Preocupa presión cervecera
“De prosperar la fusión, las consecuencias sobre la sociedad
serán harto conocidas: mayor desempleo...”
Manuel Domínguez mdominguez@prensa.com La Fundación del
Consumidor y del Usuario (FUNDECU) mostró su preocupación sobre la posibilidad
de que la Comisión de Libre Competencia y del Consumidor (CLICAC) sea sometida
a presiones para que permita al Grupo Santo Domingo la compra de la Cervecería
del Barú. Según Guido Fuentes, presidente
de FUNDECU -una ONG creada hace tres años para promover organizaciones de defensa
de los consumidores-, poderes políticos y económicos harían que la CLICAC cambie
de opinión sobre las intenciones del Grupo Santo Domingo.
En una resolución de mayo del 2002, la CLICAC negó la citada compra, ya que “disminuye,
restringe, daña e impide de manera irrazonable la libre competencia”. Luego,
el Grupo Santo Domingo presentó una reconsideración ante la institución con el
fin de que se le permita adquirir la Cervecería del Barú.
Pero en opinión de FUNDECU, de prosperar la fusión, “las consecuencias sobre la
sociedad son harto conocidas: mayor desempleo, traslado de los ingresos que provienen
del consumidor a los grandes consorcios, y el desmejoramiento, por lo general,
de la calidad y la opción de oferta”. “Tenemos
la preocupación de que sectores económicos y políticos beligerantes en el país
sometan a la CLICAC a fuertes presiones para que cambie la opinión que emitió
en mayo pasado”, indicó Fuentes. El Grupo
Santo Domingo, como se registra, compró la Cervecería Nacional y controlará el
100% de la producción cervecera en Panamá en caso de que le sea permitido adquirir
la Cervecería del Barú, planteó Fuentes.
Según la Ley 29 de 1996, la CLICAC impedirá las concentraciones económicas que
disminuyan, restrinjan o dañen, de manera irrazonable, la libre competencia económica
y la libre concurrencia respecto de bienes o servicios iguales, similares o substancialmente
relacionados. Se exceptúan de esta prohibición
las concentraciones que recaigan sobre un agente económico que se encuentre en
estado de insolvencia, siempre que el mismo compruebe haber buscado infructuosamente
compradores no competidores. Las concentraciones
ya verificadas por la CLICAC y que logren concepto favorable podrán operar válidamente
sin ser impugnadas.
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