Reformarán ley que regula a los contadores
Diana Campos Candanedo
dcampos@prensa.com
Antes del 31 de julio estaría listo el documento que modifica la Ley 57, que regula la profesión de contador, informó el viceministro de Comercio Interior, Temístocles Rosas, quien también preside la Junta Técnica de Contabilidad (JTC).
Los cambios estarán dirigidos, principalmente, a hacer más estrictos los requisitos exigidos a los contadores para obtener su idoneidad profesional.
Entre los cambios que se proyecta introducir destacan los exámenes de conocimientos generales y técnicos y los estudios continuos que debe tener el profesional de la contabilidad para que exista una capacitación constante a lo largo de su carrera, explicó el viceministro Rosas.
Según el funcionario, esta modificación legal tiene como objetivo que las tareas que desarrolla el contador se dirijan de forma más estricta a salvaguardar la confiabilidad de la información financiera.
“Lo que se trata de hacer es perfeccionar a los contadores públicos, buscando que participen los mejores profesionales, los que tengan el conocimiento y la preparación técnica para hacer este trabajo”, sustentó.
Otro de los puntos “sensitivos” del proyecto se relaciona con la amplitud de las funciones de la JTC y su participación en los problemas nacionales.
Según el viceministro, el borrador de modificación de la ley ha sido consensuado con las cuatro asociaciones de contadores, que están registradas en la Junta Técnica. También han participado la Universidad de Panamá y la USMA.
Una vez terminado el documento, este será presentado al Consejo de Gabinete para que, posteriormente, sea remitido a la Asamblea Legislativa.
Actualmente hay más de 9 mil 500 contadores registrados en la Junta Técnica de Contabilidad.
Recientemente, la Comisión Nacional de Valores (CNV) exigió a las firmas de contadores la aplicación de las Normas Internacionales de Contabilidad (NIC's) y que especifiquen en los estados financieros las transacciones que hagan los emisores con partes relacionadas.
También se estableció que los estados financieros no deben contener las conocidas “cláusulas de salvedad” en las opiniones que emiten los auditores. Esto significa que el auditor no podrá señalar que su análisis financiero no incluye algunas cuentas, que al final tienen gran peso sobre los balances financieros de las empresas auditadas.
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