Panamá, 28 de marzo de 2003
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Preguntas sobre la ‘Casa grande’

Al revisar esta normativa jurídica me doy cuenta de que en Panamá, más que leyes, lo que se necesita es disposición de las autoridades para hacerlas cumplir

Guillermo A. Cochez
gcochez@cableonda.net

Luego del artículo que escribí (La Prensa, 12 de marzo 2003) sobre las “casas grandes” de la lotería clandestina, un amigo, en son de broma, me preguntó si ya me habían llamado de alguna “Casa grande” para contratarme como abogado, ya que esa gente tenía demasiado poder como para permitir que alguien los llevase al público. Esa llamada nunca la recibí, aunque sí recibí muchas otras que me obligan a compartirlas, llevando al público y a las autoridades una serie de preguntas sobre esta actividad ilícita que, según me explican, hoy por hoy gana más que la Lotería Nacional y goza del patrocinio delictivo de algunos funcionarios.

La Ley Orgánica de la Lotería Nacional de Beneficencia, aprobada mediante Decreto de Gabinete 224 de julio de 1969, establece que el presidente de la junta directiva de la entidad es el ministro de Hacienda y Tesoro, hoy Economía y Finanzas, por lo que creo que las denuncias que estos escritos contienen también le conciernen a Norberto Delgado Durán, titular del cargo.

Dicha norma legal en su Artículo 37 señala que “queda terminantemente prohibida la venta de billetes de loterías extranjeras, a menos que esa venta sea autorizada por la junta directiva de la Lotería Nacional de Beneficencia. Los infractores de esta disposición serán penados por el Alcalde de Distrito en donde se intente vender dicha lotería extranjera con multa de B/10.00 a B/1.000.00 y arresto de un mes a un año, según la importancia de la infracción; penas que serán dobladas en caso de reincidencia”. El Artículo 38, por su parte, dice que “queda prohibida la venta de toda clase de juegos clandestinos como bil, chance, bolita, one-two rifa y toda clase de juegos de suerte y azar, cualquiera que sea su denominación o que se les dé por quienes los vendan y compren. El que venda, juegue o patrocine cualesquiera de estos juegos prohibidos, será sancionado con prisión de un mes a 3 años y multa de B/100.00 a B/5.000.00, y el comiso de los instrumentos y las sumas de dinero que posea al ser sorprendido. Al cómplice, encubridor o comprador o el que en cualquier otra forma colabore con esta actividad se le aplicará la mitad de la pena”. El mismo artículo señala que conocen de este tipo de violaciones los alcaldes del distrito respectivo.

En 1970, mediante el Decreto de Gabinete No. 57, se decidió facultar a los agentes de la Guardia (hoy Policía Nacional) y del DENI (hoy PTJ), a los inspectores de Vigilancia Fiscal (MEF), a los auditores de la Dirección General de Ingresos, a los inspectores del Ministerio de Comercio, pero siempre debidamente autorizados por la Lotería Nacional para que en nombre de la institución persigan y aprehendan a los infractores de esta disposición (Artículo 38), los que pondrán a órdenes de la alcaldía respectiva. El Artículo 39 por su parte también prohibió la venta de billetes y chances “casados”, basados en cualquier otro sistema que no sea la venta de billete o chance, so pena de multas hasta de B/.1.000.00 o arresto de 15 días a un año y la cancelación de la libreta o del contrato con la Lotería. O sea, que si la Lotería no hace nada, nadie más puede hacer nada, y las “Casas grandes” siguen haciendo de las suyas.

Al revisar esta normativa jurídica me doy cuenta de que en Panamá, más que leyes, lo que se necesita es disposición de las autoridades para hacerlas cumplir. En Panamá se venden abiertamente la lotería de Miami y la de Costa Rica; se conocen los lugares dónde conseguirlas y quiénes son los encargados de traerlas y venderlas. La de Miami, que allá se consigue en un dólar, aquí la encuentras a dos en algunos semáforos de la capital. Por donde uno va, hay números que solo se pueden comprar “casados”. Me cuentan quienes me han escrito que las “Casas grandes” están por todo el país. En La Chorrera solo hay que ir al mercado público. En Aguadulce hasta los miembros de la PTJ la compran. En las ciudades, los que más compran son los que más tienen, dándome ejemplos de médicos que compran en grandes cantidades, así como empresarios de la Zona Libre.

Las preguntas que hago ahora las hice el pasado 18 de marzo en solicitud que le estoy haciendo a la directora de la Lotería y al alcalde Navarro, basado en la Ley de Transparencia, porque todo parece indicar que el problema central radica en esa entidad presidida por el ministro del MEF, que no hace absolutamente nada para impedir que sigan proliferando dichos actos ilícitos, que tanto desmedro causan al Tesoro Nacional, o simplemente son los alcaldes que no procesan las denuncias de la Lotería, si es que ésta las hace. No recuerdo haber recibido ninguna denuncia al respecto cuando fui alcalde de Panamá.

La palabra la tiene tanto la directora de la Lotería, encargada de investigar los casos para ponerlos en manos del alcalde respectivo; como en el distrito que investigo, Juan Carlos Navarro y, por supuesto, los más altos representantes del Gobierno que debe saber perfectamente bien quiénes son los que manejan este negocio que les reporta tan enormes ganancias a quienes se dedican a él y no le dan un solo centavo al Tesoro Nacional, el mismo del cual está encargado precisamente el presidente de la directiva de la Lotería, el ministro del MEF, Dr. Norberto Delgado Durán.

El autor es abogado y ex legislador de la República

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