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Los entresijos del caso Fairfax
Después de un tortuoso
camino, el futuro del banco de datos forenses de ADN que impulsa
el Ministerio Público, está en manos de la Corte Suprema de Justicia
Lina Vega Abad
lvega@prensa.com
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Roberto Ruiz Díaz, director de
Contrataciones Públicas del MEF, durante los días en que se
llevaba a cabo el proceso de contratación de los Laboratorios
Fairfax.
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Tengo que dar credibilidad a lo que certifican
los funcionarios públicos”. Con esta frase, la procuradora de la Administración,
Alma Montenegro de Fletcher, justifica su apoyo a la viabilidad del
contrato entre la Procuraduría General de la Nación y los Laboratorios
de Identidad Fairfax Panamá, para crear una base de datos forenses
de ADN.
La opinión de la funcionaria se generó tras
una petición hecha por el contralor, Alvin Weeden, a la Corte Suprema
de Justicia, sobre la viabilidad de este contrato. Weeden, como
se sabe, se ha negado a refrendarlo.
Montenegro de Fletcher —que debe emitir una
opinión como parte del proceso— alegó que su papel se limitó a determinar
la viabilidad jurídica del contrato.
La funcionaria basó su criterio en dos documentos.
Uno es la nota del 18 de julio de 2001, firmada por el entonces
director de Contrataciones Públicas del Ministerio de Finanzas,
Roberto Ruiz Díaz, quien da respuesta a una consulta del procurador,
José Antonio Sossa: “... el proceso de selección de contratista
se llevó a cabo dentro de los parámetros exigidos por la Ley 56
de 1995 de contrataciones públicas y de acuerdo a las especificaciones
técnicas del pliego de cargos...”.
El otro es la carta del 21 de agosto de 2001,
firmada por Luz Marina Vergara, secretaria técnica del Consejo Económico
Nacional (CENA). Dirigida a Sossa, la nota señala que el “Consejo
Económico Nacional, en sesión celebrada el 21 de agosto de 2001,
por votación unánime, emitió concepto favorable” al proyecto de
contrato con Fairfax.
Consultados sobre la primera nota, funcionarios
del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) informaron de que el
firmante, Roberto Ruiz Díaz, fue removido de la Dirección de Contrataciones
Públicas del MEF, sin comentar las razones de ello.
Un informe por escrito del MEF revela que,
“en relación al criterio vertido por el director de Contrataciones
Públicas, este se circunscribe a hacer referencia al cumplimiento
del procedimiento de selección de contratista, y existe sobre esta
fase una opinión contraria de la Contraloría...”.
Ese informe se refería específicamente al
hecho de que, tanto en el Gabinete como en el CENA, la Contraloría
ejerció su derecho a voz para oponerse.
En el mismo informe, el MEF comenta la carta
de Vergara y señala sobre ésta que “pueden existir circunstancias
que escapen del conocimiento del CENA, no obstante, como ya se ha
señalado anteriormente, el CENA únicamente entra a evaluar el documento
contractual”.
En otras palabras, el CENA evaluó la forma
y no el fondo del contrato. El fondo, en cambio, fue el motivo del
rechazo de la Contraloría.
¿Quién fiscaliza?
La Ley de contrataciones públicas estableció
desde 1995 que cada entidad estatal se encargaría de sus procesos
de compra de forma independiente, y que el Ministerio de Hacienda
y Tesoro –hoy Economía y Finanzas– sería la entidad fiscalizadora.
La misma Ley establece que el hoy Ministerio
de Economía y Finanzas tendría la función de “intervenir en la atención
de quejas que formulen los participantes en los procedimientos de
selección de contratistas...”.
Y a ese ministerio, precisamente, se dirigió
Alejandro Vernaza Kwiers —representante del Laboratorio Clínico
Inmunológico y Molecular Inmuno Genetrix, S.A.— quien, interesado
en la licitación para crear el banco de datos de ADN, compró el
pliego de cargos.
El 24 de abril del 2001, Vernaza, en un extenso
documento, solicitó al MEF la anulación del concurso por “falta
de transparencia, falta de condiciones igualitarias, ilegalidad
y violación a la ley”.
La mayoría de las trece quejas de Vernaza
gira en torno a los aspectos técnicos. Por ejemplo, decía que “el
concurso se rige por los estándares de la Comunidad Forense... y
estas normas no han sido aprobadas por el Consejo Técnico de Salud...”.
El contralor, por cierto, hizo suyo este argumento para rechazar
el refrendo del contrato.
Además, alegaba “violación del debido proceso”
por parte del Ministerio Público. Para Vernaza, los pliegos negaban
el debido proceso al señalar que “como condición para ser considerada
la propuesta, el consultor deberá someter para su estudio y aceptación
toda la información necesaria sobre su capacidad e idoneidad renunciando
a todo reclamo contra la Procuraduría General de la Nación que pueda
surgir con respecto a la decisión”.
En otras palabras, la Procuraduría le prohibía
quejarse o protestar.
Esa cláusula —según fuentes del MEF que prefirieron
el anonimato para no inmiscuirse en el proceso que deberá decidir
la Corte Suprema de Justicia— es ilegal porque viola, incluso, la
Constitución, cuyo artículo 41 consagra el derecho de queja: “toda
persona tiene derecho a presentar peticiones y quejas respetuosas
a los servidores públicos...”.
¿Qué dijo Ruiz Díaz sobre este punto? Le
dio la razón a la Procuraduría. Pareció olvidar pues, que el artículo
45 de Ley de Contrataciones Públicas establece que “las personas
que se consideren agraviadas con la decisión [de adjudicación] puede
recurrir por la vía gubernativa... sin perjuicio de acudir a la
Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia para promover la acción
contencioso administrativa que corresponda”.
De otro lado, Vernaza hacía referencia a
una evidente relación entre Fairfax y el Ministerio Público, cuando
en el pliego de cargos se describía un escenario sobre el “Mercado
de Muestras y Flujo de Egresos para crear una Base y Banco Forense
de Datos de ADN”. En éste, el Ministerio Público había escrito lo
siguiente: “pagos acumulados a Laboratorios Fairfax”. Ante este
hallazgo, Ruiz Díaz no dijo nada.
El funcionario hizo gala de la reputación
de los burócratas: sus respuestas llegaron con la rapidez de un
caracol. De hecho, la contestación a las quejas del pliego de cargos
que hizo Vernaza llegaron en una escueta carta de siete párrafos
después de la celebración del concurso. Exactamente el 28 de junio
de 2001: dos meses después de presentada la queja y un mes después
de celebrado el acto público.
No cabe duda de que “el profundo análisis”
del pliego de cargos que dice haber realizado Ruiz Díaz fue hecho
después de la celebración del concurso, ya que el funcionario hace
referencia a los Laboratorios Biological Scales, el otro participante
en el acto público. Si no fue así, ¿cómo podía Ruiz Díaz saber detalles
sobre el currículum del oferente o antecedentes financieros de su
empresa?
Queda claro también su posición frente al
proceso de selección de contratista, ya que sus respuestas virtualmente
elevaban a la categoría de modelo el pliego de cargos y el acto
público, ya realizado en mayo de 2001.
Pero la verdad era que Ruiz Díaz había hecho
caso omiso de la mayoría de los temas objeto de quejas. Por ejemplo,
desatendió los argumentos de Vernaza en torno a la relación Fairfax-Procuraduría,
que excluirían a la empresa, según la Ley de Contrataciones Públicas,
de participar en el concurso.
Vernaza, desilusionado, se abstuvo de seguir
adelante, lo que permitió a la Procuraduría continuar con el proceso
sin obstáculos.
Actúa la Contraloría
Si bien la Ley de Contratación Pública determina
que el MEF fiscaliza el proceso, también establece que esta actividad
lo hará “... sin perjuicio de las funciones de control fiscal que
debe ejercer la Contraloría General de la República”.
Y Weeden no perdió el tiempo. Primero se
opuso en el CENA y después en el Consejo de Gabinete. Luego se negó
a refrendar el contrato cuando este llegó a sus manos. Y por último,
ante la insistencia de aprobación del procurador José Antonio Sossa,
decidió remitirlo a la Corte Suprema de Justicia.
Es así como el proceso llegó al escritorio
de la procuradora de la Administración, quien, en entrevista con
La Prensa, insistió en que no podía entrar al fondo del asunto,
ya que en el expediente, salvo el recurso del Contralor, no existen
documentos que nieguen la validez jurídica del contrato.
“Si el contralor cree que hubo irregularidades,
debió solicitar formalmente a este Despacho una investigación, ya
que la Procuraduría de la Administración es la entidad competente
para investigar las acciones del procurador General de la Nación”,
se justifica Montenegro de Fletcher.
Antecedentes
Todo este embrollo se inicia en 1998, cuando
el cuñado del procurador José Antonio Sossa, y director del Instituto
de Medicina Legal en ese momento, Félix Luciani, realizó gestiones
para concretar una relación contractual con los Laboratorios Fairfax
para instalar, bajo la tutela del Ministerio Público, un banco y
base de datos forenses en ADN.
Las relaciones entre Fairfax y la Procuraduría
de la Nación –que incluyeron asesorías en contrataciones y adiestramiento
de personal, pruebas de ADN, etc.– llevaron a Sossa a solicitar
autorización al Consejo de Gabinete a fin de contratar directamente
a la empresa.
Estas gestiones fracasaron, a pesar de todo
su empeño en ésta y la pasada Administración. Por ello, no tuvo
más remedio que organizar el concurso 001-2001, adjudicado en mayo
pasado a Fairfax.
El contrato se firmó, pero Weeden se opuso
a refrendarlo, lo cual ha impedido que Sossa concrete la creación
de un gigantesco banco de datos de ADN.
Ahora, habrá que esperar el pronunciamiento
de la Corte, para escribir el final de esta historia.
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