Panamá, 7 de septiembre de 2002
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Los múltiples recursos de Afú

A pesar de que el caso Afú involucra la salvaguarda de derechos fundamentales, su manejo jurídico ha tenido indudables matices políticos

Lina Vega Abad
lvega@prensa.com

Gerardo Solís Carlos Afú Winston Spadafora

Revocatoria de mandato, Advertencia de Inconstitucionalidad, Recurso de Hecho, Salvamento de Voto, son los nombres técnicos jurídicos que se han dado en el proceso electoral que se le sigue al legislador Carlos Afú.

El asunto comenzó en la Asamblea Legislativa cuando el legislador Afú ignoró la línea política del Partido Revolucionario Democrático (PRD) y decidió apoyar la ratificación de Winston Spadafora como magistrado de la Corte Suprema de Justicia.

Esta “rebeldía” del legislador santeño trajo como consecuencia un proceso interno del PRD que concluyó con la decisión de expulsarlo del partido, y también despojarlo de su curul parlamentaria.

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Entonces los abogados de Afú presentaron una reconsideración ante el Tribunal Electoral (TE), pero antes de que se decidiera el recurso, interpusieron también una Advertencia de Inconstitucionalidad.

Esta acción tiene como objetivo advertirle al juez que ventila el caso concreto que la norma que se aplica pudiera ser inconstitucional. En este caso se aludía al estatuto del PRD.

Embrollo jurídico

Por ahí empezó el embrollo jurídico que tiene a la opinión pública confundida y a los abogados en una esgrima de interpretaciones jurídicas que se contradicen.

Como los magistrados del TE no se pronunciaron en torno a la Advertencia de Inconstitucionalidad, los abogados de Afú recurrieron a un Recurso de Hecho para llevar el caso a la Corte Suprema de Justicia.

El Recurso de Hecho consiste en solicitar al superior jerárquico del juez encargado de un caso concreto, que se pronuncie sobre un recurso presentado por la parte afectada.

A pesar de que se trataba de una estrategia de la defensa de Afú que no tenía sustento jurídico –debido a que los magistrados de la Corte Suprema de Justicia no son superiores de los magistrados del TE– el suplente de Winston Spadafora, Jacinto Cárdenas, acogió el Recurso de Hecho, lo que motivó la suspensión del proceso en el TE.

Elecciones en la Asamblea

Ante la cercanía de un nuevo período legislativo, los dirigentes del PRD vieron alejada la posibilidad de quitarle la curul a Afú con el objeto de evitar que el gobierno tomara control de la Asamblea.

Sin embargo, los acontecimientos del pasado 1 de septiembre dejaron en evidencia que la presidenta, Mireya Moscoso, contaba con algo más que el voto de Afú.

Ese día, además de los votos ya perdidos desde la ratificación del magistrado Spadafora, apoyaron al gobierno los legisladores del PRD, Abelardo Antonío, Arcelio Batista, Manuel de la Hoz y Luis Cedeño.

Esta situación, junto a la ratificación de Winston Spadafora y Alberto Cigarruista como magistrados de la Corte Suprema, ha provocado denuncias de la dirigencia del PRD en el sentido de que “la presidenta Moscoso controla todos los órganos del Estado”.

En su discurso de toma de posesión, el nuevo presidente de la Asamblea Legislativa, Carlos Alvarado, citó el concepto de “armónica colaboración” surgido de la Constitución de 1972 –y que en su versión original incluía a la Fuerza Pública– como la fórmula que impulsaría su presidencia para no obstaculizar la labor del gobierno.

¿Y el CEMIS?

Ahora que la Corte Suprema rechazó el Recurso de Hecho, el PRD vuelve a la carga y le pide al TE, por intermedio del abogado Mario Velásquez Chizmar, que retome el proceso contra Afú.

A pesar de que aún está por decidirse la suerte de la Advertencia de Inconstitucionalidad que sigue su curso en la Corte Suprema –específicamente en el despacho del magistrado Spadafora– el TE puede en efecto continuar con los trámites de la reconsideración y llevarlo hasta “colocarlo en estado de decidir”, según lo establece el artículo 203 de la Constitución.

Este proceso ya cuenta con una vista fiscal emitida por Gerardo Solís desde el pasado 7 de junio y que coincide con la tesis de los abogados de Afú que sostienen que el estatuto del PRD viola la Constitución.

Por esta razón, Solís llegó a la conclusión de que el PRD puede expulsar a Afú del partido pero no puede revocarle el mandato.

Toda esta historia “político-jurídica” ha hecho olvidar el proceso penal surgido a partir de la denuncia pública de sobornos en la aprobación del proyecto del CEMIS, hecha por el legislador santeño en enero pasado.

Después de 9 meses de investigaciones en el Ministerio Público, la ciudadanía no sabe si hubo o no sobornos, y en caso de que se haya comprobado que lo hubo, si alguien pagará por ello.


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