Panamá, 18 de agosto de 2001
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La inseguridad de los agentes de seguridad

Las condiciones de trabajo, el incumplimiento de la ley por parte de las agencias en lo que se refiere a los derechos laborales. Nadie le pone el cascabel al gato.

ILEANA GOLCHER
invest@prensa.com

Los agentes de seguridad trabajan en condiciones por debajo de los derechos establecidos en la ley.

“Tengo tres años de trabajar en la agencia y nunca me dan la ficha del Seguro Social, aunque me lo descuentan. Si reclamo ante el sindicato (que está controlado por la empresa) los compañeros tampoco me apoyan porque responden a los intereses de la empresa. Mi horario es rotativo de 6 de la mañana a 7 de la noche, aunque casi siempre tengo que trabajar dos turnos seguidos. Créame que cuando llevo ya doce horas de trabajar, me siento como mareado y empiezo a quedarme dormido. Tengo que pagar hasta mi uniforme y si algún día dejo de trabajar en la empresa, tengo que regresarlo”.


Las opiniones anteriores corresponden a un agente de seguridad, que busca desesperadamente otro empleo, para renunciar a la pesadilla diaria que tiene que librar todos los días.


Según explica el director Nacional de Seguridad Pública, Jaime Luque, las agencias de seguridad privadas están reguladas mediante los decretos ejecutivos No. 21 y 22 de enero de 1992 por los que se regula el funcionamiento de las agencias de seguridad privada y las condiciones de aptitud , derechos y funciones de los vigilantes jurados de seguridad, respectivamente.

Incremento de las agencias

Ante la creciente ola de inseguridad ciudadana, han proliferado en Panamá las agencias de seguridad. Cifras provenientes del Ministerio de Gobierno y Justicia indican que actualmente existen 106 agencias de seguridad privada, legalmente registradas, con un total de 534 funcionarios administrativos y 11 mil 188 agentes de seguridad.

La primera aclaración es determinar qué se entiende por agencia de seguridad. Al respecto, Luque indica que es toda aquella entidad legalmente constituida, inscrita en el libro de registro de empresas de Seguridad del Ministerio de Gobierno y Justicia, dedicadas, entre otras, a la vigilancia y protección de toda clase de bienes o inmuebles; la vigilancia y protección de certámenes , ferias convenciones o actos similares; la protección, conducción, traslado y mantenimiento de fondos, así como de valores, caudales y joyas y otros objetos valiosos.

Falta de supervisión oficial

Los requisitos establecidos en el Decreto Ejecutivo No. 22 indican que para trabajar como vigilantes jurados, se requiere acreditar un examen público que determine poseer suficientes conocimientos en el manejo, mantenimiento y administración de las armas que en el servicio puedan necesitar; la normativa legal que regula su función, sus derechos y obligaciones. Para ser agente de seguridad, en trabajos que impliquen manejo de armas de fuego, se deberá aprobar un examen sicológico, someter a una prueba de drogas (consumo de cocaína y marihuana) y aprobar un examen de dominio de armas de fuego.

¿Efectividad de la capacitación?

Según explica Luque, le corresponde al Ministerio de Gobierno de Justicia determinar cuál es el centro encargado de brindarle el adiestramiento y supervisar que los agentes de seguridad conozcan el manejo adecuado de las armas de fuego asignadas. En el caso de los guardias de seguridad solo se permite la escopeta calibre doce y el revólver calibre 38 con cañón de cuatro pulgadas. Además, deben conocer sus derechos y sus obligaciones, uso de la fuerza y los niveles de comunicación que deben mantener con la fuerza pública.

Agrega Luque que las empresas están obligadas a someter a sus empleados a dos pruebas mínimas anuales de tiro y promover dentro de cada empresa la capacitación y entrenamiento físico de cada empleado “hemos decomisado gran cantidad de armas que se les ha entregado a los agentes en condiciones defectuosas”.

Informes suministrados por varias agencias de seguridad indican que “ nuestros agentes están especialmente entrenados en técnicas sobre mecánica de tiro y puntería, técnica de arresto preventivo, custodia de sospechosos, uso de la vara policial. Psicología del delincuente y criminalística, ética, relaciones humanas, reacción adecuada ante situaciones de peligro”.

Sorprenden, entonces, las imágenes del homicidio ocurrido recientemente en el Boulevard de la avenida Balboa de la ciudad de Panamá, en el cual el agente de seguridad, ante los disparos, optó “por no hacer absolutamente nada, ni tan siquiera perseguir al asesino.”

Condiciones infrahumanas

La observación de las condiciones de trabajo en que operan numerosas agencias de seguridad en Panamá indican que sus agentes (hombres y mujeres) trabajan en condiciones contrarias a lo establecido por la ley y el Código de Trabajo, y por la carta de los Derechos Humanos, entre otras disposiciones.

Por ejemplo, para ganar un salario Jorge Hernández, un joven universitario que no ha encontrado empleo, trabaja 12 horas diarias (agencia Omega Seguridad); en un alto porcentaje de empresas no se les paga el correspondiente seguro social, pese a que les hacen los descuentos de rigor (por ejemplo en Seguridad Unida); en la gran mayoría se les obliga a pagar sus propios uniformes: pantalón, camisa, correa y gorra son descontados mensualmente, con lo cual sus ingresos se disminuyen aún más.

Según explican varios agentes de seguridad, el salario promedio oscila entre B/1.15 y B/1.85 por hora. Resulta sorprendente que el costo por los servicios de un agente sea de mil 700 balboas mensuales que incluye 24 horas y días feriados. Muchos de los agentes de seguridad no disponen de días libres, trabajan los siete días a la semana y para tomar un día libre deben trabajar varias semanas consecutivas; el pago del sobretiempo no es un derecho de todos los trabajadores y reclamar se puede convertir en una causal de despido; lo más grave es que muchos de ellos no han recibido ningún entrenamiento para el manejo adecuado de armas de fuego, además de contratar a personal muy joven que carece de la experiencia necesaria.

Jornadas de trabajo agotadoras

Tal como lo indica María González, una ama de casa, de escasos 30 años, que ante la falta de empleo decidió ingresar a una agencia de seguridad. “No he recibido capacitación de ninguna naturaleza, y para vigilar la empresa solo tengo un tolete. De los cuatro agentes que cuidamos la empresa, solo un agente tiene una pistola que no está en buenas condiciones”, aseguró María.

Agotados ante los horarios de trabajo de 12 y 16 horas diarias, deben permanecer de pie, sin el equipo de radio que les permita comunicarse a su respectiva agencia. Muchos delitos ocurren como resultado del conocimiento que tienen los delincuentes de la fatiga y falta de protección y adiestramiento de los agentes. También los agentes de seguridad se han convertido en el blanco de los ataques de los delincuentes por la posesión de sus armas de fuego.

Falta de supervisión.

No contamos con la cantidad de personal y los recursos logísticos necesarios para efectuar la supervisión de las agencias, declaró Luque. En efecto, un total de 20 personas que laboran en las instalaciones de Seguridad Pública en Howard deberán atender las agencias de seguridad de todo el país; además, tienen funciones de supervisar la transportación, ingreso y exportación de armas de fuego y municiones, las actividades de explosivos, tramitar las licencias, las actividades de las casas comerciales, los juegos pirotécnicos, entre otras.

Logramos reanudar los cursos de capacitación impartidos por la Policía Nacional, subraya Luque, y se han graduado durante el mes pasado 120 agentes nuevos. La capacitación es de cuatro días. Lo ideal es que sea permanente y muchas agencias cumplen con este requisito, advirtió Luque.

Sin embargo, resulta preocupante que exista un solo polígono privado en la ciudad de Panamá para ofrecer entrenamiento a los guardias de seguridad.

Pólizas de vida irrisorias

Informes provenientes de la sección de estadística de la Policía Técnica Judicial (PTJ) indican que en los años 2000 y 2001 hasta la fecha fueron asesinados 10 agentes de seguridad en cumplimiento de su deber. La ley establece que todas las agencias de seguridad deberán contratar pólizas de seguro en el mercado local para proteger y garantizar sus actividades, por lo menos, para los siguientes riesgos: Responsabilidad para ámbito nacional, 100 mil balboas; para ámbito en la capital, 80 mil balboas; para ámbito de una cabecera de provincia, 50 mil balboas; seguro de vida para el personal. En la práctica, funciona una póliza mínima de 5 mil por la muerte de un agente de seguridad.

“¿La vida de mi esposo vale 5 mil balboas?, pregunta Carmen Díaz, una viuda de un agente de seguridad fallecido en el cumplimiento del deber. “Tengo que trabajar muy duro para que ninguno de mis tres hijos, el día de mañana, tenga que ser agente de seguridad”.

 

 




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