La Corte admite demanda contra Tribunal Electoral
La norma sobre transparencia en la gestión pública no aborda ningún aspecto electoral
Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com
La Corte Suprema de Justicia admitió una demanda de inconstitucionalidad interpuesta en contra del acuerdo del Tribunal Electoral (TE), que reglamentó el procedimiento para suministrar información que se le solicite a esa entidad.
En esa reglamentación, el Tribunal Electoral también incluyó las sentencias entre la información de acceso restringido.
Rogelio Fábrega Zarak actúa como magistrado ponente en este caso. Su primera acción fue correr traslado al procurador general de la Nación, José Antonio Sossa, para que emita opinión, tal como lo establece la Constitución Política y el Código Judicial.
Tras considerar que el referido acuerdo traspasa las atribuciones constitucionales asignadas al Tribunal Electoral, el abogado Higinio Aguirre interpuso la aludida demanda.
Aguirre fundamentó su escrito en el hecho de que la propia Constitución establece, en el numeral tercero del artículo 137, que entre las atribuciones del TE figuran “reglamentar la Ley Electoral, interpretarla y aplicarla y conocer de las controversias que originen su aplicación”.
Con este acuerdo, estimó Aguirre, el Tribunal Electoral “desbordó” el marco constitucional que le atribuye exclusivamente la facultad de reglamentar asuntos electorales. La norma sobre transparencia en la gestión pública no aborda ningún aspecto electoral.
El Tribunal Electoral considera informaciones confidenciales: la dirección residencial de los ciudadanos; las autenticaciones de cédula de identidad personal y los positivos de cédulas. También los expedientes de y sobre los funcionarios y cualquier otra información que pueda afectar la vida íntima de los ciudadanos. Asimismo, los asuntos relacionados con procesos administrativos o jurisdiccionales que adelanta el TE (los que sí son accesibles para las partes del proceso), e igualmente la información correspondiente a la condición de miembro inscrito en un partido político.
Ya Transparencia Internacional (TI), Capítulo de Panamá, objetó parcialmente el acuerdo del Tribunal Electoral. Saúl Maloul Zebede, asesor jurídico de TI, se opone a que la reglamentación centralice en la Sala de Acuerdos (integrada por los tres magistrados) todas las respuestas que brindará el TE a las solicitudes de información.
La ley no le concede al TE atribuciones jurisdiccionales para establecer qué informaciones deben considerarse de carácter confidencial y/o de acceso restringido, como lo establecen en los artículos 6 y 7 del resuelto en referencia, señaló.
Además en portada
•
Inmunidad protege a legisladores
•
Llega el juez Garzón
•
Exigen más transparencia en proyectos de inversión
•
TE da luz verde a nómina del Molirena
•
Vetada ley de periodismo
•
Vallarino provoca ‘revuelo’ en el PA
•
Querella
•
Llegó a Panamá el juez de hierro
•
Cigarruista renunciará si se demuestra soborno
•
Abogan por salario mínimo en el Gobierno
•
Piden a la Corte respetar la autonomía de la UP
•
Jácome acudirá a la Asamblea el viernes
•
Asamblea podría pedir extensión de sesiones
•
Fallo acaba disputa entre nóminas del Molirena
•
Desplome anunciado
•
Arnulfistas convocados a nuevas elecciones en Barú
•
El final de un informante de la DEA
•
Rechazan aumento de pena a menores
•
La Corte admite demanda contra Tribunal Electoral
•
Vuelve la carrera de acreditaciones
•
Fuente de agua pasa prueba de fuego
•
El PRD presenta proyecto tributario
•
Gremios exigen su cuota de poder
•
Colombia ratifica Estatuto de Roma
•
Taiwan busca afianzar sus lazos con Panamá
•
Fiscalía investiga a 30 empresas denunciadas por Juan Jované
•
Cuidado con la fiera
•
UP violó acuerdo, dice Unión Fenosa
•
Golpe bajo al turismo
•
Un trabajador muere electrocutado y otro resulta herido en France Field
•
Rodin y Jones presentan denuncia por extorsión
|