Panamá, 11 de mayo de 2002
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Por una ley de igualdad de oportunidades

A fuerza de una práctica perniciosa, los 35 años de edad se han convertido en un hito fatal en nuestro país: la muerte laboral de la mujer panameña

Alberto S. Barrow N.

Retomo aquí un tema que he abordado con anterioridad. Ahora lo apuntalo en el marco de una reciente propuesta que ha sido sometida a la Dirección Nacional de Participación Ciudadana de la Asamblea Legislativa, con el propósito de que se elabore una ley que atienda el problema de la existencia de mecanismos que dificultan la igualdad de oportunidades de acceso al ámbito laboral en nuestro país, y la persistencia de prácticas que han alcanzado una suerte de institucionalización perversa.

La Constitución política de la república de Panamá, en su artículo 19, consagra el principio de la igualdad de las personas, mismo que aparece consignado en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. En sentido y espíritu contrario a esa norma básica, muchas empresas (y en ocasiones el propio Estado), compelen a las personas que aspiran a una plaza de empleo la presentación previa de una fotografía, junto con la hoja de vida. Esta práctica, que se observa a través de muchos avisos de prensa, contiene sesgos discriminatorios y excluyentes. Pienso que la cotidiana exigencia de “enviar su hoja de vida con una foto reciente” para el trámite de las solicitudes de empleo debe merecer de una vez por todas la atención más reflexiva de toda la sociedad panameña.

Cifras extraoficiales indican que la falta de empleo en Panamá alcanza a más del 16% de la población. En ese sentido, ya bastante hacen aquellos que tratan de ubicar un empleo con competir en un mercado que advierte estadísticas tan desalentadoras. Sumar a lo anterior una carga adicional como lo es, en efecto, “mostrarse” a través de una foto, previo a la entrevista de trabajo, es realmente protervo. Porque, en una sociedad como la panameña, cargada de prejuicios de toda índole, en donde, por ejemplo, se estima menos productivo a un ser humano cuando rebasa los 35 años de edad, máxime si es mujer; una sociedad en la cual la discapacidad física, en muchos casos, descalifica a la persona para asomarse al mercado laboral; una sociedad en cuyo discurso cotidiano lo negro, en términos generales, se acompaña de una carga negativa, tener que adelantar una foto al momento de solicitar un empleo ¿no es acaso, para algunos, competir en condición desventajosa, por decir lo menos?

No son pocos quienes, en nuestro medio, estiman que la foto previa constituye un mecanismo de mérito discriminatorio y de exclusión utilizado en desmedro de mujeres mayores de 35 años de edad, indígenas y afropanameños (as), entre otros. En otras ocasiones, he señalado que la igualdad de oportunidades para acceder al empleo es un derecho consagrado en la Constitución política de la república de Panamá, y que ese derecho se le niega a muchos panameños y panameñas, por razón de su origen étnico, raza, sexo, edad, discapacidad y otras consideraciones, todas ajenas a méritos y calificación profesionales. Hasta ahora, la “foto reciente” parece haber sido, desafortunadamente, uno de los mecanismos eficaces para ese propósito. Si a ello se le agrega, como en efecto ocurre todos los días, la otra exigencia en los trámites para la obtención de empleo que aparece bajo el eufemismo de “buena presencia”, nos encontramos ante un conjunto de elementos que se erigen en trabas subjetivas, que dificultan el acceso a las fuentes de trabajo en nuestro país y cuyos fundamentos son cuestionables.

Pienso que es tarea urgente crear las condiciones más propicias para que, en condiciones de igualdad, toda persona con las calificaciones y los méritos profesionales y técnicos que exige una plaza de trabajo pueda optar por ella con independencia de sus características físicas (alto, bajo, delgado, grueso, rubio, mestizo, etc.). En el caso particular de la mujer panameña, cada día es mayor su sensibilidad ante el rechazo y la descalificación de que son víctimas decenas de miles de mujeres que intentan articularse al mercado laboral y que ven frustradas sus aspiraciones ante la antidemocrática y discriminatoria exigencia de una edad tope para poder optar por una plaza. A fuerza de una práctica perniciosa, los 35 años de edad se han convertido en un hito fatal en nuestro país: la muerte laboral de la mujer panameña.

Quizás resulte útil advertir que esas modalidades, que perviven en el campo laboral panameño, dejaron de ser prácticas aceptables en los países desarrollados, hace mucho tiempo. Ahora que la República se aproxima a sus 100 años de existencia me pregunto, ¿hará falta que transcurra otro centenario para que lo mismo ocurra en Panamá?

El autor es abogado y escritor

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