Panamá, 29 de enero de 2003
 
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Emitirán bonos por hasta mil millones

Mónica Palm
mpalm@prensa.com

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El Consejo de Gabinete autorizó la emisión de bonos externos de la República de Panamá en el mercado internacional de capitales, por un valor nominal total que no excederá la suma de mil millones de dólares.

Los fondos recaudados en estas emisiones serán utilizados para obtener los recursos previstos en el presupuesto general del Estado para el presente año fiscal; comprar, canjear y redimir bonos externos de la República de Panamá, y adelantar recursos del año fiscal 2004.

Para este año, el presupuesto general del Estado contempla vencimientos de financiamiento por el orden de 400 millones de dólares, de los cuales 200 millones corresponden a vencimientos de deuda externa.

Mediante el Decreto de Gabinete No. 5 del 22 de enero de 2003, el Consejo de Gabinete determinó que los bonos se emitirán en el 2003 y en años sucesivos —de no ejecutarse la totalidad de esta autorización— , y los mismos tendrán un vencimiento no menor de cinco años ni mayor de 30.

El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), en conjunto con la presidenta Mireya Moscoso, establecerá los términos y las condiciones finales de las emisiones de bonos y de las operaciones de canje, compra y redención autorizadas.

Las futuras emisiones podrían ser registradas en la Comisión de Valores (SEC, por sus siglas en inglés) y en las bolsas de Estados Unidos. De hecho, la legislación aplicable a las mismos serán las leyes del estado de Nueva York.

Además, los bonos serían listados en la Bolsa de Valores de Luxemburgo.

JP Morgan Chase Bank actuará como agente fiscal, de pago de registro y traspaso.

Los bonos podrán ser vendidos a la par, a un descuento de su valor nominal o con una prima sobre su valor nominal, según se establezca en los términos y condiciones finales de los bonos, pero en ningún caso por debajo del 90% del valor nominal de los bonos.

El mismo decreto de Gabinete autoriza al MEF a contratar directamente a los agentes, suscriptores, asesores y demás personas “que considere le brinden los mejores términos y condiciones a la República de Panamá”, para llevar a cabo las emisiones, compras, canje y redención de bonos.


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