Panamá, 6 de diciembre de 2000
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de política

¿El defensor de quién?

Los problemas prioritarios que debe afrontar el defensor del pueblo son la impunidad que produce la corrupción y el tráfico de influencias

Giulia De Sanctis

Hay más de 40 personas que están aspirando a ocupar el puesto del defensor del pueblo, que dejará vacante su actual titular el 31 de marzo del año 2001. Los rumores de que sería seleccionado un miembro de la Democracia Cristiana como resultado del acuerdo META, así como la filiación partidista de muchos de los candidatos, han generado un debate público sobre el tema.

¿Puede entonces el defensor del pueblo ser miembro de un partido político? La ley que regula la Defensoría del Pueblo no lo prohíbe expresamente, sino que señala la incompatibilidad del cargo con la pertenencia a un partido, por lo que una vez escogido el defensor del pueblo, este tiene treinta días para renunciar al partido político en el que milita. Por lo tanto, y a contrario sensu, se entiende que puede mantener su militancia política, hasta el momento de su selección por la Asamblea Legislativa y el nombramiento por el presidente de la República.

No obstante la legalidad de estas candidaturas partidistas, en nuestra sociedad hay un evidente malestar sobre el tema que nace de la desconfianza ante los políticos y por la percepción generalizada e históricamente justificada, de que no han sido capaces de representar la voluntad popular y de que solamente acceden al poder para satisfacer sus intereses privados, lo que implica el rechazo a priori de dichas postulaciones.

Para abonar más a lo dicho, la Defensoría del Pueblo nace del reconocimiento social –por una parte– del fracaso de la mediación clásica entre los partidos políticos y el Estado. Por la otra, nace de la debilidad crónica del Estado de Derecho, cuyas instituciones son formadas por seres humanos, algunos de los cuales (no todos afortunadamente) violan continuamente la Constitución y la ley.

Es por ello que los problemas prioritarios que en la dimensión institucional debe afrontar el defensor del pueblo, son la impunidad que produce la corrupción, el tráfico de influencias y las actuaciones en atención al interés particular por encima de la ley y la ampliación de la participación ciudadana en la toma de decisiones colectivas.

Estos problemas que nacen de nuestras propias contradicciones sociales, exigirían una persona que esté por encima de estas; condición evidentemente imposible, ya que todos los panameños de una u otra manera somos el resultado y formamos parte de esta sociedad contradictoria. Por ello, la búsqueda debe concentrarse en una persona que, a sabienda de las limitaciones humanas, sea lo más neutral posible, pero que se sienta preparada para afrontar estos retos y que sobre todo tenga la legitimidad que le otorgaría una opinión pública favorable.

La selección del defensor del pueblo nos obliga también a repensar lo ético. Y es que esta posición, más que otras instituciones públicas, debe tener como base un discurso ético, pues sin él nos encontraríamos una vez más ante una farsa institucionalizada; ante la forma por encima del fondo.

En este sentido no es ético, ni ayudaría en nada a fortalecer nuestra debilidad institucional, la selección de un candidato que tenga una trayectoria partidista reconocida y con cargos en un partido durante los últimos años previos al nombramiento. Sin embargo, sería también exagerado rechazar de plano cualquier candidato que, a pesar de haber pertenecido a un partido, ya no milita en él y que tiene las cualidades y requisitos para ejercer el cargo.

Paradójicamente, es la Asamblea Legislativa, órgano eminentemente partidista, el organismo encargado de proponer a la presidenta el nombre del futuro defensor del pueblo y quien tiene la última palabra.

La autora es politóloga


¿Más de lo mismo?

Es contraproducente crear ilusiones y dar vacuos premios a las quejas ciudadanas con certificados de ‘‘condenas morales’’

Mario Velásquez Chizmar

Han pasado casi cuatro años y todavía la ciudadanía no siente que la Defensoría del Pueblo es suya. Nuestro desarrollo institucional cuenta, desde hace décadas, con organismos propios del ejercicio de la autoridad, dotados naturalmente de poder coercitivo. La herramienta de trabajo del Ombudsman es la opuesta: la mediación. Toda gestión de esta institución es fallida, si proyecta una imagen de ‘‘otra entidad gubernamental más’’. Traslademos su propiedad al pueblo. Allí no se solucionan problemas ni se combate la corrupción. No es una institución paralela a ninguna otra. Es contraproducente crear ilusiones y dar vacuos premios a las quejas ciudadanas con certificados de ‘‘condenas morales’’. Hay que convertir esta institución en el mejor vehículo para que la gente común haga sentir su voz en cualquier rama de la administración pública.

El 4 de noviembre de 1995, escribí que la Defensoría debía ser ‘‘para darle voz y cuerpo a las peticiones de desagravio de los habitantes...’’ y que su labor debe influir de manera tan profunda que fuese para ‘‘reafirmar constantemente el carácter de servidores públicos en la conciencia de todos los empleados gubernamentales’’. Una especie de tábano sobre los gordos y desocupados lomos de la burocracia estatal. Catorce meses después, en febrero de 1997, nace nuestra Defensoría y aún hoy dicha meta continúa remota. El candidato que desarrolle esta visión, empezará con el pie derecho y quienes por ley tienen que escogerlo, deben apropiarse de tales directrices.

La actuación del Acuerdo Meta, favorece la opinión de que las fuerzas políticas que tienen en su poder los votos necesarios para elegir al nuevo Defensor del Pueblo, están en condiciones de actuar en correspondencia a la función natural de esta institución. Si es así, sabrán distinguir entre quiénes están motivados por las prerrogativas burocráticas del cargo; aquellos que piensan que se trata de una institución gubernamental más para lustre, prestigio y gala personal; y quiénes realmente entienden el fin superior de este nuevo instrumento democratizador de la vida civilizada.

Es positivo que existan intereses políticos diversos en la Asamblea. Pero en este tema, el turno es para los intereses nacionales. Es la elección de la cabeza de una institución no gubernamental, sino popular. No ejercerá ninguna autoridad. Impulsará el conocimiento general de los derechos constitucionales y legales del pueblo. Sepa, pues, el pueblo, cuáles son sus derechos ciudadanos y cómo y cuándo exigirlos, asesorado, guiado y dirigido por su Defensoría.

El voto no es un favor en particular. El favor es común. De prevalecer el criterio de favor político, el único perdedor será el pueblo, que tendrá más de lo mismo.

El nuevo Ombudsman no comenzará de cero. La ciudadanía se ha enterado de que existe una Defensoría del Pueblo, aunque la confunde con una oficina de quejas. Encantador sería que un ciudadano acudiera a esta institución y saliera sabiendo sus derechos constitucionales en caso de rendir una indagatoria, o que pudiera satisfacer su necesidad de servirse de ella como un verdadero mecanismo de defensa. No como sucede hoy, que todo el mundo le tiene miedo y es usada como prueba en su contra. Igual sentimiento produciría en la ciudadanía que las autoridades tomaran conciencia real de lo que en la práctica significa: ‘‘servidor público’’; tarea que exige total independencia. Esta vez, los legisladores están obligados a escoger a una persona que permita dar este portentoso salto, más allá de los créditos académicos.

Recuerden que la fuerza de la Defensoría radica en no tener poder coercitivo, pero sí el amor del pueblo, el respeto público y el honrado beneplácito ciudadano.

El autor es miembro del PRD

 
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