Panamá, 6 de diciembre de 2000
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Todo presupuesto es ante todo un instrumento que se pone al servicio de unas metas y objetivos que se quieren lograr. Nunca es un fin en sí mismo, de allí que su planificación y ejecución sean vistos como un medio para evaluar tanto la intención de quienes lo conciben, como la capacidad de quienes deben ejecutarlo. Este hecho innegable adquiere gravedad cuando se trata del presupuesto de la nación, pues el asunto se convierte en la carta de navegación que inspira, orienta y define el bienestar de los asociados y un ejercicio fiscal sano por parte del Gobierno. Previendo que las pasiones humanas pudieran entorpecer este proceso, la Constitución establece previsiones para que la acción del Gobierno no se paralice en caso de no lograrlo en el tiempo estipulado. Conformarse con esta disposición sería un claro mensaje de que el Ejecutivo y los legisladores tienen en muy poca valoración la condición de servidores públicos. La relación armónica entre los poderes del Estado tiene momentos en los que el rejuego político no solo no tiene cabida, sino que puede atentar abiertamente contra lo debido en justicia. Este es sin duda uno de ellos y la ciudadanía tiene derecho a reclamar mucho más de sus dirigentes.

 
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