Panamá, 25 de noviembre de 2000
 
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Violación carnal: poder y violencia

La violación sexual no es una relación de placer sino de poder, en la que una persona se impone y domina a la víctima.

ILEANA GOLCHER
ESPECIAL PARA LA PRENSA
golcher@prensa.com

La violencia va en aumento en Panamá. Una de sus principales manifestaciones es el incremento de las violaciones carnales. Cifras provenientes de la Comisión Nacional de Estadísticas Criminales (CONADEC), del Ministerio de Gobierno y Justicia, indican que entre 1990 y 1999 la tasa de casos de violación, registrados, pasó de 7 mil 645 por 100 mil habitantes a 18 mil 546 por 100 mil habitantes.

Al respecto Roberto Cerrud, del departamento de estadística de CONADEC, indica que hay una correlación entre el perfil del área policiva de ocurrencia del delito de violación carnal y el corregimiento donde se comete. Se puede inferir así que cada corregimiento responde a un patrón de comportamiento específico. Por ejemplo, en las áreas F (Don Bosco de Juan Díaz) y G (Alcalde Díaz) se utiliza la amenaza con arma blanca; en el área E (Tocumen) y D (Parque Lefevre), se tiende a utilizar amenazas con arma de fuego e inclusive la fuerza para la comisión de delitos sexuales. En el área C (San Francisco) tiende a asociarse el uso de sustancias químicas, para inducir a las víctimas de violación con alguna droga en una bebida.

La personalidad perturbada

Al ser entrevistada sobre el particular, Aida Selles de Palacios, criminóloga del Instituto de Criminología de la Universidad de Panamá, indica que el Código Penal de Panamá, en el capítulo referido a violación, estupro y abusos deshonestos, establece en su artículo 216 que ‘‘el que tenga acceso sexual con persona de uno u otro sexo utilizando sus órganos sexuales u otras partes de su cuerpo, o introduciendo cualquier objeto en los genitales, boca o en el ano de la víctima, será sancionado con prisión de 3 a 10 años en los siguientes casos: 1- Cuando se use violencia o intimidación. 2- Cuando la persona ofendida se hallare privada de razón o de sentido, o cuando por enfermedad física o mental o por cualquier otra causa no pueda resistir. 3- Cuando la víctima se encuentre detenida o presa y confiada al culpable para vigilarla o conducirla de un lugar a otro. 4- Con Persona de uno u otro sexo que no hubiere cumplido 14 años, aunque no concurra ninguna de las circunstancias expresadas anteriormente’’.

Agrega Selles de Palacios que las sanciones varían; por ejemplo de 5 a 10 años de prisión cuando con motivo de la violación resulte un grave daño en la salud de la víctima; si los hechos fueran consumados por un ascendiente, tutor o curador; que se cometa con abuso de autoridad o de confianza o que se cometa con el concurso simultáneo de dos o más personas.

Perfil del violador

De acuerdo con Selles de Palacios, es posible identificar algunos rasgos de la personalidad del violador. Se destaca la selección de la pareja inadecuada mediante el uso de la fuerza, la selección de una pareja que no está de acuerdo con realizar el acto sexual, por lo tanto es abusada, es violada. Existen ciertas condiciones físicas, de acuerdo con la criminóloga es obvio que la conducta del violador es más típica en edades jóvenes y en el adulto maduro, la fuerza física es también necesaria. Los rasgos de personalidad del violador reflejan una infancia impactada por situaciones de violencia, con abusos sexuales o maltrato familiar. Se observa así una respuesta de venganza en la cual el violador busca ‘‘cobrar’’ a otros por la falta cometida contra él, produciéndose así un círculo de violencia social y/o familiar.

Violaciones contra los niños

Otro ángulo del problema fue analizado por Nilda Santamaría (psiquiatra del Hospital del Niño). Las estadísticas reflejan que muchas de las personas que violan, suelen ser conocidas y ‘‘de confianza’’; las víctimas pertenecen mayoritariamente al sexo femenino. Según Santamaría, la violación sexual no es una relación de placer sino de poder, en la que una persona se impone y domina a la víctima.

Como delito, la violación es minimizada por los médicos que solo diagnostican las lesiones, pero no lo reportan como un abuso sexual. Las razones de esta conducta pueden obedecer a que se siente mucho temor y cierto rechazo ante el terreno de lo legal por lo complicado y burocrático que resultan los reportes, explica Santamaría.

La niñez es víctima silenciosa de sus propios parientes. De acuerdo con la especialista, muchas veces se descubre una violación de forma incidental. Al acudir a consulta los padres reportan infecciones de tipo genital: pacientes con verrugas que son altamente sospechosas de un diagnóstico llamado condiloma acubinado que solo se adquiere por contacto sexual.

Otros casos son infecciones vaginales por gonorrea y que los padres piensan que ocurre por otras razones; lo cierto es que esa niña ha sido víctima de abuso sexual, por mucho tiempo, en su propio hogar.

Otros casos se detectan cuando a la consulta acuden infantes con intentos suicidas que tienen una explicación en los abusos sexuales que les hace su padrastro y ante las amenazas de este no se atreve a denunciarlo.

¿Cómo disminuir los riesgos?

Según Nilda Santamaría, se recomienda a los padres y madres educar a sus hijos con las siguientes precauciones:

* Enseñarles que nadie tiene derecho a tocar sus partes privadas, ni practicar ninguna actividad secreta que sus padres no puedan conocer.

* Los padres y madres no deben besar a sus hijos en la boca, ya que ocurre que los niños y niñas no pueden luego discriminar cuándo no es un beso sano y normal.

* No dejar a sus hijos por demasiado tiempo solos con personas que no inspiren suficiente confianza.

* Enseñar el valor del cuerpo humano. Nadie puede tocarlo o acariciarlo.

* Cuidar el acceso de la niñez a los servicios de internet en la computadora, ya que podrían accesarse a los sitios de índole pornográfica y similares.

Perfil del abusador

La terminología médica identifica como ofensor sexual juvenil, a aquellos niños que cometen abuso sexual hacia otros niños y niñas, y que no deben ser interpretados como juegos; estos niños al no ser orientados adecuadamente, son los que potencialmente pueden desarrollar conductas de abusador sexual y hasta violador.

De acuerdo con Santamaría, resulta urgente implementar programas de educación sexual desde la escuela primaria, de manera tal que los estudiantes comprendan el valor del sexo y de una conducta sexual adecuada.‘‘Hay demasiados tabúes en nuestro sistema educativo y en la sociedad en su conjunto’’, enfatizó la psiquiatra.

Lo que constituye la base de una sociedad llena de curiosidades, con más preguntas que respuestas científicas, tanto de sus padres y madres como de los propios educadores. Los medios de comunicación también pueden contribuir a educar a la ciudadanía, sobre todo a la infancia, explica Santamaría.

 

Penas irrisorias

Según Yasmín Cárdenas, abogada de la Fundación de la Promoción de la Mujer, en esa institución se han recibido recientemente casos de niñas violadas; resultó alarmante el caso de una niña de 13 años que denunció que su padrastro la ha venido violando desde que tenía siete años. El seguimiento al proceso reveló que el padrastro, abogado de profesión, ya había sido sancionado anteriormente por el delito de violación a una menor con síndrome de Down; sin embargo, no se le dio secuencia a la denuncia. Un juez penal sancionó al violador a dos años de prisión. A solicitud de su abogado, la pena se convirtió en días multa lo que significó finalmente el pago de B/.600.00.

Según explica Cárdenas ante el problema de la violación se evidencian la falta de estudios que profundicen en el tema, su modo de operar, el perfil del victimario, las condiciones ambientales que promueven la comisión del delito, entre otras.

La ley establece que la persona violada debe acudir a denunciar el hecho y realizar el examen médico forense. Si posteriormente se diagnostica un embarazo como resultado de la violación, la ley contempla la posibilidad de un aborto siempre y cuando sea antes de los tres primeros meses del embarazo y con la certificación de un médico forense y de un juez que es quien autoriza el aborto.

Sin embargo, destacó Cárdenas, muchas veces se establece penas de prisión de hasta dos años que con la astucia del abogado, son convertidas en días multa o casa por cárcel.

Heridas para siempre

Según psicólogos y psiquiatras al hablar de perturbaciones producidas en la víctima a causa de una violación indicaron que se requiere un intenso tratamiento que usualmente demora varios meses y hasta años, sobre todo cuando el delito ha sido cometido por algún familiar.

La víctima presenta pesadillas frecuentes, deseos de suicidarse, odio o venganza hacia los hombres, conductas agresivas u hostiles, abuso de alcohol y drogas como forma de evadirse de una realidad que le es hostil y otras conductas de rechazo.

El Ministerio de Salud de Panamá elaboró en 1998 el Protocolo de Atención a Personas Afectadas por Violencia Intrafamiliar y el Manual Guía de Procedimientos y Responsabilidades del Equipo Multidisciplinario de Salud que atiende a personas afectadas por violencia intrafamiliar. Su propósito es ayudar a los profesionales de la medicina y otro personal de salud a identificar a las víctimas y definir la estrategia de atención.

Además de este Protocolo existen leyes que respaldan la denuncia de la violencia, particularmente de la violación carnal.

Hoy 25 de noviembre se conmemora en América Latina y el Caribe el día de la No Violencia contra la Mujer; en homenaje a las dominicanas Maribal (dos hermanas asesinadas por la dictadura de Trujillo). Cabe reflexionar sobre los graves daños que acarrea este fenómeno a la sociedad en su conjunto, particularmente a la mujer, víctima principal de todo tipo de abusos.

 
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