de
política
¿El
defensor de quién?
Los
problemas prioritarios que debe afrontar el defensor del pueblo
son la impunidad que produce la corrupción y el tráfico de influencias
Giulia
De Sanctis
Hay
más de 40 personas que están aspirando a ocupar el puesto del
defensor del pueblo, que dejará vacante su actual titular el 31
de marzo del año 2001. Los rumores de que sería seleccionado un
miembro de la Democracia Cristiana como resultado del acuerdo
META, así como la filiación partidista de muchos de los candidatos,
han generado un debate público sobre el tema.
¿Puede
entonces el defensor del pueblo ser miembro de un partido político?
La ley que regula la Defensoría del Pueblo no lo prohíbe expresamente,
sino que señala la incompatibilidad del cargo con la pertenencia
a un partido, por lo que una vez escogido el defensor del pueblo,
este tiene treinta días para renunciar al partido político en
el que milita. Por lo tanto, y a contrario sensu, se entiende
que puede mantener su militancia política, hasta el momento de
su selección por la Asamblea Legislativa y el nombramiento por
el presidente de la República.
No obstante la legalidad de estas candidaturas partidistas, en
nuestra sociedad hay un evidente malestar sobre el tema que nace
de la desconfianza ante los políticos y por la percepción generalizada
e históricamente justificada, de que no han sido capaces de representar
la voluntad popular y de que solamente acceden al poder para satisfacer
sus intereses privados, lo que implica el rechazo a priori de
dichas postulaciones.
Para abonar más a lo dicho, la Defensoría del Pueblo nace del
reconocimiento social –por una parte– del fracaso de la mediación
clásica entre los partidos políticos y el Estado. Por la otra,
nace de la debilidad crónica del Estado de Derecho, cuyas instituciones
son formadas por seres humanos, algunos de los cuales (no todos
afortunadamente) violan continuamente la Constitución y la ley.
Es por ello que los problemas prioritarios que en la dimensión
institucional debe afrontar el defensor del pueblo, son la impunidad
que produce la corrupción, el tráfico de influencias y las actuaciones
en atención al interés particular por encima de la ley y la ampliación
de la participación ciudadana en la toma de decisiones colectivas.
Estos problemas que nacen de nuestras propias contradicciones
sociales, exigirían una persona que esté por encima de estas;
condición evidentemente imposible, ya que todos los panameños
de una u otra manera somos el resultado y formamos parte de esta
sociedad contradictoria. Por ello, la búsqueda debe concentrarse
en una persona que, a sabienda de las limitaciones humanas, sea
lo más neutral posible, pero que se sienta preparada para afrontar
estos retos y que sobre todo tenga la legitimidad que le otorgaría
una opinión pública favorable.
La selección del defensor del pueblo nos obliga también a repensar
lo ético. Y es que esta posición, más que otras instituciones
públicas, debe tener como base un discurso ético, pues sin él
nos encontraríamos una vez más ante una farsa institucionalizada;
ante la forma por encima del fondo.
En este sentido no es ético, ni ayudaría en nada a fortalecer
nuestra debilidad institucional, la selección de un candidato
que tenga una trayectoria partidista reconocida y con cargos en
un partido durante los últimos años previos al nombramiento. Sin
embargo, sería también exagerado rechazar de plano cualquier candidato
que, a pesar de haber pertenecido a un partido, ya no milita en
él y que tiene las cualidades y requisitos para ejercer el cargo.
Paradójicamente, es la Asamblea Legislativa, órgano eminentemente
partidista, el organismo encargado de proponer a la presidenta
el nombre del futuro defensor del pueblo y quien tiene la última
palabra.
La autora es politóloga
¿Más
de lo mismo?
Es
contraproducente crear ilusiones y dar vacuos premios a las quejas
ciudadanas con certificados de ‘‘condenas morales’’
Mario
Velásquez Chizmar
Han pasado casi cuatro años y todavía la ciudadanía no siente
que la Defensoría del Pueblo es suya. Nuestro desarrollo institucional
cuenta, desde hace décadas, con organismos propios del ejercicio
de la autoridad, dotados naturalmente de poder coercitivo. La
herramienta de trabajo del Ombudsman es la opuesta: la mediación.
Toda gestión de esta institución es fallida, si proyecta una imagen
de ‘‘otra entidad gubernamental más’’. Traslademos su propiedad
al pueblo. Allí no se solucionan problemas ni se combate la corrupción.
No es una institución paralela a ninguna otra. Es contraproducente
crear ilusiones y dar vacuos premios a las quejas ciudadanas con
certificados de ‘‘condenas morales’’. Hay que convertir esta institución
en el mejor vehículo para que la gente común haga sentir su voz
en cualquier rama de la administración pública.
El 4 de noviembre de 1995, escribí que la Defensoría debía ser
‘‘para darle voz y cuerpo a las peticiones de desagravio de los
habitantes...’’ y que su labor debe influir de manera tan profunda
que fuese para ‘‘reafirmar constantemente el carácter de servidores
públicos en la conciencia de todos los empleados gubernamentales’’.
Una especie de tábano sobre los gordos y desocupados lomos de
la burocracia estatal. Catorce meses después, en febrero de 1997,
nace nuestra Defensoría y aún hoy dicha meta continúa remota.
El candidato que desarrolle esta visión, empezará con el pie derecho
y quienes por ley tienen que escogerlo, deben apropiarse de tales
directrices.
La actuación del Acuerdo Meta, favorece la opinión de que las
fuerzas políticas que tienen en su poder los votos necesarios
para elegir al nuevo Defensor del Pueblo, están en condiciones
de actuar en correspondencia a la función natural de esta institución.
Si es así, sabrán distinguir entre quiénes están motivados por
las prerrogativas burocráticas del cargo; aquellos que piensan
que se trata de una institución gubernamental más para lustre,
prestigio y gala personal; y quiénes realmente entienden el fin
superior de este nuevo instrumento democratizador de la vida civilizada.
Es positivo que existan intereses políticos diversos en la Asamblea.
Pero en este tema, el turno es para los intereses nacionales.
Es la elección de la cabeza de una institución no gubernamental,
sino popular. No ejercerá ninguna autoridad. Impulsará el conocimiento
general de los derechos constitucionales y legales del pueblo.
Sepa, pues, el pueblo, cuáles son sus derechos ciudadanos y cómo
y cuándo exigirlos, asesorado, guiado y dirigido por su Defensoría.
El voto no es un favor en particular. El favor es común. De prevalecer
el criterio de favor político, el único perdedor será el pueblo,
que tendrá más de lo mismo.
El nuevo Ombudsman no comenzará de cero. La ciudadanía se ha enterado
de que existe una Defensoría del Pueblo, aunque la confunde con
una oficina de quejas. Encantador sería que un ciudadano acudiera
a esta institución y saliera sabiendo sus derechos constitucionales
en caso de rendir una indagatoria, o que pudiera satisfacer su
necesidad de servirse de ella como un verdadero mecanismo de defensa.
No como sucede hoy, que todo el mundo le tiene miedo y es usada
como prueba en su contra. Igual sentimiento produciría en la ciudadanía
que las autoridades tomaran conciencia real de lo que en la práctica
significa: ‘‘servidor público’’; tarea que exige total independencia.
Esta vez, los legisladores están obligados a escoger a una persona
que permita dar este portentoso salto, más allá de los créditos
académicos.
Recuerden que la fuerza de la Defensoría radica en no tener poder
coercitivo, pero sí el amor del pueblo, el respeto público y el
honrado beneplácito ciudadano.
El autor es miembro del PRD
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