Panamá, 25 de julio de 2002
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Hábeas Corpus para Rodin y Jones

Niegan que existan órdenes de detención contra empresarios

Redacción de La Prensa
planas@prensa.com

Lew Rodin Martin Rodin Stephen Jones

Un recurso de Hábeas Corpus preventivo fue interpuesto en la mañana de ayer para impedir que se concreten las supuestas órdenes de arresto contra los empresarios Martin Rodin, Stephen Jones, Lucila Barberena Guerra, Osvaldo Zamorano y Rafael Mora.

Sobre ellos pesan acusaciones por los supuestos delitos contra la fe pública y estafa en perjuicio de Lew Rodin. Este interpuso, en febrero de este año, una querella criminal por delito contra el patrimonio y estafa agravada contra los acusados.

El recurso legal fue interpuesto por el abogado Olmedo Arrocha, en representación de Jones, Martín Rodin, Berberena, Zamorano y Mora, ante el Segundo Tribunal Superior de Justicia.

El diario El Panamá América, publicó ayer que el Juzgado Segundo Penal de Colón, a cargo del juez Juan Alvarado, había expedido órdenes de arresto contra los empresarios. La versión fue negada por fuentes judiciales ligadas al caso.

Una de las razones para la presentación del Hábeas Corpus fue precisamente que la representación legal de los acusados tenía entendido que “el día 22 de julio de 2002, el Juzgado Segundo de lo penal de la provincia de Colón emitió una resolución a través de la cual revocaba las medidas cautelares a favor de los beneficiarios con esta acción de Hábeas Corpus preventivo y en su lugar dictaba la detención de los mismos”.

“De ser cierta la existencia de la orden de detención dictada por el juez segundo de lo penal de la provincia de Colón en contra de todos o algunos de los beneficiarios con esta acción de Hábeas Corpus preventivo, tal medida constituiría una flagrante violación a las garantías constitucionales y legales de quienes a cuyo beneficio actuamos en esta oportunidad”, añade el escrito.

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Por tales razones, el abogado Arrocha pide al alto tribunal que se revoque la orden de detención, “por ser ilegal y violatoria de sus garantías constitucionales y legales”.

Por otra parte, la fuente judicial, que pidió reserva de su identidad, indicó que en ningún momento se han girado ordenes de arresto. "De darse esta orden (detención preventiva), la misma tendría que ser ejecutada por la Fiscalía Novena de Circuito de Panamá, no por el Juzgado Segundo Penal de Colón". añadió.

Según la fuente, el Juzgado Segundo Penal de Colón solo remitió la resolución 154 del 22 de julio del 2002, (en la cual se revocaban las medidas cautelares como el impedimento de salida del país y la obligación de notificarse los días 15 y 30 de cada mes), ante la Fiscalía Novena, instancia judicial que evaluará la información recabada en la disputa de los hermanos Rodin y verá la viabilidad de ordenar el arresto preventivo.

Añadió que en el momento en que la Fiscalía Novena considere que existen méritos para ordenar arrestos preventivos, tiene que cumplir con la notificación a todas las partes, “y es casi seguro que la parte defensora va a interponer las apelaciones correspondientes".

De acuerdo con la querella interpuesta por Lew Rodin, este aduce que Martin Rodin , actuando supuestamente en nombre de la empresa Motores Internacionales S.A, el 14 de diciembre de 1999, dirigió una nota al gerente de la Zona Libre de Colón, en la cual solicitaba la cesión de bienes y derechos de la aludida empresa. Según la denuncia, esta actuación no fue avalada por la mayoría de los tenedores de acciones de la empresa. Según el querellante, la cesión favoreció la posterior elaboración de los contratos de arrendamiento que suscribiera la Zona Libre de Colón con quince empresas sobre la base del mismo globo de terreno arrendado por Motores Internacionales.


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