Constitución y coyuntura
Cambiar el régimen político, que no es lo mismo que introducir sencillas modificaciones al Organo Legislativo, implica reorientar el rumbo a 180 grados
Adolfo Ahumada
Las motivaciones para impulsar cambios constitucionales varían. Algunos estiman que nacería otra República si se eliminan tanto la inmunidad como los suplentes de los legisladores y se crean algunos legisladores nacionales. Otros reducen su aspiración a que las postulaciones a distintos cargos de elección popular sean libres, en el sentido de que no dependan de los partidos políticos. Hay a quienes les preocupa la forma de escoger a los magistrados, y no faltan los que quieren cambios porque sí, o sea, porque la Constitución es de 1972, aunque se haya reformado sustancialmente. La presidenta del PRD indica que “la convocatoria de un proceso de reforma serviría para superar el impasse, reconstruir la fibra social rota, basándose para ello en una reunión de los representantes populares”. No tengo el texto de este discurso, por lo que desconozco algunas definiciones que resultarían importantes, como el caso de los denominados “representantes populares”.
Llama la atención otro planteamiento reciente: se requiere una Asamblea Constituyente para la sustitución del régimen político, y ahora sí estamos ante palabras mayores. O sea, la Constituyente, según estos proponentes, sería para cambiar el sistema, aunque no se explica el esquema de sustitución. Cambiar el régimen político, que no es lo mismo que introducir sencillas modificaciones al Organo Legislativo, implica reorientar el rumbo a 180 grados. Quienes abrigan este deseo –y aunque estén inspirados en nobles y sanos ideales-– deberán recordar que la sustitución de los sistemas tiene varios caminos: puede hacerlo el Gobierno desde arriba y basado en su propia presencia, dado que la estructura del Estado tiene gran rol en el desarrollo de los acontecimientos políticos. Y si no es el Gobierno, entonces los más interesados deberán promover el colapso del sistema, siempre, desde luego, asumiendo los riesgos de rigor. El otro camino es que los riesgos los asuman los demás y entonces, ya con el poder en la mano, se acercan los interesados en cambiar la Constitución y ponen manos a la obra.
En medio de la preocupación colectiva sobre los problemas clave del país en lo que respecta a la corrupción, a las dificultades económicas y la consiguiente disminución de la tasa de empleo, ofrecer reformas constitucionales, Asambleas Constituyentes o plebiscitos como salida nacional no ayudaría al enfrentamiento real de dificultades. Ya se sabe que aunque todos los 322 artículos de la Constitución pueden, en un momento determinado, ser objeto de reformas, no ha existido, hasta ahora, demostración alguna de que las mismas darían lugar a una respuesta frente a las reclamaciones de los ciudadanos. Por el contrario, comprometerse en un ejercicio constitucional en esta coyuntura puede llegar a generar una gran decepción pública, sobre todo porque el grado de seria esperanza que la población más empobrecida derivaría de las campañas a favor de cambios constitucionales se verá confrontado con los resultados verdaderos, ninguno de los cuales, hasta donde yo sé, implicaría más empleo o menos corrupción. Las encuestas recientes indican que el pueblo, al sentir simpatía general por reformas constitucionales o al intuir que pueden ser útiles para la solución de sus problemas más urgentes, aclara y precisa que si hay reformas estas deben incluir la solución del empleo. Otras respuestas se orientan hacia las modificaciones que dicten “una ley contra la corrupción”, que es una respuesta lógica frente a la situación actual, reacción popular a la que no se le puede exigir que maneje conceptos jurídicos especializados.
Los intentos recientes por introducir cambios constitucionales en medio de un período presidencial han resultado fallidos. Como la Constitución es la Carta Política y sus componentes tienen vínculo directo con la estructura del poder y la forma de acceder a ella, cada propuesta es examinada en función de su significado político inmediato y de sus consecuencias electorales a corto o a mediano plazo. Involucrarse en un proceso constitucional en las actuales condiciones del país, apenas a dos años de un torneo electoral es, ni más ni menos, que caminar a ciegas, sin saber, al final, cómo van a quedar las cosas. Por eso cualquier etapa de esfuerzo constitucional debe empezar por el señalamiento de cuáles normas de la Constitución son tan graves, diabólicas y dañinas que merecen ser cambiadas y, luego de identificadas con toda precisión, señalar con qué deben ser sustituidas. Después, lo que procede, para beneficio del país, es la paciencia suficiente para esperar el próximo período presidencial, de tal manera que, en el mismo torneo electoral, los candidatos expongan sus criterios sobre estos temas para que formen parte del debate nacional. No hay, pues, que violentar ningún sistema. Fueron la cordura y la prudencia los factores que condujeron a la eliminación constitucional del ejército y al nuevo Título Constitucional sobre el Canal.
El autor es abogado
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