Panamá, 19 de marzo de 2002
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Los contratos de la Refinería

La AMP dará en concesión un área de ribera y fondo de mar de 432 mil 724.5 metros cuadrados, y tres muelles

Rafael Pérez G.
rperez@prensa

Refinería Panamá pagará a la AMP un canon fijo mensual de 12 mil 981 dólares con 74 centésimos a razón de 0.03 metros cuadrados por mes.

Si el Consejo de Gabinete aprueba el convenio de transacción y terminación anticipada del contrato-ley suscrito entre Refinería Panamá y el Estado panameño en 1992, la transnacional pretende “operar y administrar” una zona libre de petróleo al menos por los 15 años venideros.

Ello se desprende de un borrador de contrato que suscribirá la Refinería Panamá con el ministro de Comercio e Industrias, Joaquín Jácome. En el documento se establece, asimismo, que tiene por finalidad el establecimiento, operación y administración de una zona libre de petróleo que permitirá operar, mantener y administrar un complejo de tanques, estaciones de bombeos, y ductos construidos previamente por la empresa.

Adicional a ello, la Autoridad Marítima de Panamá (AMP) le dará en concesión a la compañía, un área de ribera y fondo de mar de 432 mil 724.5 metros cuadrados, y tres muelles propiedad del Estado que están ubicados en Bahía Las Minas, distrito de Cativá, provincia de Colón.

Refinería Panamá, S.A., según el contrato de concesión que también tiene previsto firmar con la AMP, hará uso del área arriba anotada y los muelles propiedad del Estado y cualesquiera mejoras que construya en dichas áreas, con el propósito de llevar a cabo las actividades propias del régimen de zona libre de petróleo.

Entre esas actividades se destacan la importación, compra, almacenaje, mezcla, envase, manejo, trasiego, comercialización y venta de productos de petróleo.

Por esa concesión, Refinería Panamá, S.A., pagará a la AMP un canon fijo mensual de 12 mil 981 dólares con 74 centésimos a razón de 0.03 metros cuadrados por mes. En caso de morosidad, se le aplicará un recargo del 2% por mes o fracción de mes sobre el total adeudado mientras dure la mora. Este canon fijo mensual aumentará en 2% anual a partir del segundo año de vigencia del contrato también previsto a 15 años.

El ministro Joaquín Jácome

En la referida área de la zona libre de petróleo se incluyen los medios de transporte que la contratista utilice en relación con las actividades arriba expuestas, al igual que las servidumbres que tenga construidas o construya oleoductos, tuberías, acueductos y demás instalaciones para el transporte de los productos o para el funcionamiento, mantenimiento, operación y administración de la aludida zona.

Los bienes y productos que ingresen a la mencionada área con franquicia fiscal, no podrán ser vendidos ni traspasados en el territorio aduanero de la República de Panamá, sin previa autorización de la Dirección General de Aduanas y Dirección General de Ingresos del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y de la Dirección de Hidrocarburos del Ministerio de Comercio e Industrias.

Igual criterio se mantendrá en caso de ventas o traspasos a favor de cualesquiera otras empresas en el territorio aduanero de Panamá que gocen de exoneración.

Refinería Panamá, S.A., podrá asimismo producir energía eléctrica mediante generación térmica o por cualquier otro medio que requiera en relación con las actividades contempladas en el contrato o en el desarrollo de estas actividades o podrá ofrecer venta y disponer de cualquier excedente de energía eléctrica por el precio que convenga con sujeción a las disposiciones legales aplicables.

Para instalar plantas de energía eléctrica, cuya producción no sea para consumo exclusivo de sus instalaciones, la empresa deberá cumplir con las normas establecidas en esa materia en Panamá y la previa aprobación del Ente Regulador de los Servicios Públicos.


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