Violación
carnal: poder y violencia
La
violación sexual no es una relación de placer sino de poder, en
la que una persona se impone y domina a la víctima.
ILEANA
GOLCHER
ESPECIAL
PARA LA PRENSA
golcher@prensa.com
La violencia va en aumento en Panamá. Una de sus principales manifestaciones
es el incremento de las violaciones carnales. Cifras provenientes
de la Comisión Nacional de Estadísticas Criminales (CONADEC),
del Ministerio de Gobierno y Justicia, indican que entre 1990
y 1999 la tasa de casos de violación, registrados, pasó de 7 mil
645 por 100 mil habitantes a 18 mil 546 por 100 mil habitantes.
Al respecto Roberto Cerrud, del departamento de estadística de
CONADEC, indica que hay una correlación entre el perfil del área
policiva de ocurrencia del delito de violación carnal y el corregimiento
donde se comete. Se puede inferir así que cada corregimiento responde
a un patrón de comportamiento específico. Por ejemplo, en las
áreas F (Don Bosco de Juan Díaz) y G (Alcalde Díaz) se utiliza
la amenaza con arma blanca; en el área E (Tocumen) y D (Parque
Lefevre), se tiende a utilizar amenazas con arma de fuego e inclusive
la fuerza para la comisión de delitos sexuales. En el área C (San
Francisco) tiende a asociarse el uso de sustancias químicas, para
inducir a las víctimas de violación con alguna droga en una bebida.
La
personalidad perturbada
Al
ser entrevistada sobre el particular, Aida Selles de Palacios,
criminóloga del Instituto de Criminología de la Universidad de
Panamá, indica que el Código Penal de Panamá, en el capítulo referido
a violación, estupro y abusos deshonestos, establece en su artículo
216 que ‘‘el que tenga acceso sexual con persona de uno u otro
sexo utilizando sus órganos sexuales u otras partes de su cuerpo,
o introduciendo cualquier objeto en los genitales, boca o en el
ano de la víctima, será sancionado con prisión de 3 a 10 años
en los siguientes casos: 1- Cuando se use violencia o intimidación.
2- Cuando la persona ofendida se hallare privada de razón o de
sentido, o cuando por enfermedad física o mental o por cualquier
otra causa no pueda resistir. 3- Cuando la víctima se encuentre
detenida o presa y confiada al culpable para vigilarla o conducirla
de un lugar a otro. 4- Con Persona de uno u otro sexo que no hubiere
cumplido 14 años, aunque no concurra ninguna de las circunstancias
expresadas anteriormente’’.
Agrega Selles de Palacios que las sanciones varían; por ejemplo
de 5 a 10 años de prisión cuando con motivo de la violación resulte
un grave daño en la salud de la víctima; si los hechos fueran
consumados por un ascendiente, tutor o curador; que se cometa
con abuso de autoridad o de confianza o que se cometa con el concurso
simultáneo de dos o más personas.
Perfil
del violador
De
acuerdo con Selles de Palacios, es posible identificar algunos
rasgos de la personalidad del violador. Se destaca la selección
de la pareja inadecuada mediante el uso de la fuerza, la selección
de una pareja que no está de acuerdo con realizar el acto sexual,
por lo tanto es abusada, es violada. Existen ciertas condiciones
físicas, de acuerdo con la criminóloga es obvio que la conducta
del violador es más típica en edades jóvenes y en el adulto maduro,
la fuerza física es también necesaria. Los rasgos de personalidad
del violador reflejan una infancia impactada por situaciones de
violencia, con abusos sexuales o maltrato familiar. Se observa
así una respuesta de venganza en la cual el violador busca ‘‘cobrar’’
a otros por la falta cometida contra él, produciéndose así un
círculo de violencia social y/o familiar.
Violaciones
contra los niños
Otro
ángulo del problema fue analizado por Nilda Santamaría (psiquiatra
del Hospital del Niño). Las estadísticas reflejan que muchas de
las personas que violan, suelen ser conocidas y ‘‘de confianza’’;
las víctimas pertenecen mayoritariamente al sexo femenino. Según
Santamaría, la violación sexual no es una relación de placer sino
de poder, en la que una persona se impone y domina a la víctima.
Como delito, la violación es minimizada por los médicos que solo
diagnostican las lesiones, pero no lo reportan como un abuso sexual.
Las razones de esta conducta pueden obedecer a que se siente mucho
temor y cierto rechazo ante el terreno de lo legal por lo complicado
y burocrático que resultan los reportes, explica Santamaría.
La niñez es víctima silenciosa de sus propios parientes. De acuerdo
con la especialista, muchas veces se descubre una violación de
forma incidental. Al acudir a consulta los padres reportan infecciones
de tipo genital: pacientes con verrugas que son altamente sospechosas
de un diagnóstico llamado condiloma acubinado que solo se adquiere
por contacto sexual.
Otros casos son infecciones vaginales por gonorrea y que los padres
piensan que ocurre por otras razones; lo cierto es que esa niña
ha sido víctima de abuso sexual, por mucho tiempo, en su propio
hogar.
Otros casos se detectan cuando a la consulta acuden infantes con
intentos suicidas que tienen una explicación en los abusos sexuales
que les hace su padrastro y ante las amenazas de este no se atreve
a denunciarlo.
¿Cómo
disminuir los riesgos?
Según
Nilda Santamaría, se recomienda a los padres y madres educar a
sus hijos con las siguientes precauciones:
* Enseñarles que nadie tiene derecho a tocar sus partes privadas,
ni practicar ninguna actividad secreta que sus padres no puedan
conocer.
* Los padres y madres no deben besar a sus hijos en la boca, ya
que ocurre que los niños y niñas no pueden luego discriminar cuándo
no es un beso sano y normal.
* No dejar a sus hijos por demasiado tiempo solos con personas
que no inspiren suficiente confianza.
* Enseñar el valor del cuerpo humano. Nadie puede tocarlo o acariciarlo.
* Cuidar el acceso de la niñez a los servicios de internet en
la computadora, ya que podrían accesarse a los sitios de índole
pornográfica y similares.
Perfil
del abusador
La
terminología médica identifica como ofensor sexual juvenil, a
aquellos niños que cometen abuso sexual hacia otros niños y niñas,
y que no deben ser interpretados como juegos; estos niños al no
ser orientados adecuadamente, son los que potencialmente pueden
desarrollar conductas de abusador sexual y hasta violador.
De acuerdo con Santamaría, resulta urgente implementar programas
de educación sexual desde la escuela primaria, de manera tal que
los estudiantes comprendan el valor del sexo y de una conducta
sexual adecuada.‘‘Hay demasiados tabúes en nuestro sistema educativo
y en la sociedad en su conjunto’’, enfatizó la psiquiatra.
Lo que constituye la base de una sociedad llena de curiosidades,
con más preguntas que respuestas científicas, tanto de sus padres
y madres como de los propios educadores. Los medios de comunicación
también pueden contribuir a educar a la ciudadanía, sobre todo
a la infancia, explica Santamaría.
Penas
irrisorias
Según
Yasmín Cárdenas, abogada de la Fundación de la Promoción de la
Mujer, en esa institución se han recibido recientemente casos
de niñas violadas; resultó alarmante el caso de una niña de 13
años que denunció que su padrastro la ha venido violando desde
que tenía siete años. El seguimiento al proceso reveló que el
padrastro, abogado de profesión, ya había sido sancionado anteriormente
por el delito de violación a una menor con síndrome de Down; sin
embargo, no se le dio secuencia a la denuncia. Un juez penal sancionó
al violador a dos años de prisión. A solicitud de su abogado,
la pena se convirtió en días multa lo que significó finalmente
el pago de B/.600.00.
Según explica Cárdenas ante el problema de la violación se evidencian
la falta de estudios que profundicen en el tema, su modo de operar,
el perfil del victimario, las condiciones ambientales que promueven
la comisión del delito, entre otras.
La ley establece que la persona violada debe acudir a denunciar
el hecho y realizar el examen médico forense. Si posteriormente
se diagnostica un embarazo como resultado de la violación, la
ley contempla la posibilidad de un aborto siempre y cuando sea
antes de los tres primeros meses del embarazo y con la certificación
de un médico forense y de un juez que es quien autoriza el aborto.
Sin embargo, destacó Cárdenas, muchas veces se establece penas
de prisión de hasta dos años que con la astucia del abogado, son
convertidas en días multa o casa por cárcel.
Heridas
para siempre
Según
psicólogos y psiquiatras al hablar de perturbaciones producidas
en la víctima a causa de una violación indicaron que se requiere
un intenso tratamiento que usualmente demora varios meses y hasta
años, sobre todo cuando el delito ha sido cometido por algún familiar.
La víctima presenta pesadillas frecuentes, deseos de suicidarse,
odio o venganza hacia los hombres, conductas agresivas u hostiles,
abuso de alcohol y drogas como forma de evadirse de una realidad
que le es hostil y otras conductas de rechazo.
El Ministerio de Salud de Panamá elaboró en 1998 el Protocolo
de Atención a Personas Afectadas por Violencia Intrafamiliar y
el Manual Guía de Procedimientos y Responsabilidades del Equipo
Multidisciplinario de Salud que atiende a personas afectadas por
violencia intrafamiliar. Su propósito es ayudar a los profesionales
de la medicina y otro personal de salud a identificar a las víctimas
y definir la estrategia de atención.
Además de este Protocolo existen leyes que respaldan la denuncia
de la violencia, particularmente de la violación carnal.
Hoy 25 de noviembre se conmemora en América Latina y el Caribe
el día de la No Violencia contra la Mujer; en homenaje a las dominicanas
Maribal (dos hermanas asesinadas por la dictadura de Trujillo).
Cabe reflexionar sobre los graves daños que acarrea este fenómeno
a la sociedad en su conjunto, particularmente a la mujer, víctima
principal de todo tipo de abusos.
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