Panamá, 29 de marzo de 2001
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La grave crisis que confronta el sistema penitenciario no se reduce a una cuestión de presupuesto, ni a la ausencia de una capacitación adecuada a los custodios. Se trata de una crisis mayor que abarca al modelo de justicia penal que emerge de nuestras leyes. Para contrarrestar los efectos nocivos que ha tenido el uso indiscriminado de la detención preventiva, que por lo general se convierte en una sanción previa a la condena, y, a veces, en un castigo injusto a una persona inocente, se han introducido en la última década reformas al Código Penal que permiten a las autoridades aplicar formas de restricción de la libertad que no implican la reclusión en un centro, como, por ejemplo, la medida comúnmente denominada “casa por cárcel”. Lamentablemente, las llamadas medidas cautelares, que también requieren supervisión por parte del Estado, son frecuentemente incumplidas lo que da cierta sensación de falta de seguridad en la ciudadanía. La respuesta a este problema radica, no en la vuelta al uso generalizado de la detención preventiva, sino en desarrollar las instituciones que tienen por misión hacer que se cumplan las medidas alternativas a la detención provisional. Para lograr esto se requiere poner recursos a disposición del sistema de justicia, pero ello no se hará hasta que como Estado no tengamos claras nuestras prioridades. Se trata, probablemente, de uno de los derechos ciudadanos más abandonados por las nuevas democracias del continente. Es tiempo de hacer algo al respecto.

 
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