Panamá, 20 de septiembre de 2002
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Cárcel por delitos financieros

Diana Campos Candanedo
dcampos@prensa.com

Alterar libros contables, ocultar la insolvencia de un banco, transferir fondos ilícitamente, ejercer negocio bancario sin licencia... Quien incurra en estas y otras prácticas podría ir directamente a la cárcel, si se aprueba el proyecto de Ley sobre delitos financieros, que fue presentado por el Ministerio Público a la Asamblea Legislativa.

Este proyecto busca tapar los “agujeros negros” en el sistema de justicia, que han hecho difícil castigar efectivamente a los delincuentes financieros.

La fiscal décimo cuarta, Maribel Cornejo, explicó que actualmente los delitos financieros solo reciben sanciones administrativas.

Delitos y penas

Quien se dedique a actividades bancarias o financieras sin tener la respectiva licencia, será sancionado con prisión de dos a cinco años.

También el que haga uso indebido de información confidencial, como cuentas, informes y operaciones bancarias que puedan causar perjuicios a terceros, tendrá una pena de uno a tres años de prisión. Si es un empleado o ejecutivo del banco, la sanción será de entre dos y cuatro años de prisión.

El que altere los libros de contabilidad o estados financieros será sancionado con prisión de cuatro a siete años. Pero si hace alteración lo hace un empleado, ejecutivo o directivo de una empresa registrada en la Comisión Nacional de Valores (CNV), la pena de cárcel se eleva entre cinco a 10 años.

Se considera un “agravante” que esta alteración sea cometida por contadores o socios de una firma auditora, explicó Cornejo.

También será castigado con cuatro a siete años de cárcel, aquel que proporcione información falsa a una entidad bancaria o financiera, con el objetivo de obtener una facilidad crediticia.

Además, si un empleado bancario o integrante de un comité de crédito autoriza operaciones, a sabiendas que éstas podrían resultar perjudiciales al banco, será sancionado con prisión de tres a seis años. Si la conducta se realiza en beneficio propio, la pena aumenta a entre cinco a ocho años.

En este sentido, también será penalizado el director, gerente o representante de un banco que apruebe créditos por encima de las regulaciones del sistema bancario, a favor de accionistas de la propia institución o personas vinculadas.

Además, pagará de tres a seis años de cárcel, quien haga subir, bajar o mantener el precio, o facilitar la venta o compra de valores, que son objeto de una oferta pública, autorizada por la CNV.

Según la fiscal Cornejo, pese a que estas conductas tienen sanciones administrativas, han causado tanto daño al sistema financiero que ameritan penas de cárcel.

Para este proyecto, se tomaron como referencia las legislaciones de México, Perú y Colombia. En la elaboración del mismo participaron, conjuntamente con el Ministerio Público, la Superintendencia de Bancos, la Asociación Bancaria y la CNV.


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