneamente a las gestiones que adelantara para obtener el financiamiento, o sea, hacer un diseño y obtener su aprobación, elaborar los planos".

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Carta enviada por René Luciani a Gerardo González en la que le informa del pago de 1.8 millón de dólares.

Es por ello que la funcionaria sostiene que, "por la naturaleza del contrato llave en mano, la no obtención del financiamiento debe conducir a la terminación del contrato, ya que esa es la fuente generadora de los recursos financieros que permiten el efectivo cumplimiento de las demás obligaciones".

Y aunque el contrato establece un mecanismo de arbitraje cuando haya discrepancias entre HNTB Design/Build Panama Inc. y el Estado panameño, Fletcher opina que este recurso solo es pertinente "cuando el contratista, HNTB, cumple con sus obligaciones al tenor del contrato...".

De hecho, en caso de un arbitraje, de acuerdo con la ley de Contrataciones Públicas, éste "no tendrá el efecto de suspender o retardar el cumplimiento de las obligaciones dimanantes del contrato". Esto significa, según Fletcher, "que la ejecución del contrato debería haberse iniciado".

La resolución administrativa del contrato, que pretendía Arosemena, "conlleva -según la procuradora- la exclusión de un arbitraje, ya que ésta le pone término al contrato, mientras que el arbitraje puede mantener vigente el contrato".

Aparte de no haber obtenido el financiamiento, HNTB Design/Build Panama Inc. "no inició el proyecto dentro del término legal...", sostiene Fletcher.

La funcionaria concluye que la decisión de la Asamblea Legislativa de dar por terminado el contrato "la consideramos factible, pues ha habido un incumplimiento del contrato, en virtud de que la principal obligación, la obtención del financiamiento en los términos pactados no ha sido cumplida por parte de HNTB Design/Build Panama Inc.".

Hasta aquí todo parecía que el asunto no tendría consecuencias, salvo por una observación que hizo la procuradora: "Por último, observamos un pago hecho el 17 de marzo de 1999, al contratista HNTB por un monto de B/. 1,800,000.00, cuya justificación no la encontramos en el contrato, ni en la documentación que se nos ha suministrado".

En efecto, el 9 de marzo de 1999, el ministro encargado de Economía y Finanzas, René Luciani, envió una nota al presidente de la Asamblea Legislativa, Gerardo González, en la que le informa de que el Consejo Económico Nacional (CENA), en sesión celebrada ese mismo día, "evaluó la solicitud para el financiamiento de la construcción del nuevo edificio de la Asamblea Legislativa de la República de Panamá, obra acordada por la Asamblea Legislativa con la empresa HNTB Design/Build Panama Inc., por un monto de 18 millones 400 mil dólares".

La Prensa trató de hablar con el hoy comisionado de la CLICAC, René Luciani, pero éste no accedió a una entrevista. A través de una oficial de Relaciones Públicas, dijo primeramente que "nunca estuvo de acuerdo con eso". Un día después, a través de la misma funcionaria, señaló que sus actuaciones fueron "estrictamente institucionales".

A pesar de que el contrato establecía que el financiamiento era responsabilidad del contratista, Luciani señala en la nota a González que en el CENA se aprobó "la cancelación del monto adeudado a los contratistas por los trabajos realizados", hasta por la suma de un millón 800 mil dólares.

1- Gerardo González, ex presidente de la Asamblea Legislativa.
2- Alma Montenegro de Fletcher, procuradora de la Administración.
3- Rubén Arosemena, ex presidente de la Asamblea Legislativa.
4- René Luciani, ex viceministro de Economía y Finanzas.

"Esta medida -agrega la carta- es adoptada a fin de que no se paralice el proceso de contratación y el financiamiento de la obra, cuya viabilidad financiera del proyecto deberá ser determinada por el Ministerio de Economía y Finanzas y el Consejo Económico Nacional, desde el punto de vista presupuestario y económico financiero".

Es decir, a más de un año de la firma del contrato con el consorcio, del refrendo de la Contraloría, de la entrega de la orden de proceder, de consignadas las fianzas y del pago de un millón 800 mil dólares, el Gobierno todavía tenía dudas sobre la viabilidad financiera del proyecto.

No en vano ese ministerio dejó de llamarse "de Planificación y Política Económica".


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