Panamá, 13 de septiembre de 2002
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Ejecutivo sustenta normas

Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com

El ministro de Gobierno y Justicia, Aníbal Salas, tiene plazo hasta hoy para explicar las razones que fundamentaron la reglamentación de la denominada Ley de Transparencia y Acceso Público a la Información. Ello dentro de una demanda contencioso-administrativa de nulidad interpuesta en contra de la referida reglamentación, que se analiza actualmente en la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia.

Winston Spadafora, quien actúa como magistrado ponente en esta demanda de nulidad, ordenó al ministro Salas que envíe un “informe de conducta” en el que justifique el acto administrativo en referencia.

La Defensoría del Pueblo presentó la aludida demanda ante la Sala Tercera, tras considerar que la reglamentación en cuestión “va en contravía del espíritu y núcleo esencial de la Ley de Transparencia”.

Mediante el Decreto Ejecutivo 124, del 21 de mayo del 2002, el Ejecutivo reglamentó la Ley 6 del 22 de enero del 2002, que dicta normas para la transparencia en la gestión pública y establece la acción de habeas data.

Pero esa medida fue calificada en su momento por los gremios de la sociedad civil como “un evidente retroceso en materia de transparencia”, porque, a su juicio, la norma en mención no requería de la polémica reglamentación.

Tras recibir el informe de conducta, el magistrado Spadafora dará traslado a la Procuraduría de la Administración para que emita concepto en esta demanda, explicó una fuente judicial.


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