Panamá, 23 de junio de 2003
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Anulan polémico comité en proyecto sobre la ARI

VICTOR D. TORRES
vdagoberto@prensa.com

Alfredo Arias, administrador de la ARI

La Asamblea Legislativa anuló el polémico comité ejecutivo de la Autoridad de la Región Interoceánica (ARI), que fue propuesto en un proyecto que reforma la ley que rige esa entidad.

El proyecto, presentado por el legislador arnulfista José Blandón Figueroa, proponía la creación de un comité ejecutivo compuesto por cinco de los 11 miembros de la junta directiva de la ARI, con el objetivo de agilizar los procedimientos de la institución que será disuelta por ley en el 2005.

El comité aprobaría contratos de hasta 5 millones de dólares sin necesidad de que tuvieran que ser aprobados por la junta directiva de la entidad, el Consejo Económico Nacional (CENA) y el Consejo de Gabinete. El administrador de la ARI sólo puede firmar contratos hasta por 499 mil dólares. De allí en adelante corresponde la aprobación a la junta directiva, al CENA y al Gabinete.

Dadas las críticas que recibió la iniciativa, la directiva de la ARI solicitó a la Comisión de Asuntos del Canal de Panamá, de la Asamblea, anular la propuesta, lo cual fue aceptado por los parlamentarios.

Sin embargo, aún está por definirse la propuesta que se incluye en el proyecto de ley, en la que se le permite a la ARI aceptar garantías hipotecarias de bienes de terceros para la cancelación de sus deudas.

Se informó que el próximo jueves los miembros de la Comisión de Asuntos del Canal de Panamá analizarán este tema.

Indica el proyecto que el repago de las inversiones por infraestructura que reciba la ARI no constituirán ingresos al Fondo Fiduciario, como tampoco los ingresos que se produzcan como repago de nuevas inversiones de infraestructuras que apruebe el Consejo de Gabinete o el Consejo Económico Nacional, según su monto, a partir de la promulgación de la ley.

El presidente de la Comisión de Asuntos del Canal, Julio César Castillo, considera que la iniciativa no modifica el cumplimiento de los procedimientos establecidos en la Ley 56 de contrataciones públicas.


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