Demanda contra alza eléctrica
Se solicita la suspensión
inmediata de los efectos de una resolución emitida por el Ente Regulador
Rafael Pérez G. y Wilfredo Jordán
planas@prensa.com
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El abogado Silvio Guerra, junto
con un grupo de desempleados de El Chorrillo, grita consignas
en medio de pancartas con leyendas que cuestionan al Ente
Regulador de los Servicios Públicos, en los predios de la
Corte Suprema de Justicia.
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Una demanda contencioso administrativa de protección
de los derechos humanos fue presentada por Silvio y Ramiro Guerra,
de la firma forense Guerra & Guerra, contra la resolución del
Ente Regulador de los Servicios Públicos que autoriza el incremento
en la tarifa de energía eléctrica.
La referida acción, que busca que se declare nula
por ilegal la resolución, fue presentada ante la Sala Tercera de
la Corte Suprema de Justicia, y en ella se solicita la suspensión
inmediata de los efectos de la resolución hasta que se resuelva
el fondo del asunto.
Horas antes y también contra el Ente, un grupo de
personas, en su mayoría jóvenes desempleados, protestó frente a
las instalaciones de esa institución para exigir la agilización
del proceso encaminado a que un mayor número de empresas ingrese
al mercado telefónico.
Aunque la apertura de las telecomunicaciones se
inició el 2 de enero, ninguna de las 19 empresas con concesión para
explotar la telefonía básica, larga distancia nacional o internacional
ha podido ofrecer los servicios, al no haber concluido las pruebas
técnicas de interconexión. (Ver Negocios).
Migdalia Fuentes de Pineda, portavoz del Ente, manifestó
acerca de la demanda de nulidad por el aumento en el precio de la
energía eléctrica, que esperará a que la Sala Tercera dé los siguientes
pasos legales para proceder con el correspondiente análisis.
El Ente Regulador autorizó un aumento del 5.45%
a la empresa Elektra Noreste; 4.75% a EDEMET y 3.49% a EDECHI. Todo
ello basado en la Resolución No.JD 3290, de 22 de abril de 2002,
en la que se aprobó la parte IV del régimen tarifario para el servicio
público de distribución y comercialización de energía eléctrica.
A juicio de los demandantes, la resolución expedida
por el Ente omitió el principio de equidad y su aprobación ha generado
un “absoluto rechazo” de la comunidad por los perjuicios que le
ocasionará. Este incremento, sumado al alto costo de la vida en
Panamá, agrava el derecho de todos a tener y sostener una vida digna
y decorosa.
Resulta evidente, indicaron, que la resolución de
marras es violatoria de claros derechos humanos, sociales y económicos
que contiene la Convención Americana de los Derechos Humanos y el
Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
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