Panamá, 11 de abril de 2002
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Aprueban ley sobre información crediticia

La APC ya no podrá incluir en su base de datos deudas de servicios públicos

Edith Castillo Duarte
ecastillo@prensa.com

El pleno de la Asamblea Legislativa aprobó ayer el proyecto de Ley 12 que regula la información sobre datos o referencias de crédito que son manejados básicamente por la Asociación Panameña de Crédito (APC).

Cuando se inició la sesión no se sabía el giro que tomaría la discusión, en vista de que había discrepancia sobre una modificación que se le hizo al artículo 45, referente a la retroactividad y prescripción de los datos.

Hubo legisladores que abogaban porque el proyecto fuera devuelto a segundo debate, tal como ocurrió el lunes, pero luego de un extenso receso, en donde las bancadas discutieron en privado su posición, se llegó a un acuerdo.

Al final, prevaleció el criterio de que lo más conveniente para el sistema crediticio es que la prescripción comience a correr a partir de la promulgación de la ley.

Sobre este punto, el legislador Pedro Miguel González explicó que se debe dar retroactividad a la ley para efectos de corregir la base de datos de la APC, que cada siete años tiene que actualizar la información y sacar del sistema aquella información que haya prescrito porque no se hizo ninguna gestión de cobro.

En aquellos casos en que hubo una demanda de por medio, la información prescribe 10 años después de que exista una sentencia ejecutoriada.

El legislador Arturo Araúz comentó que la ley es “buena” y favorece a los consumidores, a quienes se les da una segunda oportunidad para que sean sujetos de crédito y demuestren que cumplen con sus obligaciones.

Es el caso, explicó, de un consumidor que por motivos de desempleo no haya podido terminar de pagar sus deudas, pero, sin embargo, mientras recibía ingresos mantuvo un buen historial de pago.

La APC ya no podrá incluir en su base de datos deudas de servicios públicos, como el agua, luz y teléfono.

También se añadió un artículo que obliga a los agentes económicos a proporcionar información precisa y veraz.

Con ello se garantiza que el sistema de crédito trabaje de forma ordenada y adecuada y en base a datos veraces y exactos, señaló Araúz.

La ley impone sanciones. Por ejemplo se cataloga como una falta grave la no adopción de medidas o controles de índole técnico para evitar la alteración, pérdida o tratamiento de la información.

La propuesta incluye la penalización por modificar los datos suministrados de la documentación de autorización sin comunicarlo a las autoridades competentes en el tiempo establecido por la ley, y no remitir a la agencia de información la actualización de los datos dentro del término establecido.


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