Panamá, 02 de agosto de 2002
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Equiparación desconoce la ley: Fábrega Ponce

A juicio del magistrado las contrataciones de PPC y de Colon Container Terminal, S.A. (CCT) no tienen condiciones similares

Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com

La resolución del Ministerio de Comercio e Industrias en la que se equipara el contrato de la empresa Panamá Ports Company (PPC) con el de otras terminales portuarias constituye un perjuicio de índole económico al Estado, debido a que el fisco se verá afectado al no recibir el pago de anualidades, sentenció el magistrado suplente de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Fábrega Ponce.

Fabrega Ponce, quien actúa como suplente del magistrado titular, Arturo Hoyos, salvó su voto en la decisión de la Sala Tercera que negó una solicitud de suspensión provisional de los efectos de la referida resolución ministerial.

Esta decisión contó con el voto favorable del magistrado Winston Spadafora, quien actuó como ponente en este caso, y del también magistrado suplente Hipólito Gil Suazo, quien ejerce la suplencia de Adán Arnulfo Arjona, presidente de la Corte.

A juicio de Fábrega, las contrataciones de PPC y de la empresa Colon Container Terminal, S.A. (CCT) no tienen condiciones similares, debido a que la primera tiene una concesión sobre instalaciones e infraestructuras portuarias obtenidas en una licitación pública, mientras que la segunda recibió una concesión para construir, por su cuenta y riesgo, las instalaciones portuarias necesarias para su operación.

Como resultado de ello, PPC recibió del Estado activos portuarios que le permitieron operar al día siguiente en que recibió la concesión, mientras que CCT tuvo que invertir cuantiosas sumas de dinero para construir sus instalaciones portuarias e iniciar operaciones. Las diferencias entre ambos contratos, dijo, son sustanciales y notorias.

En síntesis, dijo Fábrega Ponce, el acto impugnado es incompatible con las normas de superior jerarquía, debido a que la resolución ministerial “desconoce” disposiciones de una Ley, facultad esta que corresponde a la Asamblea Legislativa.

Tras la decisión de la Sala Tercera, la legisladora de oposición Teresita de Arias, quien junto a otros colegas demandó la resolución en referencia, advirtió que los fallos de la Corte tienen que estar sustentados en el respeto absoluto de la letra y el espíritu de la ley.

De no ser así, dijo, los cuestionamientos que se hicieron al momento de la ratificación de dos magistrados (Spadafora y el ex arnulfista Alberto Cigarruista) se verán cada vez más confirmados por hechos que, a su juicio, atentan contra la seguridad jurídica.


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