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Los entresijos del caso Fairfax

Después de un tortuoso camino, el futuro del banco de datos forenses de ADN que impulsa el Ministerio Público, está en manos de la Corte Suprema de Justicia

Lina Vega Abad
lvega@prensa.com

Roberto Ruiz Díaz, director de Contrataciones Públicas del MEF, durante los días en que se llevaba a cabo el proceso de contratación de los Laboratorios Fairfax.

Tengo que dar credibilidad a lo que certifican los funcionarios públicos”. Con esta frase, la procuradora de la Administración, Alma Montenegro de Fletcher, justifica su apoyo a la viabilidad del contrato entre la Procuraduría General de la Nación y los Laboratorios de Identidad Fairfax Panamá, para crear una base de datos forenses de ADN.

La opinión de la funcionaria se generó tras una petición hecha por el contralor, Alvin Weeden, a la Corte Suprema de Justicia, sobre la viabilidad de este contrato. Weeden, como se sabe, se ha negado a refrendarlo.

Montenegro de Fletcher —que debe emitir una opinión como parte del proceso— alegó que su papel se limitó a determinar la viabilidad jurídica del contrato.

La funcionaria basó su criterio en dos documentos. Uno es la nota del 18 de julio de 2001, firmada por el entonces director de Contrataciones Públicas del Ministerio de Finanzas, Roberto Ruiz Díaz, quien da respuesta a una consulta del procurador, José Antonio Sossa: “... el proceso de selección de contratista se llevó a cabo dentro de los parámetros exigidos por la Ley 56 de 1995 de contrataciones públicas y de acuerdo a las especificaciones técnicas del pliego de cargos...”.

El otro es la carta del 21 de agosto de 2001, firmada por Luz Marina Vergara, secretaria técnica del Consejo Económico Nacional (CENA). Dirigida a Sossa, la nota señala que el “Consejo Económico Nacional, en sesión celebrada el 21 de agosto de 2001, por votación unánime, emitió concepto favorable” al proyecto de contrato con Fairfax.

Consultados sobre la primera nota, funcionarios del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informaron de que el firmante, Roberto Ruiz Díaz, fue removido de la Dirección de Contrataciones Públicas del MEF, sin comentar las razones de ello.

Un informe por escrito del MEF revela que, “en relación al criterio vertido por el director de Contrataciones Públicas, este se circunscribe a hacer referencia al cumplimiento del procedimiento de selección de contratista, y existe sobre esta fase una opinión contraria de la Contraloría...”.

Ese informe se refería específicamente al hecho de que, tanto en el Gabinete como en el CENA, la Contraloría ejerció su derecho a voz para oponerse.

En el mismo informe, el MEF comenta la carta de Vergara y señala sobre ésta que “pueden existir circunstancias que escapen del conocimiento del CENA, no obstante, como ya se ha señalado anteriormente, el CENA únicamente entra a evaluar el documento contractual”.

En otras palabras, el CENA evaluó la forma y no el fondo del contrato. El fondo, en cambio, fue el motivo del rechazo de la Contraloría.

¿Quién fiscaliza?

La Ley de contrataciones públicas estableció desde 1995 que cada entidad estatal se encargaría de sus procesos de compra de forma independiente, y que el Ministerio de Hacienda y Tesoro –hoy Economía y Finanzas– sería la entidad fiscalizadora.

La misma Ley establece que el hoy Ministerio de Economía y Finanzas tendría la función de “intervenir en la atención de quejas que formulen los participantes en los procedimientos de selección de contratistas...”.

Y a ese ministerio, precisamente, se dirigió Alejandro Vernaza Kwiers —representante del Laboratorio Clínico Inmunológico y Molecular Inmuno Genetrix, S.A.— quien, interesado en la licitación para crear el banco de datos de ADN, compró el pliego de cargos.

El 24 de abril del 2001, Vernaza, en un extenso documento, solicitó al MEF la anulación del concurso por “falta de transparencia, falta de condiciones igualitarias, ilegalidad y violación a la ley”.

La mayoría de las trece quejas de Vernaza gira en torno a los aspectos técnicos. Por ejemplo, decía que “el concurso se rige por los estándares de la Comunidad Forense... y estas normas no han sido aprobadas por el Consejo Técnico de Salud...”. El contralor, por cierto, hizo suyo este argumento para rechazar el refrendo del contrato.

Además, alegaba “violación del debido proceso” por parte del Ministerio Público. Para Vernaza, los pliegos negaban el debido proceso al señalar que “como condición para ser considerada la propuesta, el consultor deberá someter para su estudio y aceptación toda la información necesaria sobre su capacidad e idoneidad renunciando a todo reclamo contra la Procuraduría General de la Nación que pueda surgir con respecto a la decisión”.

En otras palabras, la Procuraduría le prohibía quejarse o protestar.

Esa cláusula —según fuentes del MEF que prefirieron el anonimato para no inmiscuirse en el proceso que deberá decidir la Corte Suprema de Justicia— es ilegal porque viola, incluso, la Constitución, cuyo artículo 41 consagra el derecho de queja: “toda persona tiene derecho a presentar peticiones y quejas respetuosas a los servidores públicos...”.

¿Qué dijo Ruiz Díaz sobre este punto? Le dio la razón a la Procuraduría. Pareció olvidar pues, que el artículo 45 de Ley de Contrataciones Públicas establece que “las personas que se consideren agraviadas con la decisión [de adjudicación] puede recurrir por la vía gubernativa... sin perjuicio de acudir a la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia para promover la acción contencioso administrativa que corresponda”.

De otro lado, Vernaza hacía referencia a una evidente relación entre Fairfax y el Ministerio Público, cuando en el pliego de cargos se describía un escenario sobre el “Mercado de Muestras y Flujo de Egresos para crear una Base y Banco Forense de Datos de ADN”. En éste, el Ministerio Público había escrito lo siguiente: “pagos acumulados a Laboratorios Fairfax”. Ante este hallazgo, Ruiz Díaz no dijo nada.

El funcionario hizo gala de la reputación de los burócratas: sus respuestas llegaron con la rapidez de un caracol. De hecho, la contestación a las quejas del pliego de cargos que hizo Vernaza llegaron en una escueta carta de siete párrafos después de la celebración del concurso. Exactamente el 28 de junio de 2001: dos meses después de presentada la queja y un mes después de celebrado el acto público.

No cabe duda de que “el profundo análisis” del pliego de cargos que dice haber realizado Ruiz Díaz fue hecho después de la celebración del concurso, ya que el funcionario hace referencia a los Laboratorios Biological Scales, el otro participante en el acto público. Si no fue así, ¿cómo podía Ruiz Díaz saber detalles sobre el currículum del oferente o antecedentes financieros de su empresa?

Queda claro también su posición frente al proceso de selección de contratista, ya que sus respuestas virtualmente elevaban a la categoría de modelo el pliego de cargos y el acto público, ya realizado en mayo de 2001.

Pero la verdad era que Ruiz Díaz había hecho caso omiso de la mayoría de los temas objeto de quejas. Por ejemplo, desatendió los argumentos de Vernaza en torno a la relación Fairfax-Procuraduría, que excluirían a la empresa, según la Ley de Contrataciones Públicas, de participar en el concurso.

Vernaza, desilusionado, se abstuvo de seguir adelante, lo que permitió a la Procuraduría continuar con el proceso sin obstáculos.

Actúa la Contraloría

Si bien la Ley de Contratación Pública determina que el MEF fiscaliza el proceso, también establece que esta actividad lo hará “... sin perjuicio de las funciones de control fiscal que debe ejercer la Contraloría General de la República”.

Y Weeden no perdió el tiempo. Primero se opuso en el CENA y después en el Consejo de Gabinete. Luego se negó a refrendar el contrato cuando este llegó a sus manos. Y por último, ante la insistencia de aprobación del procurador José Antonio Sossa, decidió remitirlo a la Corte Suprema de Justicia.

Es así como el proceso llegó al escritorio de la procuradora de la Administración, quien, en entrevista con La Prensa, insistió en que no podía entrar al fondo del asunto, ya que en el expediente, salvo el recurso del Contralor, no existen documentos que nieguen la validez jurídica del contrato.

“Si el contralor cree que hubo irregularidades, debió solicitar formalmente a este Despacho una investigación, ya que la Procuraduría de la Administración es la entidad competente para investigar las acciones del procurador General de la Nación”, se justifica Montenegro de Fletcher.

Antecedentes

Todo este embrollo se inicia en 1998, cuando el cuñado del procurador José Antonio Sossa, y director del Instituto de Medicina Legal en ese momento, Félix Luciani, realizó gestiones para concretar una relación contractual con los Laboratorios Fairfax para instalar, bajo la tutela del Ministerio Público, un banco y base de datos forenses en ADN.

Las relaciones entre Fairfax y la Procuraduría de la Nación –que incluyeron asesorías en contrataciones y adiestramiento de personal, pruebas de ADN, etc.– llevaron a Sossa a solicitar autorización al Consejo de Gabinete a fin de contratar directamente a la empresa.

Estas gestiones fracasaron, a pesar de todo su empeño en ésta y la pasada Administración. Por ello, no tuvo más remedio que organizar el concurso 001-2001, adjudicado en mayo pasado a Fairfax.

El contrato se firmó, pero Weeden se opuso a refrendarlo, lo cual ha impedido que Sossa concrete la creación de un gigantesco banco de datos de ADN.

Ahora, habrá que esperar el pronunciamiento de la Corte, para escribir el final de esta historia.

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