No más camaroneros ilegales, dice la Corte Suprema
Juan Luis Batista
jlbatista@prensa.com
La Corte Suprema de Justicia reiteró en un fallo que no está permitido otorgar nuevas licencias para barcos camaroneros, luego de una demanda presentada por directivos de la Asociación Nacional de la Industria Pesquera Panameña (ANDELAIPP), contra dos resoluciones de la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) que otorgan licencias a las motovonaves Chiriquí VI y Chiriquí XI.
La Sala Tercera de lo Contencioso Administrativo suspendió provisionalmente los efectos de las resoluciones impugnadas, en un fallo emitido el pasado 19 de marzo.
Las motonaves no podrán dedicarse a la pesca de camarones en Panamá hasta tanto la Corte emita un fallo final y definitivo en relación con esta demanda.
Precisamente, a partir de hoy, 234 embarcaciones comienzan la nueva temporada de pesca, después de un período de veda de 70 días.
Según el presidente de la junta directiva de la ANDELAIP, Ricardo Quijano, con anterioridad la agrupación ha manifestado su inconformidad con el “poco control y vigilancia” que estas naves tienen en el Puerto de Pedregal, donde incluso en temporada de veda estas naves abandonan el puerto sin destino definido.
En una carta dirigida al director de Recursos Marinos y Costeros de la AMP, Arnulfo Franco, el presidente de ANDELAIIP le solicita que ordene a las naves retirar todos los aparejos de pesca y movilizar estas embarcaciones al Puerto Vacamonte, donde existe la vigilancia necesaria para garantizar el cumplimiento de la orden de la Corte.
El fallo de la Corte, firmado por el magistrado Arturo Hoyos, cita el decreto ejecutivo No. 10, de 28 de febrero de 1985, por el cual se reglamenta la pesca de camarones.
Ese decreto prohíbe categóricamente la expedición de nuevas licencias para barcos camaroneros y el aumento de de las dimensiones de los existentes.
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