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La
grave crisis que confronta el sistema penitenciario
no se reduce a una cuestión de presupuesto, ni a la ausencia
de una capacitación adecuada a los custodios. Se trata
de una crisis mayor que abarca al modelo de justicia penal
que emerge de nuestras leyes. Para contrarrestar los efectos
nocivos que ha tenido el uso indiscriminado de la detención
preventiva, que por lo general se convierte en una sanción
previa a la condena, y, a veces, en un castigo injusto
a una persona inocente, se han introducido en la última
década reformas al Código Penal que permiten a las autoridades
aplicar formas de restricción de la libertad que no implican
la reclusión en un centro, como, por ejemplo, la medida
comúnmente denominada “casa por cárcel”. Lamentablemente,
las llamadas medidas cautelares, que también requieren
supervisión por parte del Estado, son frecuentemente incumplidas
lo que da cierta sensación de falta de seguridad en la
ciudadanía. La respuesta a este problema radica, no en
la vuelta al uso generalizado de la detención preventiva,
sino en desarrollar las instituciones que tienen por misión
hacer que se cumplan las medidas alternativas a la detención
provisional. Para lograr esto se requiere poner recursos
a disposición del sistema de justicia, pero ello no se
hará hasta que como Estado no tengamos claras nuestras
prioridades. Se trata, probablemente, de uno de los derechos
ciudadanos más abandonados por las nuevas democracias
del continente. Es tiempo de hacer algo al respecto.
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