Relator de la Defensoría censura
arresto de Zabala
RAFAEL PEREZ rperez@prensa.com
El delegado especial para la Libertad de
Expresión de la Defensoría del Pueblo, Ricardo Lombana, expresó
su preocupación por el arresto ordenado por el juez décimo séptimo
de lo civil, Jorge Isaac Escobar, en contra del comentarista de
televisión Carlos Zabala.
Tras alegar irrespeto a la autoridad, el juez civil
ordenó el arresto del comentarista de televisión que lo había denunciado
por supuesta corrupción, a través de su programa semanal “Cuentas
Claras”, transmitido por RCM Televisión.
Escobar, quien maneja los sonados casos de la quiebra
de los grupos empresariales Fotokina y Adelag, fundamentó su decisión
en el Artículo 33, numeral 1 de la Constitución Política, que faculta
a los servidores públicos que ejerzan mando y jurisdicción a arrestar,
sin juicio previo, a cualquiera que los ultraje o falte el respeto
en el ejercicio de sus funciones o con motivo del desempeño de esas
actividades.
A juicio de Lombana, la Declaración de Principios
sobre la Libertad de Expresión de la Relatoría Especial para la
Libertad de Expresión, en su enunciado número 11, establece que
los funcionarios están sujetos a un mayor escrutinio por parte de
la sociedad, y que las leyes que penalizan la expresión ofensiva
dirigida a un servidor público, generalmente conocidas como leyes
de desacato, “atentan contra la libertad de expresión y el derecho
a la información”.
“Las leyes de desacato violan el derecho humano
a la libertad de expresión, garantizado en numerosos instrumentos
internacionales, entre ellos la Convención Americana sobre Derechos
Humanos y la Declaración Universal de Derechos Humanos”, señaló
Lombana, en alusión a informes previos emitidos por la Comisión
Interamericana de los Derechos Humanos (CIDH).
En 1995, recordó, la CIDH efectuó un análisis de
la compatibilidad entre las leyes de desacato y la Convención Americana
y concluyó que “eran incompatibles”.
Al recomendarse la eliminación de la figura del
desacato, no se pretende privar a funcionarios con mando y jurisdicción
de la facultad de tomar medidas disciplinarias, siempre y cuando
se respete el debido proceso.
Además en portada
• Ocho muertes en 24
horas de Carnaval •
Magistrados, los grandes ausentes •
Detienen a líder de atentados del 11
de septiembre •
Personaje de la semana: Simplemente bella •
Pariente de legislador en hurto
• EU elogia a Panamá
• Moscoso
y Alvarado dicen que han cumplido •
No habrá paro, asegura Quintero
• Relator de la Defensoría
censura arresto de Zabala •
Salario mínimo, luego del Carnaval
• Auditores investigan
consulado londinense •
ALCA atropellará soberania
• REVISALUD culpa
al IDAAN por mora •
Adversarios de Martín lo fustigan •
Brunch dominical •
Volcán se queda sin agua
• Asamblea debió
ratificar Arreglo Salas-Becker 2002 •
Aclaración •
Sismo hace temblar Santiago •
Carnavales Panamá Centenario 2003
• Instalan Asamblea
en Santiago
|