Prevén arrendar oleoducto en Colón
Rafael Pérez G.
rperez@prensa.com
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Norberto Delgado
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No solo con el Ministerio de Comercio e Industrias y la Autoridad Marítima de Panamá. La Refinería Panamá, S.A, una compañía de Chevron-Texaco, también suscribirá un contrato con el Ministerio de Economía y Fiananzas (MEF), si el Consejo de Gabinete aprueba el convenio de transacción y terminación anticipada del contrato-ley suscrito entre esa empresa y el Estado panameño en 1992.
La nación, a través del MEF, otorgará a la compañía en arrendamiento una tubería u oleoducto de su propiedad con diámetros de ocho pulgadas y una longitud de 14 kilómetros, para el transporte o trasiego de petróleo y sus derivados desde la península de Payardía, corregimiento de Cativá, provincia de Colón hasta Mount Hope, corregimiento de Cristóbal también en la costa atlántica.
Este contrato le otorga a Refinería Panamá, S.A., el derecho al acceso, uso y mantenimiento del oleoducto para trasegar o transportar petróleo crudo y sus derivados. Cualquier otra mejora o edificación que realice la empresa en mención deberá sujetarse a las normas legales que rigen la materia y notificar previamente a la Nación. El contrato de arrendamiento tendrá un término de 15 años.
Durante los primeros 10 años de vigencia del contrato, Refinería Panamá, S.A., pagará a la Nación en concepto de canon de arrendamiento la suma total de 950 mil 838 dólares con 90 centésimos que representa un canon anual de 95 mil 83 dólares con 89 centésimos, cuyos pagos mensuales representan un monto de 7 mil 923 dólares con 66 centésimos.
Ello se hará efectivo dentro de los primeros cinco días de cada mes a favor del Tesoro Nacional, según informe pericial y avalúo expedido por el MEF y la Contraloría.
Al undécimo año, se anota en un borrador del contrato, el canon de arrendamiento aumentará 10% en relación con el canon de arrendamiento pagado en el año inmediatamente anterior. Subsecuentemente, a partir del décimo segundo año de vigencia del contrato, el canon de arrendamiento aumentará en 2% anual.
Con este contrato, la empresa no adquiere privilegio o monopolio alguno y, en consecuencia, cualquiera otra persona natural o jurídica podrá ejecutar las mismas obras para explotarlas en competencia, bajo los mismos términos y condiciones que las otorgadas a Refinería Panam´á, S.A., pero sin derecho a invadir áreas dentro de las cuales esta compañía ejerce legítimamente sus actividades.
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