Las complejidades del caso Afú
Si la táctica de Afú
y sus abogados falla y el TE ratifica lo actuado en el PRD, el legislador
perdería su curul
Lina Vega Abad
lvega@prensa.com
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Carlos Afú
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El fantasma del fraude electoral, que formó parte
de la historia del siglo XX en Panamá, ha vuelto a surgir a raíz del
escándalo del “caso Afú”.
Al menos, eso es lo que opinan algunos políticos,
entre los que por supuesto figuran dirigentes del Partido Democrático
Revolucionario (PRD) y, en especial, su secretario general y posible
candidato a la presidencia de la República en los próximos comicios
electorales, Martín Torrijos.
Y todo como consecuencia de que los abogados
del legislador Afú, quien causara la indignación ciudadana en enero
pasado al denunciar públicamente la compra-venta de votos en la
Asamblea Legislativa, lograran sacar de la esfera del Tribunal Electoral
(TE) el proceso iniciado en el PRD en enero de 2002.
Si la táctica de Carlos Afú y sus abogados
falla y el TE ratifica lo actuado en el PRD, el legislador perdería
su curul.
Pero, como se sabe, el caso está “engavetado”
en el despacho del magistrado Winston Spadafora que, por los azares
del procedimiento de distribución de expedientes que se realiza
en la Corte, tendrá que hacer el proyecto de fallo del que dependerá
el futuro del legislador Afú.
Recusaciones e impedimentos
El caso Afú ha provocado acusaciones de parte
y parte en torno a la parcialidad de quienes están llamados a decidir
en el controversial asunto.
Por un lado, los abogados de Afú recusaron
a los magistrados del Tribunal Electoral, Erasmo Pinilla y Eduardo
Valdés. En el caso de Pinilla, el argumento es su pasada militancia
en el PRD, partido al que le debe su posición en la institución.
Sobre Valdés, se argumentó que hizo unas
declaraciones en los medios de comunicación en donde manifestó que
el tema sería decidido “de forma expedita”. Afú y sus abogados interpretaron
estas declaraciones en el sentido de que “el legislador perdería
su curul rápidamente”.
Ambas recusaciones estaban en el despacho
del magistrado Dennis Allen, quien preparaba los proyectos de fallos
cuando el caso salió de la esfera del Tribunal Electoral debido
al recurso de hecho presentado por el abogado de Afú, Félix Antinori.
Por otra parte, el hecho de que Carlos Afú
fuera una de los legisladores que inclinó la balanza para que Spadafora
fuera investido como magistrado de la Corte Suprema de Justicia,
ha hecho que muchos hablen de la necesidad de que el magistrado
ponente se declare impedido.
Hasta ahora no lo ha hecho ni ha dado señal
alguna de que lo hará.
Sin embargo, las 17 causales de impedimento
que incluye el artículo 749 del Código Judicial, no incluyen “pasados
partidarios”, “votos favorecedores”, “amistad evidente” o cosas
similares. En consecuencia y en análisis de la jurisprudencia del
TE en estos casos, de haber podido continuar el proceso en esa instancia,
las recusaciones contra Pinilla y Valdés habrían sido rechazadas.
¿Proceso o tema electoral?
Pero si el artículo 137 de la Constitución
señala que las decisiones del TE únicamente son recurribles ante
la propia institución, con la sola excepción del recurso de inconstitucionalidad,
¿cómo se explica que el caso Afú está ahora en manos del la Corte
Suprema de Justicia?
La respuesta, como se sabe, está en que el
magistrado suplente de Winston Spadafora, Jacinto Cárdenas, decidió
aceptar el recurso de hecho, y solicitó inmediatamente el envío
del expediente a la Corte y la suspensión de todos los trámites
seguidos en el TE.
En consecuencia, se han dado en la opinión
pública muestras de rechazo a la actuación del magistrado Cárdenas,
porque se teme que se siente un precedente que ponga en peligro
la transparencia de las próximas elecciones.
Hasta ahora, la jurisprudencia de la Corte
ha rechazado de plano los amparos de garantías constitucionales
y advertencias de inconstitucionalidad en materia electoral, en
base a que con ello se persigue “garantizar la eficacia del proceso
electoral, el cual podría frustrarse mediante la interposición de
recursos en el Organo Judicial que pudieran interrumpirlo”.
Pero, ¿es el caso Afú, o la defensa de sus
derechos fundamentales, como alegan sus abogados, parte de un proceso
electoral?
¿Es lo mismo “proceso electoral” que “tema
electoral”?
Tanto el abogado que defendió a Afú en el
proceso seguido en el PRD, Roberto García Flores, como Félix Antinori
han dicho que se trata de la defensa de los derechos fundamentales
del legislador violados por el estatuto del PRD.
La polémica pues, apenas empieza.
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