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Asamblea no puede anular contrato-ley:
Arosemena
Cualquier acción que
se quiera tomar contra el contrato debe hacerse por la vía judicial,
señala presidente del Legislativo
VICTOR TORRES Y RAFAEL PEREZ
planas@prensa.com
El presidente de la Asamblea Legislativa,
Rubén Arosemena, insistió en que un contrato-ley no se puede anular,
porque eso iría en contra de la seguridad de la empresa que ha establecido
un contrato con el Estado.
De acuerdo con Arosemena, el contrato entre
el Estado y el Consorcio San Lorenzo contiene las cláusulas por
las cuales podría disolverse.
“Esto no es una ley sino un contrato y no
se le puede dar el mismo tratamiento”, agregó Arosemena.
El presidente de la Asamblea afirmó que cuando
se quiere invocar un vicio por supuestas irregularidades en un contrato,
las acciones tienen que presentarse en las instancias judiciales,
porque la Asamblea no puede calificar sus propios actos.
Precisó que para eso existe el control y
la fiscalización entre los tres poderes del Estado y la Asamblea
es fiscalizada por el Organo Judicial.
Reiteró que para efectos de cualquier acción
que se quiera tomar contra el contrato, esta debe hacerse a través
de la vía judicial.
Arosemena explicó que en proporciones guardadas,
sucede lo mismo con los convenios que han sido suscritos por el
Organo Ejecutivo. Estos llegan a la Asamblea sólo para su ratificación
y la Asamblea no puede modificarlos.
“La Asamblea no puede unilateralmente cambiar
los contratos ni convenios”, concluyó Arosemena.
Por su parte, el viceministro de Comercio
Interior, Temístocles Rosas, dijo que la forma jurídica de anular
el contrato es a través de otra ley.
Para el ex magistrado de la Corte Suprema
de Justicia, Edgardo Molino Mola, el contrato ley suscrito entre
el Estado y el Consorcio San Lorenzo para la construcción del Centro
Multimodal de Transporte en Colón, puede ser recurrido ante la Corte
Suprema de Justicia.
Molino Mola, quien rechazó la tesis expuesta
por algunos juristas en el sentido de que el referido contrato-ley
podía ser demandado por ilegal ante la Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo,
insistió en cambio que en este caso cabría una advertencia de inconstitucionalidad.
A su turno, Rogelio Cruz, quien ejerció el
cargo de procurador general de la Nación, estimó que las denuncias
públicas proferidas por el legislador perredista Carlos Afú no constituyen
una prueba lo suficientemente fuerte para solicitar la ilegalidad
del referido contrato.
Cruz fue enfático en señalar que para ello
se requiere de que la prueba aportada esté acompañada por otra más
contundente que determine quiénes participaron en estos hechos.
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