Panamá, 9 de enero de 2003
 
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Demanda contra alza eléctrica

Se solicita la suspensión inmediata de los efectos de una resolución emitida por el Ente Regulador

Rafael Pérez G. y Wilfredo Jordán
planas@prensa.com

El abogado Silvio Guerra, junto con un grupo de desempleados de El Chorrillo, grita consignas en medio de pancartas con leyendas que cuestionan al Ente Regulador de los Servicios Públicos, en los predios de la Corte Suprema de Justicia.

Una demanda contencioso administrativa de protección de los derechos humanos fue presentada por Silvio y Ramiro Guerra, de la firma forense Guerra & Guerra, contra la resolución del Ente Regulador de los Servicios Públicos que autoriza el incremento en la tarifa de energía eléctrica.

La referida acción, que busca que se declare nula por ilegal la resolución, fue presentada ante la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia, y en ella se solicita la suspensión inmediata de los efectos de la resolución hasta que se resuelva el fondo del asunto.

Horas antes y también contra el Ente, un grupo de personas, en su mayoría jóvenes desempleados, protestó frente a las instalaciones de esa institución para exigir la agilización del proceso encaminado a que un mayor número de empresas ingrese al mercado telefónico.

Aunque la apertura de las telecomunicaciones se inició el 2 de enero, ninguna de las 19 empresas con concesión para explotar la telefonía básica, larga distancia nacional o internacional ha podido ofrecer los servicios, al no haber concluido las pruebas técnicas de interconexión. (Ver Negocios).

Migdalia Fuentes de Pineda, portavoz del Ente, manifestó acerca de la demanda de nulidad por el aumento en el precio de la energía eléctrica, que esperará a que la Sala Tercera dé los siguientes pasos legales para proceder con el correspondiente análisis.

El Ente Regulador autorizó un aumento del 5.45% a la empresa Elektra Noreste; 4.75% a EDEMET y 3.49% a EDECHI. Todo ello basado en la Resolución No.JD 3290, de 22 de abril de 2002, en la que se aprobó la parte IV del régimen tarifario para el servicio público de distribución y comercialización de energía eléctrica.

A juicio de los demandantes, la resolución expedida por el Ente omitió el principio de equidad y su aprobación ha generado un “absoluto rechazo” de la comunidad por los perjuicios que le ocasionará. Este incremento, sumado al alto costo de la vida en Panamá, agrava el derecho de todos a tener y sostener una vida digna y decorosa.

Resulta evidente, indicaron, que la resolución de marras es violatoria de claros derechos humanos, sociales y económicos que contiene la Convención Americana de los Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).


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