Panamá, 13 de marzo de 2003
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De las cenizas de la guerra entre EU e Irak emerge un nuevo orden internacional

Euclides E. Tapia C.

A poco tiempo de celebrarse la reunión del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas, la cual deberá abordar la propuesta a votación de la resolución patrocinada por EU, Tony Blair y José M. Aznar, que declara que Irak no ha aprovechado la última oportunidad de desarmarse que le brindó la Resolución 1441 del 8 de noviembre de 2002 y con ello, allanar el camino que permita a EU el uso de la fuerza contra el país árabe, se hace imperativo la presentación de algunas consideraciones en torno al cómo, los estadounidenses pretenden hacer esto realidad y los posibles escenarios que esta acción traerá al mundo de la segunda postguerra entre EU e Irak.

Es evidente que Washington al advertir que invadiría Bagdad, aunque estuviese en contra el veto de un miembro permanente del Consejo de Seguridad de la ONU, enfrenta ahora la posibilidad de tener que honrar su prematura amenaza, esta vez en contra no de uno, sino de la mayoría de los miembros permanentes del principal órgano de las Naciones Unidas encargado del mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales.

Ello es así, toda vez que la voluntad de tres de los cinco miembros permanentes del Consejo con derecho a veto, es decir, el derecho a bloquear cualquier acción unilateral de un miembro de la comunidad internacional contra otro, en este caso, Francia, la Federación de Rusia y la República Popular China no coincide con la conducta mantenida por EU respecto a Irak. A horas del día D, pasamos revista pues a la situación que rodea la crucial reunión, para un orden internacional que aparenta ya tener sus días contados.

Como es palpable en el ambiente, no creo que exista alguien que a estas alturas de los acontecimientos abrigue alguna duda de que EU invadirá Irak, es más, agrego que esto no se evitará, incluso si se queda o no Sadan Husein en el poder, ni siquiera en el evento de un exilio, como subrepticiamente Washington lo dejó entrever. Llego a esta conclusión, porque en un escenario tal, igualmente EU intervendría, so pena de quedar atrapado en una situación de anarquía total que terminaría desintegrando a Irak.

Más aún, a quién se le ocurre pensar que después de trasladar al teatro de operaciones 300 mil efectivos, 6 portaaviones, sus temibles bombarderos B-52 y barcos de guerra, ahora, de la noche a la mañana, Washington dará marcha atrás solo porque su primer objetivo en este asunto (mas no el único), es decir, sacar a Husein del poder en Irak, se haya cumplido.

Tal razonamiento a la inversa también es válido, si se aplica a la prerrogativa del derecho al veto por parte de Francia y Rusia en el Consejo de Seguridad. Consideramos que luego del trecho recorrido, estos países no tienen ya opción siquiera para apelar a la abstención porque saben que el que se abstiene en cualquier votación, no importa de que tipo se trate, está indirectamente favoreciendo a una de las partes y, que en el caso concreto que tratamos, sería la de dar luz verde a una resolución que patrocinada por EU, no es más que un ultimátum disfrazado a Irak, cuyo efecto práctico desembocará en el uso de la fuerza.

Por lo que atañe a EU, este, en una interpretación impúdica de la Carta de la ONU ante el inminente veto francés y ruso, pretende darle visos de legalidad a su acción, por vía de la adopción de una resolución, que utilizando el voto de los miembros rotativos, con una mayoría cualificada (mínimo nueve de 15), viole flagrantemente lo taxativamente dispuesto en el artículo 27(3) de la Carta de las Naciones Unidas que a la sazón establece que: Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre todas las demás cuestiones (entiéndase de fondo) serán tomadas por el voto afirmativo de nueve miembros, incluso los votos afirmativos de todos miembros permanentes...

Para realizar la hazaña, denominada cínicamente por Aznar como “obra de ingeniería diplomática”, EU cuenta con su voto y el de Inglaterra, más los miembros no permanentes del Consejo, tales como España, Bulgaria (que ni con la reciente visita de Putin a Sofía, dio su brazo a torcer), Paquistán (que advierte abstención) Camerún, Guinea (Conakry), Angola, Chile y México.

El voto afirmativo de estos dos países latinoamericanos es vital para cristalizar la ilegítima maniobra que EU pretende hacer en la ONU, por cuanto que sin su apoyo la cuestión a tratar en la reunión, que es muy a su pesar, de contenido (fondo) y no de forma o procedimiento, requiere de sus votos que constituyen precisamente los números mágicos. (Obviamente, que para que la decisión sea legal, se debe por ley incluir el voto unánime de los cinco miembros permanentes y eso es lo que precisamente quieren soslayar). En relación al otro bando, en contra de EU votarán Francia y Rusia, y posiblemente China Popular, lo que significa que la resolución sería vetada y por lo tanto desaprobada. Sumado a esos votos contrarios se incluye también el voto en contra de Alemania y Siria, miembros no permanentes del Consejo de Seguridad.

Sin embargo, a despecho de lo que todos creen, EU en realidad está considerando una opción que hasta el momento no ha sido comentada; nos referimos a la variable de abstención por los miembros permanentes del Consejo. En efecto, la práctica internacional ha llevado a considerar que la abstención de un miembro permanente no impide al Consejo de Seguridad tomar decisiones sobre cuestiones de fondo. Esta es la carta que a nuestro juicio están jugando los estadounidenses al obligar prácticamente a Francia, Rusia y China Popular a abstenerse para entonces aplicar el resto de la disposición que exige una mayoría de nueve miembros (EU, Inglaterra, España, Paquistán, Camerún, Guinea, Bulgaria y quizás hasta México y/o Chile, que sin veto alguno legalice la acción militar, porque la otra condición es que entre los nueve miembros se deben incluir los restantes miembros permanentes y ellos son precisamente EU e Inglaterra ya que como señalé el resto, Francia, Rusia y China Popular, supuestamente se le obligaría a abstenerse (intención que no logrará cuajar).

Aunque el tema de la próxima elección en el seno del Consejo de Seguridad de la resolución propuesta por EU pareciera que se agota, quedan algunos pequeños pero importantes detalles por consignar. El primero hace relación con la oportunidad exclusiva que se le presenta a los gobernantes de los países temporalmente miembros no permanentes del Consejo de Seguridad cuya clase política corrupta, especialmente la de los países africanos, probablemente termine negociando crematísticamente su voto.

La otra es que el aislamiento estadounidense es tal, que no es capaz de concitar apoyo de los miembros no permanentes del Consejo por medios decentes y convincentes, sino que lo hace utilizando el vulgar chantaje. Tal es el caso a que se expone México luego de la visita de Bush padre y la apelación a la zanahoria del Acuerdo Migratorio. Esa misma metodología se la aplicarán a Bulgaria, Guinea, Angola, Camerún y Chile.

Una tercera situación que se vincula con este evento lo constituye la respuesta a la pregunta por qué EU –a sabiendas de que, para que una resolución sobre cuestiones de contenido adquiera fuerza de ley en el Consejo de Seguridad de la ONU, debe contar con la aprobación de todos sus miembros permanentes–, insiste en presentar un documento que no cuenta con ese aval. En otras palabras, es claro que las resoluciones de contenido (es decir, que afectan la paz y seguridad internacionales) que se presenten en el seno del Consejo de Seguridad, no pueden ser aprobadas si no cuentan con el consentimiento unánime de sus miembros permanentes.

Las razones por las que Washington se empecina en presentar a votación la nueva resolución (si es que al final no la retira) son dos, una, que la Resolución 1441 no lo autoriza al uso de la fuerza y dos, porque quiere hacer ver al mundo que con el apoyo de nueve u 11 votos de los 15 miembros del Consejo de Seguridad tiene ya el aval “moral” por haber alcanzado la mayoría numérica (mas no cualitativa), aunque eso no sea lo que la Carta de la ONU prescriba.

Si luego de todo lo planteado como creemos, EU decide actuar por su cuenta, estaremos entonces en los prolegómenos de la arquitectura jurídica internacional que se perfila para el siglo XXI, la cual junto al nuevo orden militar y económico que empezó a emerger a partir de la desaparición de la Unión Soviética, anuncia que nuestro planeta estará desde ese día regentado exclusivamente por el presidente de turno de Estados Unidos de América, y por lo tanto, el ordenamiento jurídico internacional desde entonces estará regido por la carta política de ese país, la cual recomienda que para atacar a cualquier Estado que este dirigido por un gobierno no acólito de EU, verbigracia: Corea del Norte, Irán, Libia o Cuba, será el Congreso estadounidense y no una organización mundial, la institución legalmente facultada para adoptar tal medida, exactamente como retrata la génesis del caso que estamos viviendo.

El autor es catedrático titular de relaciones internacionales y diplomático de carrera

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